STSJ Andalucía 650/2020, 19 de Febrero de 2020

JurisdicciónEspaña
Fecha19 Febrero 2020
Número de resolución650/2020

Recurso nº 3450/18 - Negociado I Sent. Núm. 650/20

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILMOS. SRES.:

DOÑA BEGOÑA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ

DON FRANCISCO MANUEL DE LA CHICA CARREÑO

DON JESÚS SÁNCHEZ ANDRADA

En Sevilla, a 19 de febrero de dos mil veinte.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 650 /2020

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Felipe, contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de los de Huelva, Autos nº 855/16; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. JESÚS SÁNCHEZ ANDRADA, Magistrado Especialista del Orden Jurisdiccional Social.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Felipe contra Autoridad Portuaria de Huelva y Abantis Cosultroría y Asesoría S.L., sobre despido, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 18/12/17 por el Juzgado de referencia, que estimó parcialmente la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

" PRIMERO. El demandante, Don Felipe,con DNI NUM000, ha prestado servicios profesionales en las instalaciones de la Autoridad Portuaria de Huelva, por cuenta de las siguientes empresas que han resultado adjudicatarias del contrato administrativo de coordinación de actividades empresariales :

-para Due Servicios Integrales, S.L., como Técnico Superior Prevención de Riesgos desde el 1 de marzo de 2006 hasta el 31 de enero de 2010, en virtud de un contrato de duración determinada,a tiempo completo, por obra o servicio def‌inido como "Coordinador de actividades empresariales en la provincia de Huelva", convertido en indef‌inido 23 de marzo de 2007.

-para Centros de Estudios de Materiales y Control de Obra, S.A., como Técnico Administración, desde el 1 de febrero de 2010 hasta el 31 de julio de 2013, en virtud de un contrato de duración determinada,a tiempo completo, por obra o servicio def‌inido como "Coordinación actividades empresariales Autoridad Portuaria Huelva".

-y para Abantis Consultoría y Asesoría, S.L., con CIF B84892306, desde el 1 de agosto de 2013, en virtud de un contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, para obra o servicio determinado sin expresión de objeto y percibiendo un salario diario de 50,67 euros, incluido prorrateo de pagas extraordinarias. En la estipulación séptima del citado contrato se establecía que sería de aplicación al mismo el Convenio Colectivo de Servicios de Prevención Ajenos ( BOE nº 220, de 11 de septiembre de 2008).

SEGUNDO

El 1 de agosto de 2013 se suscribió entre la Autoridad Portuaria de Huelva y Abantis Consultoría y Asesoría, S.L. un Contrato para la ejecución de los trabajos comprendidos en el Pliego de Bases para la "Coordinación de Actividades Empresariales en la Autoridad Portuaria de Huelva", que tenía por objeto la prestación del Servicio de Asistencia Técnica para llevar a cabo la coordinación de actividades empresariales en la APH, por un importe de 32.704 euros, IVA excluido, por un plazo de ejecución de 1 año, prorrogable por anualidades hasta un máximo de tres.

El citado contrato, el Pliego de Bases obra en autos a los folios 80 a 115. Las prórrogas del citado contrato f‌iguran a los folios 119 y 120.

TERCERO

El 15 de abril de 2014 la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Huelva levantó Acta de Infracción nº NUM001 contra Abantis Consultoría y Asesoría, S.L. por la existencia de cesión ilegal de trabajadores, proponiéndose la imposición de una sanción de 6.251 euros. Dicha Acta ( folios 53 a 58), que fue consentida por Abantis, dice de forma textual:

"El día 21 de octubre de 2013 a las 11 45 horas, se inician actuaciones inspectoras mediante visita de inspección al centro de trabajo de la empresa AUTORIDAD PORTUARIA DE HUELVA, sita en la avenida Real Sociedad Colombina Onubense s/n de la ciudad de Huelva. Durante la visita de inspección se mantiene entrevista con don Íñigo ( NUM002 ), jefe de recursos humanos y relaciones laborales El señor Íñigo declara ante la actuante que a pesar de que hasta el mes de marzo de 2013 tenían concertada la prevención de riesgos laborales con el servicio de prevención ajeno FREMAP SOCIEDAD DE PREVENCION (B84412683), la vigilancia de la salud era efectivamente realizada por un trabajador de Autoridad Portuaria de Huelva, don Lázaro, quien a su vez estaba asistido por dos trabajadores de empresas externas, uno del servicio de prevención ajeno y otro de la empresa CENTRO DE ESTUDIOS DE MATERIALES Y CONTROL DE OBRA. S A (CEMOSA), quienes prestaban servicios bajo las órdenes del señor Lázaro en las instalaciones del puerto. Las declaraciones de don Íñigo son ratif‌icadas por don Mauricio, director del puerto, quien asiste a la entrevista.

Finalizada la visita de inspección se hace entrega de cédula de citación en la que se emplaza a un representante de Autoridad Portuaria de Huelva a comparecer ante la funcionada actuante con aportación documental.

