STSJ Cataluña 9600, 5 de Octubre de 2005

PonenteMARIA LOURDES ARASTEY SAHUN
ECLIES:TSJCAT:2005:9600
Número de Recurso4340/2004
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución9600
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA CATALUNYA SALA SOCIAL NIG :

cl ILMO. SR. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO ILMA. SRA. Mª LOURDES ARASTEY SAHÚN ILMO. SR. FRANCISCO BOSCH SALAS En Barcelona a 5 de octubre de 2005 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as.

Sres/as. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A núm. 7486/2005 En el recurso de suplicación interpuesto por U.G.T., Agustín y Jose Francisco frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Barcelona de fecha 10 de enero de 2004 dictada en el procedimiento Demandas nº

271/2003 y siendo recurridos C.C.O.O, Jesús y Alcoa CSI España, S.A.. Ha actuado como Ponente la Ilma.

Sra. Mª LOURDES ARASTEY SAHÚN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 7 de abril de 2003 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclam. derechos contracto trabajo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma.

Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 10 de enero de 2004 que contenía el siguiente Fallo:

"Que estimando la demanda interpuesta por Jesús debo declarar y declaro improcedente su baja como miembro del Comité de Empresa, dejando sin efecto la misma y reconociendo el derecho del Sr. Jesús a seguir ostentando la condición de Miembro del comité de empresa, en tanto en cuanto no se produzca su cese por finalización del mandato, renuncia, dimisión o revocación efectuada en legal forma, condenando a Alcoa CSI España, S.A.; Agustín , Jose Francisco , Sindicato Unión General de Trabajadores (UGT) y Comisiones Obreras (CCOO) a estar y pasar por dicha declaración" .

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.- La parte actora Don Jesús ha venido trabajando para la entidad demandada, con la categoria profesional de especialista, antigüedad des de el 19.02.02, y salario bruto mensual con prorratas de 1.745,52 euros. .docs n° 8 y 9 del ramo de prueba del actor.

  1. - El actor presta sus servicios para la empresa Alcoa CSI España, S.A. en el centro de trabajo de Sant Cugat Sesgarrigues.

  2. - El 15.11.02 se celebraron elecciones sindicales en el mencionado centro de trabajo, siendo el actor candidato en la lista del sindicato UGT, y resultando elegido como miembro del Comité de Empresa.

    Se registró el acta electoral el 18.11.02 con n° de presentación del acta 9110 y n° de registro del acta 2.243, desarrollando desde su elección los cometidos propios del cargo..- doc. n° 1 del ramo de prueba de la parte actora.

  3. - El actor presentó escrito ante la Oficina Pública de Registre d'Eleccions Sindicals de la Generalitat de Catalunya en fecha 19.02.03, mediante el cual ponía en conocimiento de la misma que "por discrepancias con el resto de miembros de UGT del Comité de Empresa de Alcoa CSI España, S.A., deseaba presentar su renuncia como miembro de UGT de dicho Comité". Que en fecha 18.02.03 se validó, el ingreso del actor en el sindicato Comisiones Obreras de Catalunya, y que por motivos sindicales a partir del 14.02.03 debe ser considerado como representante de CCOO..- doc. n° 6 del ramo de prueba del actor.

    5- EI Sr. Jose Francisco , presentó documento en la Delegación Territorial de Barcelona Oficina Pública de Registre d'Eleccions Sindicals, manifestando que habiéndose producido la dimisión del actor procedía a comunicar el alta de otro trabajador de la candidatura de UGT, en concreto, el Sr. Agustín ..- doc. n° 1O y 13 del ramo de prueba del actor e interrogatorio del Sr. Jose Francisco .

  4. - El actor no dimitió de su condición de miembro del comité de Empresa, y así lo comunicó a la empresa mediante escrito de 12.03.03 con el siguiente tenor literal: "EI abajo firmante Jesús , mediante el presente escrito, comunica a la empresa que no ha dimitido de su cargo de representante de los trabajadores, para el que fue elegido en las ultimas, elecciones, manifestando expresamente mi voluntad de seguir ejerciendo el cargo de representación legal de los trabajadores.

    Que el documento presentado en la OPRA y firmado por el Sr. Jose Francisco comunicando mi baja y el alta del Sr. Agustín , carece de valor alguno, ya que en ningún momento he dimitido de mi cargo representativo, sino y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR