STSJ Canarias 5450, 10 de Mayo de 2005

PonenteMARIA DEL CARMEN SANCHEZ-PARODI PASCUA
ECLIES:TSJICAN:2005:5450
Número de Recurso125/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución5450
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Social

En Santa Cruz de Tenerife , a 10 de mayo de 2005 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Santa Cruz de Tenerife formada por los Iltmos.

Sres. Magistrados D./Dña. Antonio Doreste Armas (Presidente), D./Dña. Jose Mª Del Campo Y Cullen y D./Dña. Mª Carmen Sanchez Parodi Pascua (Ponente) , ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 0000125/2005 , interpuesto por Rafael , Emilio , Jesús Ángel , Oscar , Eloy , Mónica , Silvia , Pedro Jesús , Simón , Héctor , Alonso , Carlos Jesús , Luis , Esteban , Pedro Francisco , Jose Pedro , Lázaro , Diego , Marco Antonio , Carlos Manuel , Narciso , Gabriel , Irene , Mercedes , Cosme , Ángel Daniel , Luis María , Salvador , Lorenzo , Gabino , Cornelio , Ángel , Juan Enrique , Blanca , Jesús Manuel , Carlos Alberto , Gema , Jose Antonio , Sergio , Sara , Almudena , Encarna , Víctor , Montserrat , Silvio , Rodolfo , Ramón , Pablo , Paulino , Asunción , Inés , Teresa , Carmen , Jose Luis , Jose Carlos , Luis Angel , Luis Pablo , Juan Ramón , Adolfo , Benedicto , Eduardo , Germán , Julián y Ángela , frente a la Sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 5 de SANTA CRUZ DE TENERIFE en los Autos 0000113/2004 en reclamación de DERECHOS-CANTIDAD , ha sido Ponente el ILTMO./A. SR./A.

D./DÑA. Mª Carmen Sanchez Parodi Pascua .

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Que según consta en Autos, se presentó demanda por Rafael , Emilio , Jesús Ángel , Oscar , Eloy , Mónica , Silvia , Pedro Jesús , Simón , Héctor , Alonso , Carlos Jesús , Luis , Esteban , Pedro Francisco , Jose Pedro , Lázaro , Diego , Marco Antonio , Carlos Manuel , Narciso , Gabriel , Irene , Mercedes , Cosme , Ángel Daniel , Luis María , Salvador , Lorenzo , Gabino , Cornelio , Ángel , Juan Enrique , Blanca , Jesús Manuel , Carlos Alberto , Gema , Jose Antonio , Sergio , Sara , Almudena , Encarna , Víctor , Montserrat , Silvio , Rodolfo , Ramón , Pablo , Paulino , Asunción , Inés , Teresa , Carmen , Jose Luis , Jose Carlos , Luis Angel , Luis Pablo , Juan Ramón , Adolfo , Benedicto , Eduardo , Germán , Julián y Ángela , en reclamación de DERECHOS-CANTIDAD siendo demandado Aeropuertos Españoles y Navegación Aerea (AENA) - Tenerife Norte y Comité de Empresa de AENA-Tenerife Norte y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 13 de octubre de 2004 , por el Juzgado de referencia , con carácter desestimatorio .

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

Los demandantes mantienen relación laboral con la Entidad Pública Empresarial de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA)- Tenerife Norte, ostentando la antigüedad, categoría y salario que se especifican en el Hecho Primero de las dos demandas acumuladas, que se da por reproducido en la presente resolución al no ser hecho controvertido. SEGUNDO.- El artículo 152 del III Convenio Colectivo de la Entidad Pública Empresarial AENA (BOE de 19 de septiembre de 2002), dentro del Capítulo relativo a "Asistencia y Acción Social" y en redacción similar a la que se contenía en el artículo 132.4 del II Convenio Colectivo de dicha Entidad, establece en su párrafo 4º que, "en aquellos centros de trabajo en los que la Dirección y la representación laboral así lo acuerden, podrá sustituirse el derecho a la comida y/o a la cena, por un importe máximo de 650 pesetas ó 3,91 euros por día de asistencia al trabajo, procediéndose a su actualización según la evolución del Índice de Precios al Consumo. La percepción de dicho importe supondrá la extinción definitiva al ejercicio del derecho a que se refiere el apartado uno de este artículo. Mediante acuerdo entre Aena y la Coordinadora Sindical Estatal se acordarán los términos precisos para permitir instrumentar el citado abono". TERCERO.- El día 8 de julio de 1999, la representación de AENA y la Coordinadora Sindical Estatal llegaron al siguiente acuerdo: "La aplicación, en su caso, del abono en cada centro de trabajo, del importe previsto por la supresión del derecho a que se refiere el apartado uno del artículo 132 por una cuantía económica, requerirá el acuerdo expreso entre la Dirección y la representación laboral del centro de trabajo respectivo". CUARTO.- Los demandantes interesan que se declare su derecho a percibir el importe de la compensación económica o sustitución de su derecho a comedor, según aplicación de lo dispuesto en el artículo 152 del Convenio Colectivo . QUINTO.- En fecha 9 de junio de 2004, en el centro de trabajo de la entidad pública empresarial demandada en el Aeropuerto Tenerife Norte prestaban servicios 129 trabajadores (documento número dos del ramo de prueba de AENA).

SEXTO

Se ha agotado la vía previa .

TERCERO

Que por el JDO. DE LO SOCIAL N. 5 de SANTA CRUZ DE TENERIFE , se dictó

Sentencia, cuyo Fallo literal dice: Que, estimando la excepción de inadecuación de procedimiento invocada por la Entidad Pública Empresarial de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA)- Tenerife Norte, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO EN LA INSTANCIA a la referida demandada de las pretensiones deducidas frente a ella y frente al Comité de Empresa de AENA- Tenerife Norte en este procedimiento por D. Rafael , D. Emilio , D. Jesús Ángel , D. Oscar , D. Eloy , Dª Mónica , Dª Silvia , D. Pedro Jesús , D. Simón , D. Héctor , D. Alonso , D. Carlos Jesús , D. Luis , D. Esteban , D. Pedro Francisco , D. Jose Pedro , D. Lázaro , D. Diego , D. Marco Antonio , D. Narciso , D.D. Gabriel , Dª Irene , Dª Mercedes , D. Cosme , D. Ángel Daniel , D. Luis María , D. Salvador , D. Lorenzo , D. Gabino , D. Cornelio , D. Ángel , D. Juan Enrique , Dª Blanca , D. Jesús Manuel , Dª Gema , D. Jose Antonio , D. Sergio , Dª Almudena , Dª Encarna , D. Víctor , Dª Montserrat , D. Silvio , D. Rodolfo , D. Carlos Alberto , D. Ramón , D. Pablo , D. Paulino , D. Carlos Manuel , Dª Asunción , Dª Teresa , Dª Carmen , Dª Inés , D. Jose Luis , D. Jose Carlos , D. Luis Angel , D. Luis Pablo , D. Juan Ramón , D. Adolfo , D. Benedicto , D. Eduardo , D. Julián , D. Jose Manuel , Dª Ángela . CUARTO.- Que contra dicha Sentencia, se interpuso Recurso de...

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