STSJ Murcia 205/2018, 28 de Febrero de 2018

PonenteJOSE LUIS ALONSO SAURA
ECLIES:TSJMU:2018:414
Número de Recurso647/2017
ProcedimientoSocial
Número de Resolución205/2018
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2018
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00205/2018

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Pº GARAY, 5 - 2ª PLANTA - 30005 - MURCIA -DIR3:J00002053

Tfno: 968 22 92 16

Fax: 968 22 92 13

NIG: 30016 44 4 2014 0201954

Equipo/usuario: JLG

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000647 /2017

Procedimiento origen: DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000561 /2014

Sobre: DESPIDO OBJETIVO

RECURRENTE: Sonsoles

ABOGADA: MARIA TERESA LOPEZ OCAÑA

RECURRIDOS: M&M INTERNACIONAL INVESTMENT OFFICE SL, ORO CADIZ S.L, VERA RUEDA CAPITAL SPAIN GROUP S.L, MR GOLD S.L MR GOLD S.L, COMPRO TODO CASH S.L, ANFOR ORO S.L, MAKE GESTION Y SERVICIOS INTERNACIONALES S.L, GLOBAL SERVICE GOLD SPAIN S.L, FOGASA FOGASA

ABOGADO/A: MARIA JESUS SARABIA GARCIA,,,, ANTONIO CORTES MORENO, ANTONIO CORTES MORENO, ANTONIO CORTES MORENO, ANTONIO CORTES MORENO, LETRADO DE FOGASA

PROCURADOR: BEATRIZ CAMPO MARTINEZ,,,,,,,,,,,,,,,,

En MURCIA, a veintiocho de febrero de dos mil dieciocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos. Sres. D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Dª. Sonsoles, contra la sentencia número 162/2015 del Juzgado de lo Social número 2 de Cartagena, de fecha 11 de mayo, dictada en proceso número 561/2014, sobre DESPIDO, y entablado por Dª. Sonsoles frente a M&M INTERNATIONAL INVESTMENT OFFICE, S.L., ORO

CÁDIZ, S.L., VERA RUEDA CAPITAL SPAIN GROUP, S.L., MR GOLD, S.L., COMPRO TODO CASH, S.L., ANFOR ORO, S.L., MAKE GESTION Y SERVICIOS INTERNACIONALES, S.L., GLOBAL SERVICE GOLD SPAIN, S.L. y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.

En la resolución del presente recurso de suplicación, actúa como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Hechos Probados en la instancia y fallo.

En la sentencia recurrida, se consignaron los siguientes hechos probados:

  1. - La parte demandante ha prestado servicios para la empresa demandada MR. GOLD S.L. con domicilio social en Málaga, C/ Carretería, nº 66, bajo, con antigüedad desde 22-12-2010, categoría profesional de Dependienta y salario diario de 33,86 euros con inclusión de prorrata de pagas extras y en virtud de contrato laboral y con centro de trabajo en C/ Ángel Bruna nº 40 de Cartagena.

  2. - La actora fue despedida por la citada empresa el 17 de octubre de 2013 y efectos de 11 de octubre de 2013 mediante carta de despido objetivo, debido "a motivos económicos".

  3. - Impugnado ese despido da lugar al procedimiento 914/13 del Juzgado de lo Social nº 3 de Cartagena que por sentencia de 16 de julio de 2014 lo considera improcedente y a los efectos oportunos condena solidariamente a MR. GOLD S.L., (EN LIQUIDACIÓN), y M&M INTERNACIONAL INVESTMENT OFFICE S.L., y entendiendo que se produce opción tácita por la readmisión se condena a ambas mercantiles solidariamente al pago de salarios de trámite desde 17 de octubre de 2013 hasta 13 de enero de 2014 y sentencia de la que se intentó aclaración y que fue aclarada en parte por auto de 31 de julio de 2014.

  4. - Por M&M INTERNACIONAL INVESTMENT OFFICE S.L., contra la referida sentencia se interpone recurso de suplicación y así se tiene por realizado por D. O. de la Sra. Secretaria Judicial del JS 3 indicado de 9 de septiembre de 2014.

  5. - M&M INTERNACIONAL INVESTMENT OFFICE S.L., comunica a la trabajadora el 16 de septiembre de 2014 que en virtud de la sentencia del Social 3 de Cartagena se procede a la readmisión y se deja sin efecto la baja de 12 de julio de 2014 aunque se hace constar que dicha sentencia está recurrida y que la readmisión se hace de forma provisional.

  6. - La trabajadora había sido alta el 13 de enero de 2014 con contrato temporal y baja el 12 de julio de 2014 por terminación del mismo en M&M INTERNACIONAL INVESTMENT OFFICE S.L., y de nuevo le dio de alta la empresa con efectos 12 de octubre de 2013 por mor de la sentencia antes aludida.

  7. - La baja de 12 de julio de 2014 es frente a lo que se acciona por despido.

  8. - La actora había disfrutado prestaciones de desempleo desde 13 de julio de 2014 y desde 12 de octubre de 2013 hasta 12 de enero de 2014. La beneficiaria tiene notificada propuesta de revocación de prestaciones de desempleo.

  9. - La demandante fue baja médica el 26 de septiembre de 2014.

  10. - El 9 de marzo de 2015 a la trabajadora demandante le es comunicada carta de despido disciplinario con efectos de esa fecha porque el proceso de incapacidad temporal en el que estaba acabó el 26 de febrero de 2015 y no se ha presentado al trabajo. Se ignora si ese despido está impugnado.

  11. - Algunos trabajadores de Mr. Gold fueron dados de alta en la sociedad M&M INTERNACIONAL INVESTMENT OFFICE S.L., y esta empresa, se dedica a la misma actividad que la otra -compraventa de oroaunque ha ampliado el negocio -plata, brillantes.

  12. - La empresa M&M INTERNACIONAL INVESTMENT OFFICE S.L., ha realizado su propia inversión en el sistema de seguridad en los locales que tiene abiertos. La anterior empresa -MR GOLD S.L.- había dado de baja el sistema de alarma en octubre de 2013 en el local de Ángel Bruna. E igualmente la nueva mercantil se ha dado de alta en luz, agua y teléfonos, ha realizado nuevas inversiones en los locales, maquinaría y mobiliario y nuevos contratos de alquiler en enero 2014 y ha seleccionado el personal con sus criterios.

  13. - La mercantil MAKE GESTIÓN Y SERVICIOS INTERNACIONALES S.L., está dedicada a establecimiento de bebidas y domicilio en C/ Carretería nº 87 de Málaga y de la que consta como Administrador Único D. Rodolfo que también lo ha sido de GLOBAL SERVICE GOLD SPAIN S.L., y trabajador de MR. GOLD S.L.

  14. - ORO CÁDIZ S.L., tiene su domicilio en Málaga C/ Carretería nº 66 y consta de baja desde 11 de octubre de 2013.

  15. -...

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