STSJ Galicia 3181/2016, 31 de Mayo de 2016

PonenteBEATRIZ RAMA INSUA
ECLIES:TSJGAL:2016:4372
Número de Recurso655/2016
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución3181/2016
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2016
EmisorSala de lo Social

TSJ SALA DO SOCIAL A CORUÑA

-PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax: 881881133 /981184853

NIG: 27028 44 4 2014 0003361

402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000655 /2016 MRA

Procedimiento origen: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0001099 /2014

Sobre: DESPIDO DISCIPLINARIO

RECURRENTE/S D/ña CONSELLERIA DE CULTURA E TURISMO

ABOGADO/A: LETRADO COMUNIDAD

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: Pilar

ABOGADO/A: GERMAN VAZQUEZ DIAZ

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

ILMO SR. D. ANTONIO J. GARCIA AMOR

ILMA SRª Dª BEATRIZ RAMA INSUA

MARIA TERESA CONDE PUMPIDO TOURON

En A CORUÑA, a treinta y uno de Mayo de dos mil dieciséis.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACION 0000655/2016, formalizado por CONSELLERIA DE CULTURA E TURISMO, contra la sentencia número 323/2015 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de LUGO en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0001099/2014, seguidos a instancia de Pilar frente a CONSELLERIA DE CULTURA E TURISMO, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª BEATRIZ RAMA INSUA.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Pilar presentó demanda contra CONSELLERIA DE CULTURA E TURISMO, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 323/2015, de fecha dieciocho de Septiembre de dos mil quince

