De administrado a ciudadano. Veinte años de incidencia de la Constitución en el procedimiento administrativo y en las relaciones ciudadano - Administración

AutorAmador elena Córdoba
Cargo del AutorDirector General de la Inspección General de Servicios del Map
Páginas559-568

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1. Introducción

Transcurridos veinte años la promulgación de la Constitución de 1978, resulta significativo releer los comentarios que en dicho momento se produjeron en relación con la incidencia del texto constitucional en la Administración Pública, frecuentemente caracterizados por la idea de que el poder constituyente había renunciado a innovar significativamente el concepto de Administración y el modelo de sus relaciones con los ciudadanos optando por una visión continuista que aceptaba la inalterabilidad de la organización administrativa y perpetuaba el problema pendiente de la reforma administrativa.

Tales reacciones no valoraron adecuadamente la fuerza de transformación dinámica del conjunto de la regulación constitucional en una institución que, como la Administración Pública, había de desempeñar un papel fundamental en la construcción del Estado social y democrático de Derecho preconizado por la norma constitucional.

Veinte años después, la evolución aparece clara y tangible. La Administración Pública ya no es el problema fundamental para la modernización del Estado, cuestión eternamente pendiente desde el pasado siglo, y el ciudadano se ha acostumbrado progresivamente a relacionarse con el poder administrativo desde una posición desprovista de los atributos de sumisión y subordinación que antes le caracterizaban.

Estos veinte años han contemplado la transformación de una Administración Pública discrecional y arbitraria, la definitiva ruptura de su concepción dogmática, ... pero si hubiera de resumirse ese proceso en una única idea, quizá la más acertada sería la de la conversión de los habitantes de este país, desdesu consideración como «administrados», en «ciudadanos» titulares de derechos y dotados de una posición activa en susrelaciones con la Administración.

Lejos de constituir una mera precisión terminológica, el paso de administrados a ciudadanos sintetiza la caracterización democrática de la Administración Pública, emblemática del Estado de Derecho, y explica los procesos de cambio hacia una Administración receptiva en constante adaptación a las demandas sociales.

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2. Fundamentos constitucionales de la evolución administrativa

Los principios contenidos en la Constitución de 1978 han actuado como impulsores de la evolución de la organización y la actividad de la Administración Pública. En este sentido, es posible referirse a una serie de fundamentos dimanantes del texto constitucional que han orientado y delimitado la nueva configuración administrativa y el modelo de sus relaciones con los ciudadanos:

a) Concepción democrática de la Administración

El primer y más urgente reto que se derivó de la Constitución fue el de la adaptación de laorganización administrativa a un régimen democrático. La Administración propia de un Estado autoritario hubo de transformarse en una Administración caracterizada por el servicio al ciudadano, superando y trascendiendo el viejo concepto de una Administración de potestades y prerrogativas. A pesar de que hasta 1992 no se contó con una legislación postconstitucional -la Ley30/1992, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRj-PAC)- la propia fuerza de los principios constitucionales generó una dinámica en la que todos (Administración, tribunales, ciudadanos y operadores jurídicos) lograron reinterpretar las normas pre-constitucionales aplicándolas conforme a la nueva situación.

Así, principios como el de participación (art. 9 CE) se despliegan en la exigencia constitucional de una Administración en la que el ciudadano aparece como un sujeto activo al que (art. 105CE) se faculta a intervenir en los procesos administrativos de toma de decisiones.

b) Modelo administrativo ajustado al modelo constitucional deorganización territorial

Como consecuencia evidente de la Constitución de 1978 en el ámbito administrativo aparece la actual existencia de varias Administraciones Públicas (Administración General del Estado, Administraciones de las CC.AA. y Entidades que integran la Administración Local) frente a la situación anterior en la que había una única Administración (la del Estado).

Desde el momento en que coexisten diversas Administraciones que proyectan su actividad sobre el mismo ámbito territorial, surge la necesidad de intensificar las relaciones de cooperación y coordinación. Hoy en día parece evidente el que los procesos de mejora administrativa no pueden ser afrontados autónomamente por cada una de las instancias existentes. No podemos olvidar que de la consolidación de nuestro modelo de organización territorial resultará una nueva definición del papel a desempeñar por cada Administración así como que en un Estado caracterizado por una organización territorial compleja en la que coexisten diversas Administraciones Públicas, la eficacia de las actuaciones que cada una de ellas adopte para mejorar la calidad de los servicios públicos y las relaciones con los ciudadanos depende en buen grado de la participación e implicación de las restantes.

c) Legitimidad de la Administración

En la caracterización constitucional de la Administración se pretende resolver el conflicto latente que subyace a cualquier organización administrativa: la presunta colisión entre los princi-560

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pios de legalidad y eficacia como legitimadores de la existencia y actividad de la Administración Pública.

Ambos son principios constitucional y legalmente explicitados como orientadores de la actividad de la Administración Pública. y ese reconocimiento legal y...

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