Capítulo 6: Libertad de circulación de personas y control de fronteras exteriores de la Union Europea en tiempos pandémicos

AutorMa Ángeles Cano Linares
Páginas97-123
CAPÍTULO 6: Libertad de circulación personas y control de fronte-
ras exteriores de la Unión Europea
...
en tiempos pandémicos
Mª Ángeles Cano Linares
Profesora de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales
Universidad Rey Juan Carlos
Madrid. España
DOI: 10.14679/2198
1. INTRODUCCIÓN
Una de las lecciones aprendidas del SARS-CoV-2 y de la enfermedad por él desen-
cadenada fue su rápida profusión poniendo claramente de maniesto la impotencia
de las distintas autoridades estatales para adoptar medidas que impidieran el conta-
gio de su población dada la permeabilidad de las fronteras en este nuestro mundo
globalizado. El virus no hace distinción de fronteras y pronto se visibiliza una nueva
e inesperada manifestación o consecuencia de esa globalización comercial.
Así, por ejemplo, en fecha tan temprana como marzo de 2020 todos los Estados
miembros de la Unión Europe a (UE) habían noticado ya casos de COVID-19. Des-
de entonces, el número fue en aumento. Y si la pandemia supuso y sigue suponiendo
un desafío de alcance global que requiere respuestas y medidas coordinadas a nivel
mundial, esa coordinación se hizo especialmente necesaria en el caso de la UE y de
sus Estados Miembros pues el mercado único y el Espacio de Libertad, Seguridad y
Justicia (ELSJ) y, en denitiva, el disfrute de la libertad de circulación se habrían de
ver especialmente afectados por las drásticas medidas de cierre de fronteras que hubo
que adoptar.
En este contexto, la Unión se vio en la necesidad de buscar un equilibrio entre
las medidas necesarias para proteger la salud pública, la seguridad ciudadana y los
derechos fundamentales al tiempo que trataba de compensar las devastadoras conse-
cuencias económicas con un plan de recuperación.
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La importancia de las medidas económicas no admite discusión pues la pande-
mia va mucho va más allá de una emergencia sanitaria al haber desencadenado una
crisis económica, humanitaria, de seguridad y de derechos humanos que ha puesto
de maniesto fragilidades y desigualdades muy graves entre países y dentro de ellos,
poniendo a prueba, en el caso de la UE, algunos de sus principios y valores funda-
mentales al igual que algunas de sus más importantes realizaciones.
Este trabajo se centrará, dada la importancia de la libre circulación como uno de
los derechos de los ciudadanos de la Unión y de los que se encuentran legalmente en
su territorio, uno de los mayores logros del proceso integrador y un importante mo-
tor de su economía, en las consecuencias que esta situación pandémica ha tenido en
relación con la libre circulación de personas y en el control de las fronteras exteriores
y, por consiguiente, con la entrada o la imposibilidad de acceder a la UE puesto que
para limitar la propagación del brote de COVID-19, los Estados miembros adopta-
ron medidas, con un impacto directo en este derecho de los ciudadanos imp oniendo
restricciones a la entrada en los territorios estatales y a la libre circulación en el inte-
rior de los mismos.
Además, se han establecido igualmente requisitos, como la exigencia de seguir
cuarentenas aplicables a viajeros fronterizos, incluidos los que se desplazan por moti-
vos económicos, como son trabajadores y emprendedores. Las graves consecuencias
de estas medidas, adoptadas con el n de salvaguardar la salud y el bienestar de los
ciudadanos, han afectado igualmente al mercado interior.
Es lugar común armar que las crisis representan oportunidades y abren gran-
des posibilidades de mejora. Por ello cabe preguntarse si para la UE la pandemia ha
sido ocasión de actuación coordinada y solidaria o si han primado las respuestas
individuales.
Con independencia de la valoración nal lo cierto es que, frente a las iniciales ac-
tuaciones individuales de los Estados, a lo largo de todos estos años han proliferado,
en función de las competencias atribuidas, las iniciativas comunitarias para articular
y coordinar una respuesta europea común.
2. UNA RÁPIDA MIRADA A LA RESPUESTA DE LA UNIÓN EUROPEA ANTE
LA COVID19
Si bien como se verá en el siguiente epígrafe las primeras y principales respuestas
frente a la pandemia en relación con el cierre de fronteras fueron de carácter nacio-
nal, las instituciones de la UE, visibilizadas en la Comisión, hicieron un gran esfuerzo
por poner en marcha diversos mecanismos que abarcaran todos los frentes posibles
para contener la propagación del coronavirus, apoyar los sistemas nacionales de sa-
lud y luchar contra el impacto socioeconómico de la pandemia a través de medidas
sin precedentes, tanto a nivel nacional como de la Unión.

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