STSJ Galicia 2823/2009, 29 de Mayo de 2009

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2009:4838
Número de Recurso961/2006
Número de Resolución2823/2009
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0000961 /2006 interpuesto por Calixto contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de

OURENSE siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Calixto en reclamación de INCAPACIDAD NO CONTRIBUTIVA siendo demandado la CONSELLERIA DE ASUNTOS SOCIAIS, EMPREGO E RELACIONS LABORAIS. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000647 /2005 sentencia con fecha diecisiete de Noviembre de dos mil cinco por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

Primero

La parte demandante, Calixto es vecino de Orense, y conviven con el actor, su esposa e hijos, siendo una hija mayor de 18 años y otro hijo con una minusvalía reconocida de 98%, percibiendo una pensión de incapacidad permanente total desde Julio de 2003 y su hijo una no contributiva./

Segundo

Interesada el 29-12-04 que se le reconociera una invalidez no contributiva, se le denegó por resolución de fecha 28-3-05, no estar afecta de un grado de minusvalidez o enfermedad crónica igual o superior al 65% ypor superar los recursos económicos de la unidad económica de convivencia el límite establecidos" y fijándose un porcentaje de minusvalidez del 12. Interpuesta reclamación previa, fue desestimada el 147-05./ Tercero.- El actor padece: "fascitis plantar pie izquierdo, dolor lumbar"

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que desestimando la demanda formulada por Calixto contra la CONSELLERIA DE ASUNTOS SOCIAIS, EMPREGO Y RELACIONS LABORÁIS, debo absolverla de los pedimentos deducidos en su contra.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre el actor la desestimación de su demanda en reclamación de pensión no contributiva, instando -por el cauce del artículo 191.b) LPL - la modificación del cuadro de dolencias declarado probado, y denunciando -vía artículo 191.c) LPL - la infracción por inaplicación del artículo 14 LGSS .

Ante todo, esta Sala considera que la cita del precepto es un error mecanográfico y que, por tanto, el infringido como denunciado debe ser el «144 » LGSS.

SEGUNDO

1.- La censura, empero, se rechaza, porque se incumplen de plano los requisitos exigidos en Suplicación para proceder a examinar la infracción normativa, pues hemos de reiterar que conforme a las SSTSJ Galicia 17/06/08 R. 3201/05, 21/02/08 R. 1019/05, 06/02/08 R. 463/05, 20/03/07 R. 2343/04, 24/11/06 R. 541/06, 06/11/06 R. 417/03 , etc.- el recurso de Suplicación no tiene la naturaleza de la apelación ni de una segunda instancia, sino que resulta ser - SSTC 18/1993, de...

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