STSJ La Rioja 173/2019, 26 de Septiembre de 2019

PonenteCRISTOBAL IRIBAS GENUA
ECLIES:TSJLR:2019:436
Número de Recurso160/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución173/2019
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2019
EmisorSala de lo Social

T.S.J.LA RIOJA SALA SOCIAL

LOGROÑO

SENTENCIA: 00173/2019

C/ MARQUES DE MURRIETA 45-47

Tfno: 941 296 421

Fax: 941 296 597

Correo electrónico:

NIG: 26089 44 4 2018 0002241

Equipo/usuario: BMB

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000160 /2019

Procedimiento origen: DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000713 /2018

Sobre: DESPIDO OBJETIVO

RECURRENTE/S D/ña INDUSTRIAL QUIMICA RIOJANA, S.A.

ABOGADO: FERNANDO BELTRAN LEZAUN

RECURRIDO/S D/ña: FONDO DE GARANTIA SALARIAL, Esteban

ABOGADO: LETRADO DE FOGASA, RICARDO VELASCO GARCIA,,

Sent. Nº 173-2019

Rec. 160/2019

Ilm a. Sra. Dª Mª José Muñoz Hurtado. :

Presidenta. :

Ilm o. Sr. D. Cristóbal Iribas Genua. :

Ilm a. Sra. Dª Mercedes Oliver Albuerne. :

En Logroño, a veintiséis de Septiembre de dos mil diecinueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación nº 160/2019 interpuesto por INDUSTRIAL QUIMICA RIOJANA S.A. asistido del Abogado D. Fernándo Beltrán Lezaun contra la SENTENCIA nº 159/19 del Juzgado de lo Social nº UNO de Logroño de fecha 7 DE JUNIO DE 2019 y siendo recurrido D. Esteban asistido del Abogado D. Ricardo Velasco, ha actuado como PONENTE EL ILMO. SR. D. Cristóbal Iribas Genua.

ANT ECEDENTES DE HECHO

PRI MERO.- Según consta en autos, por D. Esteban se presentó demanda ante el Juzgado de lo Social número UNO de Logroño, contra INDUSTRIAL QUIMICA RIOJANA S.A., en reclamación de DESPIDO.

SEG UNDO. - Celebrado el correspondiente juicio, con fecha 7 DE JUNIO DE 2019 recayó sentencia cuyos hechos declarados probados y fallo son del siguiente tenor literal:

"HECHOS PROBADOS:

PRIMERO

D. Esteban ha venido prestando servicios para la empresa INDUSTRIAL QUÍMICA RIOJANA, S.L., dedicada a la actividad de industrias químicas, con antigüedad desde el 18 de enero de 2.010, categoría profesional de grupo III, en la sección de lubricantes, y un salario diario bruto de 56'58 euros, incluidas las partes proporcionales de las pagas extraordinarias; en virtud de contrato de trabajo indef‌inido a tiempo completo. SEGUNDO . El actor no es delegado sindical y no ostenta representación alguna de los trabajadores. TERCERO. La referida empresa el día 9 de noviembre de 2.018 notif‌icó al trabajador carta obrante a los folios 5 a 7 de las actuaciones, que se da por íntegramente reproducida, donde se comunica la extinción de su contrato de trabajo por causas objetivas, económicas, organizativas y productivas, con efectos de la misma fecha, con el siguiente tenor literal:

" Muy Señor Nuestro.

Por medio de la presente y al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 c) del Real decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre por el que se aprueba el texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, le comunicamos que se ha decidido extinguir su contrato de trabajo debido a la concurrencia de causas objetivas, tal y como a continuación se le informa.

Las causas que fundamentan esta decisión son ECONÓMICAS, PRODUCTIVAS Y ORGANIZATIVAS. Como bien sabe, la Empresa se dedica a la comercialización de materiales destinados a sectores industriales como la automoción, plásticos y composites, lubricantes.

Desde hace meses se viene sufriendo una situación insostenible para la empresa puesto que su volumen de facturación ha caído de forma drástica, motivado por diferentes circunstancias que obligan a la empresa a tomar medidas de ajuste de plantilla para tratar de adaptarse a la realidad futura de la mercantil.

Como usted conoce, las ventas de la empresa son variadas, pero uno de sus principales productos era la venta en el mercado español de un producto denominado "NEGRO DE HUMO". La mercantil conseguía esa materia prima de Venezuela pero la situación de Venezuela y sus actividades comerciales ha hecho que desde hace meses IQR no consiga nuevas partidas de la materia prima negro de humo de su proveedor venezolano.

Asimismo, desde ese momento, IQR ha estado buscando un nuevo proveedor que le vendiera materia prima a un precio competitivo para poder vender en el mercado español, pero ha sido imposible encontrar esa materia prima ante la demanda mundial del citado producto. Entre los esfuerzos realizados, en Abril de 2018, se consiguió un proveedor de Estados Unidos y, tras haber incluso pagado dicha partida que hubiese permitido mantener clientes y mejorar las ventas, el proveedor estadounidense resolvió unilateralmente el contrato comunicando que lo habían vendido a mejor precio, procediendo a la devolución del dinero. Por otro lado, se intentó otra compra de una partida en China, y no se ha recibido producto alguno sin ni tan siquiera haber devuelto el dinero que se les adelantó.

