STSJ País Vasco , 1 de Junio de 2005

PonenteANA ISABEL MOLINA CASTIELLA
ECLIES:TSJPV:2005:2506
Número de Recurso963/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Social

Voces:

· Despidos y extinción de contrato RECURSO Nº: 963/05 N.I.G. 48.04.4-04/005622 SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO En la Villa de Bilbao, a uno de junio de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. MANUEL DIAZ DE RABAGO VILLAR, Presidente, DÑA. ANA ISABEL MOLINA CASTIELLA y D. ISIDORO ALVAREZ SACRISTAN, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por OSAKIDETZA y María Angeles contra la sentencia del Jdo. de lo Social nº 4 (Bilbao) de fecha dieciséis de Septiembre de dos mil cuatro , dictada en proceso sobre DSP, y entablado por Oscar frente a María Angeles y OSAKIDETZA.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Dña. ANA ISABEL MOLINA CASTIELLA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

  1. - El actor DON Oscar , con D.N.I. nº NUM000 , viene prestando sus servicios para OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD mediante sucesivos contratos desde 01-11-1982. Con fecha 23-07-1997 suscribe un nombramiento eventual de FEA en la especialidad de obstetricia- ginecología en el Hospital de Galdakao POR 6 MESES, SIENDO PRORROGADO HASTA EL 22- 12-1997, siendo la causa que motiva el nombramiento el incremento de actividad-transferencia ISM. 2.- Con fecha 23-12-1997 el actor DON Oscar , suscribe un nombramiento interino en plaza vacante de FEA en la especialidad de obstetricia-ginecología, Nº orden NUM001 , adscrito al centro de Gasto Hospital de Galdakao.

  2. - Con fecha 17-03-2004 la directora de recursos humanos del Hospital de Galdakao comunica al actor que con fecha 16 de marzo de 2.004, se publica en el B.O.P.V. la Resolución del Director General de Osakidetza / Servicio Vasco de Salud nº 90/2004, por la que se procede al nombramiento y adjudicación de destinos vacantes de la categoría de FEA-Obstetricia y Ginecología, convocado mediante Resolución nº

    273/02 del Director General de Osakidetza. En virtud de dicha Resolución, la plaza que usted ocupa (código nº NUM001) ha sido adjudicada a DOÑA Estefanía , que cuenta con el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación para la toma de posesión en la plaza adjudicada. Por ello, mediante el presente escrito se le anuncia que durante ese período de tiempo su contrato / nombramiento seguirá vigente hasta la fecha de incorporación efectiva del adjudicatario, momento en el que quedará rescindido dicho contrato /

    nombramiento suscrito por usted, conforme a lo dispuesto en el mismo.

  3. - Con fecha 30-03-2004 suscribe un nombramiento estatutario de caracter eventual de médico adjunto-FEA-HO en la especialidad de obstetricia-ginecología en el Hospital de Galdakao, hasta EL 03-05-2004, siendo la causa que motiva el nombramiento LA ACUMULACION DE TAREAS. Que con fecha 4-05-2004, por medio de diligencia se prorroga el nombramiento hasta el 3-06-2004, y el 4-06-2004 por medio de diligencia se prorroga el nombramiento hasta el 11-06-2004.

  4. - Como consecuencia de la resolución de la OPE la plaza NUM002 del hospital de GALDAKAO, es adjudicada a DOÑA Teresa , la cual, habiendo tomado posesión de la plaza y tras participar en un proceso selectivo de Jefatura Médica en el Hospital de Bidasoa, es nombrada en Comisión de Servicios en dicho centro a partir del 31 de marzo de 2.004 por Resolución nº 23/04 del Director Gerente del Hospital del Bidasoa.

  5. - Con fecha 18 de mayo de 2.004, por Resolución nº 38/04 del director Gerente del Hospital del Bidasoa, se nombra de nuevo en Comisión de Servicios a Doña Teresa como Jefe de Sección Médica de Ginecología y Obstetricia de ese Hospital, Resolución que es notificada al Hospital de Galdakao con fecha 25 de mayo de 2.004 7.- Con fecha 28 de mayo de 2.004, el Hospital de Galdakao solicita a la Organización Central de Osakidetza la cobertura de la reserva de plaza de Doña. Teresa siguiendo la lista en vigor para la cobertura de plazas vacantes y reservadas a titular, coincidente con el Anexo II (aprobados sin plaza) de la Resolución de la Directora de RRHH por la que se aprueba la relación definitiva de aspirantes aprobados en el proceso de la OPE de Osakidetza, tal y como se recoge en el art. 17 del Acuerdo del 26 de enero de 2.004 del Consejo de Administración del Ente Público Osakidetza-SVS, sobre regulación del sistema de listas para la incorporación del personal no fijo en las Organizaciones de Servicios Sanitarios del Ente. En dicha lista, D. Oscar no consta ya que no superó la fase de oposición de la OPE. 8.- Como consecuencia de la selección realizada por la Organización Central de Osakidetza, se comunica al Hospital que la candidata para cubrir la reserva solicitada es Doña María Angeles , la cual inicia su vinculación con el Hospital el día 14 de junio de 2.004.

  6. - Que con fecha 4 de junio de 2.004 la dirección del Hospital de Galdakao, le comunica mediante escrito que: "por la presente le comunico que, al finalizar la jornada del día 11 de junio de 2.004, su nombramiento quedará extinguido, cesando, por tanto, toda vinculación con esta organización."

  7. - Que con fecha 18 de junio de 2.004 se ha interpuesto la oportuna Reclamación Previa, siendo la misma desestimada, por silencio administrativo, al haber transcurrido mas de un mes sin que se haya producido contestación a la misma

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice:

"Que estimando íntegramente la demanda promovida por Oscar , contra OSAKIDETZA- SERVICIO VASCO DE SALUD, debo declarar como declaro NULO el cese de DON Oscar , producido el día 4-06-2.004 condenado a OSAKIDETZA -SERVICIO VASCO DE SALUD, a estar y pasar por esta declaración y a reponer al demandante en su puesto de trabajo y se le abonen los salarios dejados de percibir desde el cese hasta que tenga lugar la efectiva reincorporación sin perjuicio de deducción de cantidades percibidas en dicho periodo de haber sido objeto de otro nombramiento por parte de Osakidetza. Absolviendo a la codemandada María Angeles ..."

TERCERO

Frente a dicha resolución se interpuso por las demandadas Osakidetza/SVS y María Angeles sendos recursos de Suplicación, que fueron impugnados por el demandante- recurrido D. Oscar .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alzan en suplicación el Servicio Vasco de Salud y Doña María Angeles frente a la sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de Vizcaya que ha estimado la...

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