Los derechos del paciente: aspectos generales

AutorJuan Alejandro Martínez Navarro
Cargo del AutorDoctor en Derecho
Páginas21-38
Capítulo I
LOS DERECHOS DEL PACIENTE: ASPECTOS GENERALES
I. ASPECTOS GENERALES: DEFINICIÓN, NATURALEZA JURÍCIA,
CLASIFICACIÓN Y GRUPO NORMATIVO REGULADOR
1. El paciente como sujeto de derechos
El término «paciente» proviene del término latino patiens, «padecer» o «sufrir».
El Diccionario de la Real Academia Española, en base a su origen, dene «paciente»
como la «persona que padece física y corporalmente, y especialmente quien se ha-
lla bajo atención médica». En una segunda acepción dene «paciente» como aquella
«persona que es o va a ser reconocida médicamente». De este modo, el concepto se
emplea para hacer referencia a la persona que padece o sufre una enfermedad física,
y que por lo tanto se encuentra bajo atención médica.
Si bien, las deniciones más comunes por las que la ciencia y la sociedad en-
tienden hoy día el término «paciente», no son más que el culmen de una compleja
evolución histórica a la que conviene hacer una breve referencia.
Antes del desarrollo de la ciencia, el paciente era simplemente un enfermo de-
pendiente de la benecencia y carente de cualquier derecho. En España, «la Ley de
Benecencia de febrero de 1822, constituye un hito fundamental en lo que a polí-
tica asistencial se reere, tanto en cuanto, se trata del primer plan de organización
de la benecencia pública, centrado la atención a las necesidades en la Administra-
ción municipal, con la creación de las Juntas Municipales como resorte principal
del sistema (artículo 24) que actuaron como auxiliares de sus respectivos Ayunta-
mientos (artículo 1)»3.
3 PÉREZ GÁLVEZ, Juan Francisco, La Organización Nacional de Ciegos Españoles-ONCE (Cor-
poración de derecho público de carácter social), Fundación ONCE, Madrid, 2006, pp. 76-77.
Juan Alejandro Martínez Navarro
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La palabra «enfermo» proviene del latín «in rmus», sin rmeza. Se consideraba al
enfermo como una persona incapaz de decidir y comprender, que carecía de rmeza
para tomar la opción más favorable. El médico, por lo tanto, era el poseedor de la ca-
pacidad para tomar decisiones.
Durante el siglo XIX y XX, período que se caracteriza, entre otras cosas, por el
enorme desarrollo de la ciencia y la aparición de numerosos avances tecnológicos,
muchos de ellos vinculados con la medicina, se inicia un ciclo de exaltación de los
métodos experimentales. El enfermo que, hasta entonces carente de derechos socia-
les, dependía de su economía o de la caridad, es visto por el profesional médico como
un sujeto experimental.
Pasa a ser ésta una relación médico-paciente con un mutuo interés, de un lado, el
interés del paciente por ser diagnosticado y tratado, y de otro lado, el interés del mé-
dico cientíco por analizar y experimentar con el sujeto. En efecto, el paciente pasa
de «enfermo» a «objeto cientíco/experimental», un elemento que posibilita el avan-
ce de la ciencia.
Importantes acontecimientos históricos durante el siglo XIX, causados por la
explosión de las revoluciones obreras, ocasionaron la aparición de los derechos so-
ciales y culturales, denominados como derechos humanos de segunda generación.
Este importante hito histórico anexado a la conciencia social de que la relación
médico-paciente dejaba a este último en una situación precaria sumida en una preo-
cupante indefensión, desembocó en una nueva fase. Se podría equiparar la relación
patrón-proletario con la relación médico-paciente durante este período.
Con el desarrollo de los nuevos derechos humanos, surgieron los primeros dere-
chos de los pacientes. Estos (los pacientes) ahora sí bajo la protección de derechos,
y el profesional, de igual modo, sujeto a protocolos de actuación y bajo el control de
los colegios médicos, inician una nueva relación basada en la igualdad de las par-
tes4. Ahora bien, como veremos en apartados posteriores cuando trate la autonomía
del paciente, la relación médico-paciente bajo el amparo de los derechos del pacien-
te desde sus inicios hasta la actualidad se ha visto sometida a una amplia evolución,
donde se ha avanzado desde unos derechos mínimos cuantitativamente hablando,
hasta un elenco, el actual, mucho más extenso y riguroso.
Este cambio social se traduce en un nuevo modelo de paciente más informado y
con mayores expectativas y exigencias. Un paciente que ya no actúa como sujeto pa-
sivo, sino como usuario. En este marco, las relaciones normales de exigencia de un
4 Cf r. BELTRÁN AGUIRRE, Juan Luis, “Bioética y Derecho biomédico: principios informantes.
Su reejo en la normativa y en la práctica asistencial: Enfrentamientos, prevalencias y transgresiones”,
Derecho y Salud, Vol. 24, 1, (2014), p. 23. Beltrán Aguirre deende la opinión de que la autonomía de la
voluntad «no ha arrinconado totalmente el paternalismo médico». De este modo, «se suele distinguir un
paternalismo genuino o débil». En esta línea, SEOANE RODRÍQUEZ, José Antonio, “La relación clínica
en el siglo XXI: cuestiones médicas, éticas y jurídicas”, Derecho y Salud, Vol. 16, 1, (2008), pp. 7-8.

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