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: Primero.- Da. Pilar, mayor de edad, ha prestado servicios para la SECRETARÍA XERAL DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA de la CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN E ORDENACIÓN UNIVERSITARIA de la XUNTA DE GALICIA, como profesora (impartiendo cursos iniciación y perfeccionamiento de la lengua gallega, cursos de lengua gallega preparatorios para las pruebas de niveles Celga 1, Celga 2, Celga 3 y Celga 4 y cursos de lenguaje administrativo y jurídico gallego tanto en modalidad presencial cuanto en modalidad de teleformación), como profesora coordinadora de alguno de los citados cursos y como relatora o ponente de seminarios.-/Segundo.- Los cursos que específicamente impartió, desde el 21 de abril de 1993, Da. Pilar para la SECRETARÍA XERAL DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA de la CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN E ORDENACIÓN UNIVERSITARIA de la XUNTA DE GALICIA fueron los relacionados en el hecho cuarto de la demanda bajo el epígrafe "1. Como Profesora docente", cuyo contenido se da aquí por íntegramente reproducido.El último curso impartido fue el de lenguaje jurídico gallego nivel superior en la modalidad de teleformación (FX13004-T01), desde el 9 de septiembre de 2013 al 3 de noviembre de 2013, de setenta y cinco horas de duración, percibiendo una retribución por la totalidad del curso de 2.300 euros brutos (30' 67 euros/hora)./Tercero.- Da. Pilar fue nombrada por la SECRETARÍA XERAL DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA de la CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN E ORDENACIÓN CITARÍA de la XUNTA DE GALICIA para impartir los cursos a que se ha hecho mención en el hecho probado que antecede, como consecuencia del llamamiento efectuado por la misma Administración conforme a lo dispuesto por la Resolución de 29 de diciembre de 2006 (DOG n° 12, de 17 de enero de 2007), modificada por la Resolución de 8 de marzo de 2007 (DOG n° 56, de 20 de marzo de 2007) y por la Resolución de 7 de enero de 2011 (DOG n° 11 de 18 de enero de 2011). El contenido de dichas resoluciones, constante a los folios 781 a 784-vto. de las actuaciones, se da aquí por íntegramente reproducido.La lista confeccionada por la SECRETARÍA XERAL DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA de la CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN E ORDENACIÓN UNIVERSITARIA era única para la impartición tanto de los cursos de lengua gallega preparatorios de las pruebas Celga cuanto de los cursos de lenguajes específicos administrativo y jurídico gallegos, pudiendo los solicitantes libremente delimitar la zona geográfica en la que estaban dispuestos a dar cursos y señalar el tipo de curso que querían impartir.Uno de los requisitos exigidos para ser incluido en la lista era ser demandante de empleo. Adicionalmente a esto, desde la Resolución de 7 de enero de 2011, se requería encontrarse en situación actual de desempleado, debiendo suspenderse el cobro de prestaciones por desempleo durante la impartición del curso. /Cuarto.- La SECRETARÍA XERAL DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA de la CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN E ORDENACIÓN UNIVERSITARIA de la XUNTA DE GALICIA convocó cursos de lengua gallega, dirigidos a particulares y colectivos, preparatorios para las pruebas de los niveles Celga 1, Celga 2, Celga 3 y Celga 4 durante el año 2014./Quinto.- La SECRETARÍA XERAL DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA de la CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN E ORDENACIÓN UNIVERSITARIA de la XUNTA DE GALICIA publicó el 10 de enero de 2014 la lista provisional de profesorado colaborador admitido para la impartición de los cursos de lengua gallega preparatorios de las pruebas Celga del año 2014, incluyéndose en la misma con una puntuación de 9' 30 Da. Pilar ./ Sexto.- Pese a lo inmediatamente expuesto, en el año 2014 ni Da. Pilar ni ningún otro profesor de la lista, que no llegó a aprobarse definitivamente, fueron llamados para impartir ningún curso por la SECRETARÍA XERAL DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA de la CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN E ORDENACIÓN UNIVERSITARIA de la XUNTA DE GALICIA./Séptimo.- El 27 de marzo de 2013, la CONFEDERACIÓN INTERSINDICAL GALEGA (C.I.G.), D. Cornelio y D. Domingo (los dos últimos actuando en su propio nombre y en representación de los profesores que venían impartiendo anualmente cursos) interpusieron ante la INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE A CORUNA denuncia contra la SECRETARÍA XERAL DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA de la CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN E ORDENACIÓN UNIVERSITARIA de la XUNTA DE GALICIA, afirmando, entre otras cuestiones, que, pese a que el profesorado contratado para la impartición de los cursos tenía carácter laboral, no constaba su alta en ningún régimen de la Seguridad Social.La INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE A CORUÑA emitió el informe de fecha 14 de noviembre de 2013 que obra a los folios 574 a 582 de las actuaciones, cuyo contenido se da aquí por íntegramente reproducido. /Octavo. - El 29 de noviembre de 2013 la CONFEDERACION INTERSINDICAL GALEGA, en su propio nombre y en el de los trabajadores afectados, interpuso ante la INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LUGO denuncia contra la SECRETARÍA XERAL DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA de la CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN E ORDENACIÓN UNIVERSITARIA de la XUNTA DE GALICIA, afirmando, entre otras cuestiones, que, pese a que el profesorado contratado para la impartición de los cursos tenía carácter laboral, no constaba su alta en ningún régimen de la Seguridad Social.La INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LUGO emitió el informe de actuación de fecha 1 de abril de 2014 que consta a los folios 587-vto- a 588 de las actuaciones, cuyo contenido se da aquí por íntegramente reproducido./Noveno.- El 3 de abril de 2014, la CONFEDERACIÓN INTERSINDICAL GALEGA, en su propio nombre y en el de los profesores que imparten cursos de lenguajes específicos afectados, interpuso ante la INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LUGO denuncia contra la SECRETARÍA XERAL DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA de la CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN E ORDENACIÓN UNIVERSITARIA de la XUNTA DE GALICIA, afirmando, entre otras cuestiones, que, pese a que el profesorado contratado para la impartición de aquéllos cursos tenía carácter laboral, no constaba su alta en ningún régimen de la Seguridad Social.INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LUGO emitió el 8 de abril de 2014 el oficio del folio 593 de las actuaciones, comunicando el archivo de la denuncia, por estimar que la misma era una reproducción de la presentada el 29 de noviembre de 2013./Décimo.- El 29 de noviembre de 2013, la CONFEDERACIÓN INTERSINDICAL GALEGA, en su propio nombre y en el de los trabajadores afectados, interpuso ante la INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE CÚRENSE denuncia contra la SECRETARÍA XERAL DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA de la CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN E ORDENACIÓN UNIVERSITARIA de la XUNTA DE GALICIA, afirmando, entre otras cuestiones, que, pese a que el profesorado contratado para la impartición de los cursos tenía carácter laboral, no constaba su alta en ningún régimen de la Seguridad Social.La INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE OURENSE emitió 12 de marzo de 2014 el informe de actuación que consta a los folios 599 a 603-vto. de las actuaciones, cuyo contenido se da aquí por íntegramente reproducido./Decimoprimero.- La INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE OURENSE emitió el informe que consta a los folios 606 a 608 de las actuaciones, cuyo contenido se da aquí por íntegramente reproducido./Décimosegundo.- Como reacción frente a las anteriores denuncias, la SECRETARÍA XERAL DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA de la CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN E ORDENACIÓN UNIVERSITARIA de la XUNTA DE GALICIA, decidió que la impartición de los cursos de lengua gallega preparatorios para las pruebas de los niveles Celga 1, Celga 2, Celga 3 y Celga 4, durante el año 2014, se produciría con medios propios, tanto en lo referente al profesorado, cuanto a los centros destinados a la impartición./Decimotercero.- Los cursos preparatorios de las pruebas de los niveles Celga 1, Celga 2, Celga 3 y Celga 4 comenzaron...

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