El día 29 de octubre de 2013, comparece en las dependencias de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Huelva don Íñigo, con aportación documental. Entre la documentación aportada se encuentra el contrato de prestación de servicios celebrado entre Autoridad Portuana de Huelva y CEMOSA en el que acuerda 'adjudicar los servicios comprendidos en el Pliego de Bases para la Contratación de la Coordinación de la Seguridad y Salud en las obras de la Autoridad Portuaria de Huelva a la empresa CEMOSA, extendiéndose el señalado contrato desde el 8 de abril de 2008 hasta mayo de 2011, fecha en que se amplia la prestación de servicios por un periodo de 36 meses. Para la ejecución de los servicios contratados. CEMOSA pone a disposición de Autoridad Portuaria de Huelva un equipo de trabajo formado por un supervisor, un coordinador de seguridad y salud y un equipo técnico multidisciplinar.

El día 17 de diciembre do 2013, comparece ante la inspectora actuante doña Mariana ( NUM003 ), en representación de la empresa CEMOSA, con aportación documental. La señora Mariana manif‌iesta que la empresa CEMOSA asumió el servicio de coordinación de actividades empresariales dentro de Autoridad Portuaria, habiendo sido prestado el señalado servicio hasta que lo asumió CEMOSA por la empresa DUE SERVICIOS LABORALES INTEGRALES S.L. y que el trabajador que realizaba las funciones de coordinación de actividades empresariales era don Felipe, el cual estaba integrado dentro de la unidad de prevención de Autoridad Portuaria de Huelva, ocupaba una of‌icina en las instalaciones de Autoridad Portuaria junto con el técnico de prevención de riesgos laborales de FREMAP, que utilizaba los equipos de trabajo puestos a disposición por Autoridad Portuaria y que tenía correo corporativo.

Analizado el contrato del trabajador, se pone de manif‌iesto que se trata de un contrato de obra o servicio determinado celebrado con fecha de 1 de febrero de 2010, para la realización de la obra o servicio de "coordinación de actividades empresariales en Autoridad Portuaria de Huelva".

Por otra parte, consultada la vida laboral de. trabajador mediante la transacción ATT61 de la aplicación e-SIL, se pone de manif‌iesto que prestó servicios para la empresa DUE SERVICIOS LABORALES INTEGRALES S L. hasta el día 31 de enero de 2010, fecha en que la referida empresa f‌inalizó la prestación de servicios para Autoridad Portuaria de Huelva, siendo dado de alta en la Seguridad Social tan solo un día después de su baja en la mercantil señalada, para prestar los mismos servicios en el centro de trabajo de Autoridad Portuaria de Huelva. esta vez para la empresa CEMOSA.

El día 17 de diciembre de 2013, comparece en las dependencias de la Inspección Provincial de Trabajo y Segundad Social de Huelva, a solicitud de la actuante, don Severiano ( NUM004 ), técnico de prevención de riesgos laborales de la empresa FREMAP SOCIEDAD DE PREVENCIÓN. El señor Severiano manif‌iesta que prestó servicios en las instalaciones de la Autoridad Portuaria de Huebra, donde tenía una mesa y compartía instalaciones con un trabajador de la empresa CEMOSA, a quien identif‌ica como Felipe, estando ambos integrados en el departamento de Prevención y Salud Laboral.

El día 9 de enero de 2014, se gira visita de inspección al centro de trabajo de Autoridad Portuaria de Huelva, manteniéndose entrevista con don Jose Augusto ( NUM005 ), jefe de seguridad, quien manif‌iesta que se encarga de la coordinación de actividades empresariales, estando asistido en sus funciones por don Felipe

, quien pertenece a la plantilla de la empresa ABANTIS CONSULTORlA Y ASESORIA, y que anteriormente prestó los mismos servicios en el centro de trabado de Autoridad Portuaria de Huelva para la empresa CEMOSA, habiendo " heredado" la empresa ABANTIS CONSULTORlA Y ASESORIA S.L. al trabajador. Manif‌iesta igualmente el señor Jose Augusto que el trabajador Felipe recibe las órdenes e instrucciones de él y que en caso de vacaciones o asuntos propios se lo comunica a él y al servicio del que depende.

El día 16 de enero de 2014, comparece en las dependencias de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, don Felipe, en representación de la empresa ABANTIS CONSULTORIA Y ASESORÍA S.L, poniéndose de manif‌iesto, en atención al contrato mercantil de fecha de 1 de agosto de 2013, que la misma tiene concertada con AUTORIDAD PORTUARIA DE HUELVA, "la coordinación de Actividades Empresariales", para la ejecución de la cual emplea al señor Felipe, habiendo celebrado con el mismo un contrato de obra o servicio determinado que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 25 de Mayo de 2021
    • España
    • 25 Mayo 2021
    ...Superior de Justicia de de fecha 19 de febrero de 2020, aclarada por auto de 11 de marzo de 2020, en el recurso de suplicación número 3450/18, interpuesto por D. Juan Antonio, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de los de Huelva de fecha 18 de diciembre de 2019, e......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR