La adopción como beneficio social

AutorLeopoldo Cadaya Vidal
Cargo del AutorDoctor en derecho Universidad de Vigo, Ourense, España
Páginas731-743
731
La adopción como beneficio social
Leopoldo Cadaya Vidal
Doctor en derecho
Universidad de Vigo, Ourense, España
leopoldo@lexauria.com
1. Significado y figuras relacionadas
El término adoptar etimológicamente proviene de la adición de dos vocablos ad
y optare que significan a y desear1. Lo que indica que es algo volitivo y propio del deseo
o voluntad de una persona y no algo impuesto por un tercero.
Afinidad: afinidad es un tipo de parentesco que se produce por un vínculo legal a
través del matrimonio, entre aquellas personas que, sin tener lazo de consanguineidad
entre sí, a su vez lo tienen con alguno de los esposos. Por ejemplo: los padres del
esposo con los padres de la esposa adquieren afinidad en razón de matrimonio. Si el
parentesco natural se extiende hasta el cuarto grado de consanguinidad, sucede de forma
análoga en el parentesco por afinidad. Aunque sin poder determinarse “grados", debido
que la "afinidad no engendra afinidad"2.
Agnaticio: agnati, serían las personas que permanecen bajo la patria potestad de
un pater independientemente del tipo de relación de que proceda, ya sea por afinidad o
consanguinidad. Posteriormente a la división del imperio se le dio más importancia al
parentesco cognaticio o por sangre lo que hoy sería el parentesco consanguíneo.
Esta figura de larga tradición religiosa en la antigua Roma y legislativa solía basarse
en dos premisas justificativas: las de perpetuar la familia entendida como un todo
incluyendo con ello no sólo a las personas sino al conjunto de bienes que implicaba la
continuidad del grupo, conjunto o núcleo familiar y la continuidad del aspecto más
religioso del culto doméstico. Fue también utilizada con finalidades políticas en la Roma
Imperial “el Principado no llegó a constituir fácilmente un régimen de gobierno
hereditario y la fórmula por la que se trató de superar la dificultad fue la de la adopción
imperial: en principio, así, el Senado elegiría en su propio seno al mejor, y éste sería
entonces adoptado como hijo por el Príncipe y asociado ya en vida a su propio imperio.
La fórmula había sido instaurada por el mismo Augusto al hacerse proclamar hijo
adoptivo de Julio Cesar. Se trataba de, pues, de una forma civil para un acto
esencialmente político. Otra finalidad sería la de corregir la desvinculación familiar de los
descendientes por vía femenina, así como la legitimación de los hijos extramatrimoniales,
sin que faltasen finalidades espurias3.
1 LEWIS-SHORT, A. Latin Dictionary, 1958, Oxford, s.v. adoptare.
2 DAZA MARTÍNEZ, J. RODRÍGUEZ ENNES, L., 2009, Instituciones de Derecho Privado Romano, Tirant
lo Blanch.
3 SÁNCHEZ-RUBIO GARCÍA, A., 1994, Derechos sucesorios de los hijos adoptivos en el Código Civil
(problemas de derecho transitorio), Rústica, pp. 19.

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