Demanda de suspensión del cese de administrador y solicitud de medidas cautelares

AutorvLex
Actualizado aMarzo 2024

AL JUZGADO MERCANTIL DE ___________ QUE POR TURNO CORRESPONDA

Don/Dña. _______________, Procurador/a de los Tribunales adscrito al Ilustre Colegio de Procuradores de ___________, actuando en nombre y representación según designa Apud Acta que se formalizará cuando para ello sea requerido de Don/Dña. _______________, mayor de edad, casado/a [añadir estado civil correspondiente], con D.N.I.___________, con domicilio en C/ _________________nº ___ de la localidad de __________, bajo la dirección Letrada de Don/Dña. ________________, con número de colegiado _________, comparezco ante el Juzgado y como mejor proceda en derecho,

DIGO

Que por medio del presente escrito formulo demanda de DEMANDA DE SUSPENSIÓN DEL CESE DE ADMINISTRADOR Y SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES por acuerdo en Junta Universal/General contra ________________, en base a los siguientes,

HECHOS

PRIMERO.- Que en fecha ___ de ___________ de ___ mi representado fue nombrado administrador de la sociedad _____________.

SEGUNDO.- En fecha ___ de ___________ de ___, se interpone demanda con número ________ por la cual se solicita la exclusión de los dos socios de esa sociedad. [Explicar los hechos relevantes que determinan el inicio de los problemas en el seno de la sociedad de capital].

TERCERO.- La Junta General/Extraordinaria, en fecha ___ de ___________ de ___, acordó el cese de Don/Doña ___________ como administrador/a de la sociedad ________, aun habiendo desempeñado su cargo con la diligencia debida y sin haber expirado su mandato.

CUARTO.- [Explicar los hechos relevantes para fundamentar la pretensión].

A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. El artículo 86.bis.1, de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que los Juzgados de lo Mercantil conocerán de las demandas competencia de la jurisdicción civil promovidas al amparo de la normativa reguladora de las sociedades mercantiles.

[El artículo 53.2 de la LEC permite, en caso de múltiples demandados, escoger el lugar de la interposición de la demanda. Si se opta por el domicilio del administrador]

En cuanto a la competencia territorial, el artículo 50.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) determina que las personas físicas son demandadas en el lugar de su domicilio.

[Si se opta por el domicilio de la sociedad]:

En cuanto a la competencia territorial, el artículo 51.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) determina que las personas jurídicas son...

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