SAP Burgos 147/2006, 15 de Marzo de 2006
Ponente | MARIA ESTHER VILLIMAR SAN SALVADOR |
ECLI | ES:APBU:2006:177 |
Número de Recurso | 91/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 147/2006 |
Fecha de Resolución | 15 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª |
JUAN FRANCISCO SANCHO FRAILEILDEFONSO JERONIMO BARCALA FERNANDEZ DE PALENCIAMARIA ESTHER VILLIMAR SAN SALVADOR
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
BURGOS
SENTENCIA: 00147/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
BURGOS
Sección 003
Domicilio : SAN JUAN 2
Telf : 947274394
Fax : 947279452
Modelo : SEN00
N.I.G.: 09059 38 1 2006 0000322
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000091 /2006
Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de MIRANDA DE EBRO
Procedimiento de origen : JUICIO VERBAL 0000023 /2005
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Burgos, integrada por los Ilmos. Sres.
Magistrados don JUAN SANCHO FRAILE, Presidente, DON ILDEFONSO BARCALA FERNÁNDEZ DE PALENCIA Y DOÑA MARÍA ESTHER VILLÍMAR SAN SALVADOR, ha dictado la siguiente.
SENTENCIA Nº 147
En Burgos a quince de marzo de dos mil seis.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003 de la Audiencia Provincial de BURGOS, los Autos de JUICIO VERBAL 0000023 /2005, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de MIRANDA DE EBRO , a los que ha correspondido el Rollo 0000091 /2006, en los que aparece como parte apelante doña Laura representada por la procuradora doña LUCIA RUIZ ANTOLIN, y asistida por el Letrado D. CARLOS REAL CHICOTE, y como apelados "CAJA DE SEGUROS REUNIDOS, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS,S.A." CASER; Inocencio; Ángel Jesús y Santiago representados por la procuradora doña BEATRIZ DOMINGUEZ CUESTA, y asistidos por la Letrada doña CARMEN HORCAJO MURO, sobre reclamación cantidad. Siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. doña MARÍA ESTHER VILLÍMAR SAN SALVADOR que expresa el parecer de la Sala.
-
: Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente FALLO " Estimo parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora Dª Diana Romero Villacián, en nombre y representación de Dª Laura y, en consecuencia, condeno a los demandados D. Santiago, D. Inocencio y D. Ángel Jesús, éstos últimos en su condición de integrantes de la entidad VYAL, S.C., y a la CIA Aseguradora CASER S.A. al pago solidario de la cantidad de 5.235,68 euros, más intereses legales del Art. 20 de mayo de 2005 que deberá abonar en exclusiva la entidad aseguradora, sin que haya condena en costas en este procedimiento, debiendo cada parte abonar las causas a su instancia y las comunes por mitad".
-
: Notificada la anterior resolución a las partes por la representación de doña Laura, se presentó escrito preparando recurso de apelación, que posteriormente formalizó, mediante otro escrito, dentro del término que le fue concedido al efecto. Y dado traslado a la otra parte, presentó escrito de oposición a dicho recurso dentro del plazo que le fue concedido, acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.
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: Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para votación y fallo el día 14-3-2006 en que tuvo lugar.
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: En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.
FUNDAMENTOS JURIDCOS
Por la actora, Dª Laura, se formula recurso de apelación contra la sentencia de instancia que estima parcialmente su demanda en la fijación de la indemnización solicitada por los daños y perjuicios sufridos en el accidente de tráfico el día 20 de mayo de 2003.
En primer lugar, en cuanto a la indemnización por lesiones, la parte actora reclamó una indemnización por 120 días impeditivos, sin embargo la sentencia apelada estima 65 días de impedimento y 45 días no impeditivos.
En todo caso, está admitido sin contradicción que la actora estuvo 65 días de impedimento total para sus ocupaciones habituales (del 20.5.2003 al 24.7.2003).
La discrepancia se centra en que la sentencia considera como lesiones no impeditivas otros 15 días más, según informe de la Dra. Flor emitido a instancia de la aseguradora CASER demandada que, a su vez, se remite al informe del médico de cabecera, D....
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