Características fundamentales

AutorAscensión Pastor Parres
Cargo del AutorSenadora por la Comunidad Autónoma del País Vasco

7. CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES

Por hacer un resumen de todo lo referido hasta ahora, no sólo en este apartado sino en lo alusivo a la regulación constitucional de la institución que analizamos, reseñado a lo largo del Capítulo anterior del presente trabajo, podríamos establecer las siguientes características fundamentales del Senado en la Constitución de 1869105:

- Sus miembros, como hemos referido ya en varias ocasiones, son designados de manera electiva, si bien a través de un procedimiento de tipo indirecto.

De esta manera, la elección se desarrollará por provincias, interviniendo dos tipos de individuos: por un lado, los miembros de las Diputaciones Provinciales y, por otro, los compromisarios elegidos en los distritos municipales mediante el sistema del sufragio universal.

- El número total de Senadores es fijo e igual para cada provincia, lo cual implica que la Cámara alta adquiera un cierto carácter federal. En cualquier caso, el citado número no es ni mucho menos superior al de los integrantes de la Cámara baja.

- La duración del cargo de Senador es, en todo caso, temporal, pero superior a la de los diputados, lo cual es propio del sistema bicameral que busca un mayor reposo, un superior razonamiento y reflexión en la tarea desempeñada por la Cámara alta.

A pesar de ello, el Rey podría acordar la disolución exclusiva del...

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