Capítulo VIII. Conclusiones

Páginas191-196
CAPÍTULO VIII
CONCLUSIONES
«La mayor obligación de un gobierno […] debiera ser la de gobernar, esto es, adaptar
teleológicamente principios y reglas de conducta a la individualidad eternamente
varia de los hechos, no para infringir esos principios […] sino para acertar a realizar-
los irremisiblemente por el método más seguro […] Y, sin embargo, como esta acción
del gobernar es la más de las veces una acción íntima, que se desenvuelve en las
entrañas de la sociedad, sin salir a la supercie, sin ser, por tanto, muy visible y lucida
[…] lo que la gente, los partidos, los periódicos, la masa amorfa […] les pide, sin
embargo, no es eso, que gobiernen, sino que legislen»,
Giner de los Ríos, Sobre reformas en nuestras universidades, en Obras completas, II. La
Universidad española, Madrid: Espasa-Calpe, 1902/1916, pp. 15-16.
Nuestro estudio ha estado guiado por la teoría comunitaria de la rme-
za frente al delito y ha arrojado pruebas favorables a las hipótesis derivadas
de la misma que hemos contrastado, con menos claridad en el caso de las
relativas a efectos indirectos ya que en algunos esfuerzos no se ha alcanzado
la signicación estadística, concretamente esto ha ocurrido en una de cinco
estrategias para H5 (veinte por ciento) y en dos de cinco para H6 (cuarenta
por ciento). Con ello, el presente esfuerzo se une en conjunto a un cuerpo
de evidencia empírica que sustenta esta explicación de la rmeza. Algunas
de las hipótesis, precisamente H5 y H6, es la primera vez que se contrastan
empíricamente; y son ciertamente muy audaces dado el relativamente bajo
tamaño del efecto esperable 1, lo cual se inere a su vez de la baja, pero es-
tadísticamente signicativa, asociación entre seguridad y rmeza que conje-
tura nuestra teoría 2. No debe olvidarse que la conanza tiene una enorme
relevancia en la vida cotidiana de las personas. La teoría comunitaria, en
efecto, entiende que el efecto sobre la rmeza es al menos en parte indirec-
to 3, si bien no descarta un efecto directo genuino o contingente en el sentido
de que a veces puede aparecer y a veces no, un problema habitual en Crimi-
1 Saris y Sniderman, 2004: 12 nota 6.
2 Serrano Maíllo, 2016: 457; el mismo, 2021: 263.
3 Serrano Maíllo, 2021: 132.

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