SAP Valencia 260 /2006, 2 de Mayo de 2006

PonenteDª.PILAR CERDÁN VILLALBA
ECLIES:APV:2006:1159
Número de Recurso238/2006
ProcedimientoCivil
Número de Resolución260 /2006
Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª

Rollo nº 000238/2006

Sección Séptima

SENTENCIA Nº 260

SECCION SEPTIMA

Ilustrísimos/as Señores/as:

Presidente/a:

D. JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO

Magistrados/as

Dª.PILAR CERDÁN VILLALBA

D.JOSÉ FCO BENEYTO Gª ROBLEDO

En la Ciudad de Valencia, a dos de mayo de dos mil seis.

Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario - 001082/2004 seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 18 DE VALENCIA entre partes; de una como DEMANDADA - apelante/s BAUER 4 PROYECTOS URBANOS SL dirigido por el/la letrado/a D/Dª. PEDRO CAMARA FERNANDEZ y representado por el/la Procurador/a D/Dª SILVIA LOPEZ MONZO, y de otra como DEMANDANTE, - apelado/s CONSTRUCCIONES VALENCIA CONSTITUCION SL y representado por el/la Procurador/a D/Dª EVA DOMINGO MARTINEZ.

Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. PILAR CERDÁN VILLALBA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 18 DE VALENCIA , con fecha 21 DE SEPTIEMBRE DE 2005 se dictó la sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por la representación de CONSTRUCCIONES VALENCIA COSTITUCION S.L. contra BAUER 4 PROYECTOS URBANOS S.L. debo declarar y declaro: El incumplimiento por la demandada de su obligación de rehabilitar el edificio de la calle Cuba número 18 y de entregar y transmitir el local comercial rehabilitado en los plazos y términos pactados. Y condeno a la citada mercantil al cumplimiento de dichas obligaciones contractuales y por tanto a iniciar las obras de rehabilitación del repetido edificio en el plazo máximo de un mes a contar desde la presente Sentencia para que proceda a la entrega del local comercial con la configuración y condiciones pactadas en el plazo máximo de un año a contar desde el inicio de las obras de rehabilitación con su posterior transmisión en los términos y condiciones pactadas y todo ello con imposición a la demandada de las costas del procedimiento. Y desestimando la demanda reconvencional formulada por BAUER 4 PROYECTOS URBANOS S-L- contra CONSTRUCCIONES VALENCIA CONSTITUCION S.L. debo declarar y declaro no haber lugar a la misma, absolviendo a la demandada de las peticiones formuladas en su contra y todo ello con imposición a la demandada reconviniente de las costas causadas.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandada se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día 25 de abril de 2006 para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

EL presente recurso se formula por la parte demandada BAUER 4 PROYECTOS URBANOS contra la citada sentencia que estimó la demanda de juicio ordinario contra ella interpuesta y desestimó su reconvención en base a que, incumplidos por su parte los contratos de permuta y compraventa que suscribió con la actora , CONSTRUCCIONES VALENCIA CONSTITUCIÓN S.L al no rehabilitar el edificio ni entregarle el local comercial que constituye el objeto contractual en el plazo y condiciones pactadas sin adverar circunstancias sobrevenidas e imprevisibles justificativas de ello, cabía dar lugar al cumplimiento de estas obligaciones instado en dicha demanda al no significar la ejecución parcial del aval a primer llamamiento también convenida para ese caso y ya verificada, haber optado por la resolución del vínculo pedida en dicha reconvención de modo que no se pueda pedir tal cumplimiento en los términos de la primera constituyendo esa ejecución la mera cuantificación de la indemnización que cabe en ambos casos.

Se funda dicho recurso en que , en contra de lo que dispone dicha resolución con una errónea valoración de las pruebas porque :1)La no entrega del local en el plazo pactado se debe a una circunstancia extraordinaria sobrevenida , imprevisible y ajena a la voluntad de las partes cual fue en la necesidad de demoler y rehacer la estructura del edificio a rehabilitar y donde se ubica que hace aplicable la cláusula "rebus sic stantibus "ante lo cual pidió y obtuvo licencia de ocupación de la vía pública , se ampliaron las obras , se negoció por las partes la prórroga de aquel plazo y se procedió por la suya a la renovación del aval pactado en garantía de esa entrega antes de su caducidad;2)No cabe exigirle el cumplimiento objeto de la demanda con entrega del local y sí dar lugar a la resolución contractual objeto de la reconvención, al haber optado ya por ésta la contraparte con la ejecución parcial del aval prevista para este caso y para garantizar el pago de su precio ;3 )No procede esta ejecución entendida como cláusula penal por no entregar el local en plazo al haber mediado dicha ampliación de las obras.

La actora se opuso al recurso , en esencia, por los Fundamentos contrarios y por los propios de la sentencia .

SEGUNDO

Esta Sala acepta la Fundamentación Jurídica se la sentencia de instancia en lo que no se oponga a lo que se expondrá a continuación , previa revisión de las pruebas a la luz de las normas y doctrina aplicable en relación con los motivos del recurso primeramente relativos al incumplimiento contractual en que se funda la demanda , según todo lo cual cabe llegar a las siguientes consideraciones:

1)Las partes , en lo que aquí afecta , suscribieron un contrato de permuta el 17-6-02 por el que la actora transmitía por tal título una finca sita el la calle Cuba nº 18 de esta Ciudad con licencia municipal para el derribo conservando la fachada obligándose la demandada , al pago del precio de 120.202, 42 euros , 12.020, 24 abonados en el acto y el resto al elevarlo a escritura pública , a obtener la modificación de tal licencia de Intervención integral a Rehabilitación,...

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