La autorregulación normativa en el derecho penal ambiental: problemas desde la perspectiva del principio de legalidad

AutorRaquel Montaner Fernández
Páginas289-313
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XVI. LA AUTORREGULACIÓN NORMATIVA
EN EL DERECHO PENAL AMBIENTAL:
PROBLEMAS DESDE LA PERSPECTIVA
DEL PRINCIPIO DE LEGALIDAD
Raquel MONTANER FERNÁNDEZ
1. INTRODUCCIÓN
La intervención del Derecho penal como medio de control y prevención
de riesgos es demandada, cada vez más, en ámbitos de actividad técnica y
científ‌icamente muy complejos. Esto es lo que sucede, por ejemplo, en los
supuestos de criminalidad de empresa, como son la mayoría de los casos de
delincuencia medioambiental. La cuestión es que en esta clase de contextos
el Derecho (penal) no siempre va a ser la fuente de regulación social en
mejores condiciones para acceder y procesar todos los conocimientos que
ahí proliferan. De hecho, los únicos que realmente están en condiciones de
dominar y procesar tales conocimientos son los sujetos privados que, de for-
ma especializada, se desenvuelven en los distintos sectores técnicos de los
que, en un momento dado, pueden originarse comportamientos delictivos 1.
Frente a ello, si el Derecho pretende tomar parte no tiene más remedio que
recortar las distancias con la técnica. En esta medida, no solamente será
necesario contar con una regulación jurídica ef‌icaz de aquellas actividades o
procesos técnicos de cuya realización puedan derivarse perjuicios para ter-
ceros —lo que se denomina heterorregulación—, sino que también lo será fo-
mentar la regulación técnica de aquellos mismos sectores de actividad como
complemento de la regulación jurídica existente —esto es, la denominada
autorregulación regulada—.
1 En este sentido, ESTEVE PARDO, Autorregulación. Génesis y efectos, 2002, pp. 29, 172; DAR-
NACULLETA I GARDELLA, Autorregulación y Derecho público: la autorregulación regulada, 2005, p. 51;
también, SIEBER, «Compliance-Programme im Unternehmensstrafrecht. Ein neues Konzept zur
Krontolle von Wirtschaftskriminalität», en SIEBER (ed.), Strafrecht und Wirtschaftsstrafrecht: Dog-
matik, Rechtsvergleich, Rechtstatsachen, TIEDEMANN-FS, 2008, pp. 475 a 476.
Raquel Montaner Fernández
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Así las cosas, es inevitable plantearse la oportunidad de reconocer la in-
f‌luencia de las formas de autorregulación normativa en el Derecho y, en lo que
aquí respecta, en el Derecho penal. Lo que sucede es que, como se aborda en
las páginas que siguen, la asimilación jurídico-penal de tales formas de auto-
rregulación puede entrar en conf‌licto con nuestro preciado principio de le-
galidad. Concretamente, esta problemática puede plantearse a propósito de
ciertos tipos penales conf‌igurados como normas penales en blanco que, dado
el ámbito en el que normalmente se llevan a cabo las conductas en ellos tipi-
f‌icadas, implican una cercana toma en consideración de la regulación técnica.
Pues bien, tras una breve aproximación al concepto y clases de autorre-
gulación, la pretensión principal de este trabajo es analizar, desde la óptica
del principio de legalidad, la incidencia jurídico-penal de las formas de auto-
rregulación en la determinación de la responsabilidad penal en el marco de
la criminalidad empresarial y, en especial, de la criminalidad medioambien-
tal. A estos efectos, se parte exclusivamente de la perspectiva de la atribu-
ción de responsabilidad penal a los sujetos individuales que participan en el
desarrollo de la actividad empresarial que deriva en delictiva. Así, se atiende
al modo en que ciertas formas de autorregulación normativa operativas en
la empresa conf‌iguran o, cuando menos, contribuyen a la conf‌iguración del
delito ecológico regulado en el Código Penal español (art. 325) 2. Con ello,
uno de los grandes interrogantes que se plantea es el de si el incumplimiento
de una norma técnica protectora del medio ambiente es uno de los elemen-
tos a tener en cuenta en el juicio sobre la tipicidad penal de esa conducta
infractora. En otras palabras, se trata de analizar en qué medida, teniendo en
cuenta el principio de legalidad penal, los productos de la autorregulación
normativa pueden servir para complementar el tipo del delito ecológico en
tanto que ley penal en blanco.
Obviamente, antes de abordar el principal interés de este trabajo, es ne-
cesario delimitar algunos conceptos en torno al fenómeno, clases y produc-
tos derivados de la autorregulación en el marco de la actividad empresarial.
2. LA AUTORREGULACIÓN EN LA EMPRESA
2.1. Aproximación al contexto de aplicación
1. Cualquier actividad de cierta complejidad que, como mínimo, per-
siga la consecución ef‌icaz de sus objetivos requiere de la determinación de
las pautas o parámetros óptimos para alcanzar tal f‌in. A estos efectos no
solamente es necesario disponer de los conocimientos y recursos apropia-
2 Respecto a la última modif‌icación legislativa de los delitos contra el medio ambiente regula-
dos en el Código Penal español, MONTANER FERNÁNDEZ, «Delitos contra los recursos naturales y el
medio ambiente», en ORTIZ DE URBINA GIMENO (coord.), Memento Experto. Reforma Penal 2010,
2010, pp. 369 a 409.

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