El control de los escribanos. Los juicios de residencia

AutorNere Jone Intxaustegi Jauregi
Páginas183-189
CAPÍTULO VIII
EL CONTROL DE LOS ESCRIBANOS.
LOS JUICIOS DE RESIDENCIA
Una característica compartida por todos los ociales públicos de la
administración fue la existencia de métodos y procedimientos de control
sobre sus actuaciones. En la documentación consultada se mencionan
tres: las pesquisas, los juicios de residencia y las visitas. Por tanto, a
continuación, vamos a realizar un breve acercamiento a esos tres pro-
cedimientos, para luego centrarnos en la inuencia que tuvieron en los
escribanos vizcaínos.
Cabe decir que en el Derecho romano ya existían métodos de control
sobre las personas que ejercían en algún cargo público y, a través del de-
recho justiniano y posteriormente el peso que la Universidad de Bolonia
tuvo en el resurgir del Derecho del Bajo Imperio, acabaron penetrando
en la legislación castellana a través de las Siete Partidas 1.
Comenzando por las pesquisas, estas ya eran conocidas en la legis-
lación prealfonsina, ya que existieron varios preceptos al respecto en el
Liber Iudiciorum 2. Por su parte, en el Fuero Real se recoge que el mo-
narca podía tener la iniciativa de mandar hacer pesquisas 3, mientras que
1 María José C  T   H, «El control castellano de la justicia cas-
tellana por el poder real (siglos -)», en Manuel T A y Miguel P A
(coords.), Burocracia, poder político y justicia: libro-homenaje de amigos del profesor José María
García Marín, Madrid, Dykinson, 2015, pp. 206-207.
2 Joaquín C R-F, «En torno a la pesquisa y procedimiento inquisitivo», Anua-
rio de Historia del derecho español, 32 (1962), p. 496.
3 Fuero Real: Libro IV, Título XX, Ley II.

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