La imposibilidad de conseguir la materia prima "negro de humo", junto con la situación del mercado, ha llevado directamente a la pérdida de clientes y de facturación que la venta de dicho producto generaba, poniendo a la empresa en una situación de pérdidas económicas, que obliga a la empresa, tal y como a continuación se explicará, a tomar medidas que supongan la optimización de los recursos y una reducción de costes para tratar de mantener la viabilidad de la misma en el mercado.

A continuación, se van a desglosar las causas económicas organizativas y productivas que provocan la necesidad de reestructurar la empresa. Estos resultados son expresivos de la grave situación que atraviesa la empresa, y que hace prever un f‌inal de año nada optimista e insostenible por lo que se deben tomar decisiones. Los Resultados de los ejercicios contables, evidencian la situación económica negativa por la que atraviesa la empresa, como se ha señalado, la pérdida de su principal proveedor, ha supuesto la pérdida de la demanda de los productos de la empresa y el consiguiente descenso de facturación. El siguiente cuadro, se resume el Resultado del ejercicio a fecha septiembre del año 2018 (provisional) comparándolo con el Resultado del ejercicio a fecha septiembre del año 2017.

AÑO RESULTADO EJERCICIO A SEPTIEMBRE

2017 Enero a Septiembre 237.02321 Euros

2018*Enero a Septiembre -1.189.57802 Euros

*Resultado el Ejercicio del año 2018, provisional a fecha 30 de septiembre de 2018.

Como se puede observar, la variación del resultado del 2017 al 2018 ha sido drástica puesto que se ha pasado de un resultado positivo de 237.02321 Euros que se habían generado hasta Septiembre de 2017 a un resultado negativo de -1.189.57802 Euros a septiembre de 2018 (resultado provisional a fecha de septiembre de 2018). Unido a lo anterior, la evolución de las pérdidas en 2018, comparando por trimestres obtenemos que los resultados de pérdidas se han ido incrementando; las pérdidas hasta fecha 31 de marzo de 2018 alcanzaban los -137.65855 €, hasta el 30 de junio de 2018 alcanzaban - 865.89796 € y hasta el 30 de septiembre de 2018 alcanzan la cifra negativa de -1.189.57802 €.

En concreto, el descenso de facturación en comparación con el año 2017 ha sido de más del 50, tal y como se expone en el cuadro siguiente:

VENTAS O INGRESOS A FECHA SEPTIEMBRE*

Año 2017 13.210.95246

Año 2018* 6.942.28930

*Resultado el Ejercicio del año 2018, provisional a fecha 30 de septiembre de 2018.

De los resultados de facturación comparados se puede comprobar que hasta el 30 de septiembre de 2018 se ha perdido una facturación de 6.268.66316 euros, con respecto al mismo período del año 2017, lo que supone un descenso de un 52,5%.

Debido a ese descenso de la facturación de más de 6 millones de euros, como no puede ser de otra manera, la empresa debe adaptarse a la situación, intentando paliar los efectos negativos que se derivan de la situación comentada anteriormente, puesto que de no modif‌icarse, la viabilidad de la empresa estará en riesgo. Asimismo, unido a las pérdidas reales existentes a la fecha de la redacción de esta carta, también concurre la situación de descenso de ventas y facturación durante tres trimestres consecutivos. Por ello, si realizamos una comparativa del nivel de ingresos o ventas de cada uno de los tres trimestres anteriores a esta carta, en comparación con los tres trimestres anteriores del año 2017 se pueden constatar las siguientes cifras: VENTAS O INGRESOS PRIMER TRIMESTRE SEGUNDO TRIMESTRE TERCER TRIMESTRE

AÑO 2017 4.986.26510 4.356.18102 3.868.50634

AÑO 2018 3.057.17109 2.121.37160 1.763.74661

Como se puede observar, existe la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas, puesto que durante tres trimestres consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre es inferior al registrado en el mismo trimestre del año anterior. En concreto, en el primer trimestre de 2018 se produce un descenso frente al primer trimestre del año anterior de un 3869%; en el segundo trimestre de 2018 se produce un descenso de un 5140% frente al segundo trimestre del año anterior; en el tercer trimestre de 2018 se produce un descenso de un 5441% frente al tercer trimestre del año anterior.

La empresa, queda a su disposición para mostrarle los documentos contables necesarios para explicar la situación que ha provocado que deba llevarse a cabo esta extinción. En concreto tiene a su disposición los modelos 303 de autoliquidación de IVA de enero a septiembre de 2017 y de 2018 y las cuentas anuales del año 2017.

Unido a lo anterior, se debe destacar que la previsión de ventas y facturación hasta f‌inal del año 2018 y para el próximo año 2019 no es nada halagüeña- la Dirección de la empresa ha efectuado un análisis de las previsiones

de facturación para valorar las medidas necesarias a tomar y unido al descenso de la facturación, mayor gravedad entraña un análisis de las previsiones, puesto que a fecha de la presente carta se sigue sin poder contar con el proveedor de negro de humo y, por ello, se sigue sin poder efectuar ninguna venta...

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