Capitulo II. La intimidación de la democracia. La seguridad a costa del retraimiento democrático

Páginas35-47
CAPÍTULO II. LA INTIMIDACIÓN DE LA DEMOCRACIA. LA
SEGURIDAD A COSTA DEL RETRAIMIENTO DEMOCRÁTICO
Un recorrido por la literatura jurídico constitucional especializada reciente, per-
mite identicar cómo, a raíz de la cadena de ataques terroristas ejecutados en los
últimos años a partir del 11 de septiembre de 2001, los gobiernos de todo el mundo,
en mayor o menor medida e impulsados por intereses políticos diversos –unos más
inconfesables que otros–, no han dudado en utilizar el miedo, generado en las socie-
dades conmocionadas por la magnitud del impacto de los atentados, para intensicar
los programas de vigilancia y control social, a la par que materializar importantes re-
cortes en el conjunto de las garantías democráticas y las libertades públicas.
Es evidente que, en un Estado democrático, las autoridades cuentan con toda la
legitimidad y están facultadas, bajo el amparo de la legalidad vigente y respetando los
pertinentes controles de legalidad constitucionalmente previstos, para implementar
aquellas opciones que estimen pertinentes y oportunas, en materia antiterrorista. El
problema se plantea, cuando dichas transformaciones conllevan un debilitamiento
de la democracia; esto es, cuando la legislación antiterrorista reduce de facto los ám-
bitos de libertad, al suprimir garantías y soslayar derechos, desvirtuando el propio
contenido constitucional, retrotrayendo el espacio de acción democrático.
La seguridad es importante, pues sin seguridad no nos sentimos libres. Y, sin li-
bertad, no hay democracia. A mayor seguridad, mayor garantía de un libre ejercicio
de los derechos fundamentales. La seguridad es una cuestión clave para conseguir
una adecuada calidad democrática. Solo en un contexto razonable de seguridad pue-
den ejercitarse realmente los derechos fundamentales (Fernández Rodríguez, 2019).
Por ello, no tiene sentido que, para garantizar la seguridad, se diezmen otras liberta-
des que son tan necesarias o más en un Estado democrático de Derecho, o al menos
que se haga desmesuradamente. Se debería partir de la premisa fundamental de que,
cualquier medida a adoptar, aun persiguiendo un n legítimo, no puede acabar aca-
rreando una limitación a las libertades de los individuos desproporcionada o caer en

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