Demanda de reclamación de cantidad por cancelación de un vuelo
| Autor | Bárbara Ariño |
| Cargo del Autor | Abogada |
| Actualizado a | Febrero 2025 |
Nota aclaratoria: La nomenclatura de órganos judiciales se efectúa en consideración a la regla general establecida en la Disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. Sin embargo, debe tenerse en cuenta la previsión de la Disposición transitoria primera de la misma ley sobre la “Constitución de los Tribunales de Instancia”, en la que se programan tres fases sucesivas de constitución: la primera a fecha 1 de julio de 2025: solo se transforman los partidos judiciales en juzgados mixtos y VIDO, la segunda a 1 de octubre de 2025: se transforman los partidos con jurisdicción separada –primera instancia, instrucción más VIDO- y que no tengan jurisdicciones especiales- y a 31 de diciembre de 2025: el resto, incluidos los Juzgados Centrales de la Audiencia Nacional, en función de la dimensión de los respectivos partidos judiciales no se convierten en Tribunales de Instancia hasta el 31 de diciembre de 2025.
Don/Doña __________, Procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de D. ______ y Dª ______, provistos de D.N.I. ______ y ______ respectivamente, y ambos con domicilio en _______, según acredito mediante escritura de poder para pleitos que acompaño para su unión a los autos por copia certificada con devolución del original, por necesitarlo para otros menesteres, [el poder al procurador puede conferirse también por comparecencia electrónica, a través de una sede judicial electrónica, o por comparecencia personal, sea presencial o por medios electrónicos, ante el LAJ de cualquier oficina judicial, el cual deberá efectuarse al mismo tiempo que la presentación del primer escrito o, en su caso, antes de la primera actuación], ante el Tribunal comparezco y como mejor en derecho proceda DIGO:
Que, por medio del presente escrito y en la representación que ostento, al amparo de lo dispuesto en los artículos 5 y 7 del Reglamento nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, vengo a formular DEMANDA DE JUICIO VERBAL en reclamación de la cantidad de _______ EUROS (______€) contra la compañía aérea ______, provista de C.I.F. _________ y con domicilio en _______________, la cual se basa en los siguientes
Primero.- Antecedentes
En fecha _____ mis representados compraron, por vía telemática, dos billetes de avión de la compañía aérea demandada para volar el día ____ desde el aeropuerto de _____ hasta el aeropuerto de ______.
Según el programa inicialmente previsto, el avión debía despegar de ____ [Indicar aeropuerto de origen], el día _____ a las ___ horas, y llegar a su destino final en ______ [Indicar aeropuerto de destino] el mismo día a las _____horas.
Para acreditar lo anterior, se aporta como DOCUMENTO NÚM. UNO copia de los billetes de avión emitidos a nombre de mis mandantes por la compañía aérea demandada.
Asimismo, se acompaña como DOCUMENTO NÚM. DOS, extracto bancario correspondiente a la cuenta nº _____ titularidad de mis mandantes a través del cual se demuestra el pago del precio de los billetes de avión.
Segundo. – Cancelación del vuelo
Una vez realizada la facturación, y apenas cinco minutos antes de la hora fijada para la salida del vuelo desde el aeropuerto de ____ [Indicar aeropuerto de origen], se informó a los pasajeros que el mismo se había cancelado debido a ___________ [Especificar la causa de la cancelación].
[Nota: Es importante que la causa de la cancelación del vuelo no sea una circunstancia extraordinaria que no podría haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables, pues en tal caso y conforme con el art. 5.3 del Reglamento, el transportista aéreo no está obligado a pagar una compensación. En particular, el legislador comunitario ha indicado que tales circunstancias extraordinarias pueden producirse en casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, riesgos para la seguridad, deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo y huelgas que afecten a las operaciones de un transportista aéreo. Ahora bien, no todas las circunstancias que acompañan a estos acontecimientos constituyen necesariamente causas de exoneración de la obligación de compensación establecida en el art. 5. 1 letra c), del Reglamento. Así, por ejemplo, aunque se considere que un problema técnico surgido en una aeronave constituye una “deficiencia inesperada en la seguridad del vuelo”, lo cierto es que sólo se considerará “circunstancia extraordinaria” en el sentido del art. 5.3 cuando corresponda a un acontecimiento que no sea inherente al ejercicio normal de la actividad del transportista aéreo de que se trate y escape al control efectivo de dicho transportista a causa de su naturaleza o de su origen. De esta forma, los problemas técnicos detectados con ocasión del mantenimiento de las aeronaves o a causa de fallos en dicho mantenimiento no constituyen, como tales, “circunstancias extraordinarias” pues se consideran inherentes al ejercicio normal de la actividad del transportista aéreo que debe confrontarse ordinariamente a estos problemas técnicos que son consecuencia ineluctable del funcionamiento de estos aparatos. Por el contrario, sí se consideran “circunstancias excepcionales” los supuestos en que el fabricante de los aparatos que integran la flota del transportista aéreo de que se trate o una autoridad competente informe de que dichos aparatos, pese a estar ya en servicio, presentan un defecto de fabricación oculto que afecta a la seguridad de los vuelos. Lo mismo podría decirse en caso de daños causados a las aeronaves por actos de sabotaje o de terrorismo. Así lo declara la STJUE de 22 de diciembre de 2008[j 3].]
Ante esta situación, la compañía demandada procedió a modificar su reserva, tomando finalmente mis representados un vuelo para ______ [Indicar aeropuerto de destino] el día siguiente a las ____ horas, llegando a su destino más de _____ horas después de la hora en la que deberían haber llegado con el vuelo que habían reservado inicialmente.
Se aporta como DOCUMENTO NÚM. TRES, copia de las nuevas tarjetas de embarque emitidas por la demandada a nombre de mis mandantes, para el vuelo ____-______ [Indicar aeropuertos de salida y de destino] con salida el día siguiente a las _____ horas, lo que determina, necesariamente, la llegada a destino con más de dos horas de retraso sobre la hora prevista.
Asimismo, se aporta como DOCUMENTO NÚM. CUATRO, informe de la Agencia Estatal de la Seguridad Aérea que acredita la cancelación del vuelo inicialmente previsto sin que concurrieran circunstancias extraordinarias.
Tercero. – Compensación por cancelación
En atención a la cancelación del vuelo con una antelación de apenas cinco minutos a la hora de salida programada, así como...
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