STSJ Andalucía 801/2009, 24 de Febrero de 2009

PonenteJOSE JOAQUIN PEREZ-BENEYTO ABAD
ECLIES:TSJAND:2009:763
Número de Recurso1820/2008/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución801/2009
Fecha de Resolución24 de Febrero de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA NÚMERO 801 /09

En los recursos de suplicación interpuestos por la DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA, representado por el Letrado del Servicio Jurídico, y por Dª Leonor , representada por la Sra. Letrada Dª Aurora León González, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 4 de Sevilla en sus autos núm. 793/07; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. DON JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD, Magistrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, el primer recurrente fue demandado por Dª Leonor , en demanda de despido, se celebró el juicio y el 25 de enero de dos mil ocho se dictó sentencia por el referido Juzgado, estimando la pretensión, y declarando improcedente el despido de la actora con las consecuencias legales.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"PRIMERO.- Dª Leonor , NIF NUM000 , ha venido prestando servicios para la Diputación Provincial de Sevilla, con la categoría profesional de mediadora social, y un salario de 2.454,47 euros mensuales, desde el día 3.04.2001.

SEGUNDO

Con fecha de 15.03.2001 firmó un contrato de duración determinada, por obra o servicio determinado, con la Diputación Provincial de Sevilla, para prestar como contratado laboral, con la categoría profesional de mediadora social, en el centro de trabajo ubicado en Área Cooperación (folio 48), señalándose como objeto la realización de programas de formación, inserción laboral, y desarrollo socio-cultural en las zonas y barrios de Sevilla, comprendido dentro del Programa "En Barrios", todo ello como consecuencia de la subvención recibida en base al Convenio de Colaboración entre la DiputaciónProvincial de Sevilla y la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, para el desarrollo de Proyectos de actuación en el Área Metropolitana de Sevilla.

TERCERO

Con fecha de 6.06.2002 la Diputación comunicó a la trabajadora la finalización del contrato laboral, "encontrándose en tramitación por esta área de Recursos Humanos una nueva contratación en base al último Convenio de Colaboración suscrito entre la Diputación Provincial de Sevilla y la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, para el desarrollo de Programas de Actuación en el Área Metropolitana de Sevilla (folio 49).

CUARTO

Dª Leonor , N.I.F. NUM000 , celebró un contrato de duración determinada, por obra o servicio determinado, con fecha de 18.06.2002, para prestar servicios como contratado laboral, con la categoría profesional de mediador social, en el centro de trabajo ubicado en Área de Desarrollo Económico y Nuevas Tecnologías (folio 46). En dicho contrato se fija que el objeto es "la realización de programas de formación, inserción laboral, y desarrollo socio-cultural en las zonas y barrios de Sevilla, comprendido dentro del Programa "En Barrios", todo ello como consecuencia de la subvención recibida en base al Convenio de Colaboración entre la Diputación Provincial de Sevilla y la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, para el desarrollo de Proyectos de actuación en su ámbito territorial, suscrito con fecha de 23 de Octubre de 2.001. De forma orientativa la finalización se producirá a finales de marzo de 2.003.

QUINTO

Con fecha de 26.03.2003 firmó un contrato de duración determinada, para prestar servicios como contratado laboral, con la categoría profesional de mediador social, en el centro de trabajo ubicado en Area de Desarrollo Económico y NNTT (folio 47), señalando como objeto "desarrollo de las funciones propias de su categoría en las zonas y barrios de Sevilla y provincia, en base al Convenio de colaboración anteriormente citado".

SEXTO

Con fecha de 7.04.2004 firmó un contrato de duración determinada, por obra o servicio determinado para prestar servicios como contratado laboral, con la categoría profesional de mediador social, en el centro de trabajo ubicado en Sevilla y/o municipios de la provincia (folio 50), señalando como objeto "desarrollo de las funciones propias de su categoría en el marco del Programa de "Promoción y Desarrollo en Territorios de Exclusión Social", en base al Convenio de Colaboración anteriormente citado".

SÉPTIMO

Con fecha de 14.04.2005 le comunicaron que el día 30.04.2005 se produciría la finalización del contrato laboral (folio 52).

OCTAVO

Con fecha de 24.06.2005 firmó un contrato de duración determinada, por obra o servicio determinado (folio 53), para prestar servicios como contratado laboral, con la categoría profesional de mediador social, en el centro de trabajo ubicado en Sevilla y/o municipios de la provincia, señalando como objeto "desarrollo de las funciones propias de su categoría en zonas con necesidades de transformación social, en base al Convenio de colaboración anteriormente citado.

NOVENO

El día 12.01.2006 le comunicaron que el día 21 de enero del mismo año se produciría la finalización del contrato (folio 54).

DÉCIMO

Con fecha de 30.03.2006 firmó un contrato de duración determinada, por obra o servicio determinado, para prestar servicios como contratado laboral, con la categoría profesional de mediador social, en el centro de trabajo ubicado en Sevilla y/o municipios de la provincia (folio 55), señalando como objeto "desarrollo de funciones propias de su categoría en zonas vulnerables del Plan de Desarrollo Local de la Provincia de Sevilla, con base al Convenio de colaboración anteriormente citado".

UNDÉCIMO

El día 29.08.2006 la Diputación comunicó a la trabajadora que el día 30 de septiembre del citado año se produciría la finalización de la relación laboral (folio 57).

DÉCIMOSEGUNDO

Con fecha de 22.02.2007 la actora firmó un contrato de duración determinada, por obra o servicio determinado (folio 58), para prestar servicios como contratado laboral, con la categoría profesional de mediador social, en el centro de trabajo ubicado en Sevilla y/o municipios de la provincia, señalando como objeto "desarrollo de funciones propias de su categoría en zonas vulnerables del Plan de Desarrollo Local de la Provincia de Sevilla, con base al Convenio de colaboración anteriormente citado".

DECIMOTERCERO

El día 6.08.2007 la Diputación provincial comunicó a la trabajadora que con fecha de 1 de Septiembre del referido año se produciría la finalización de la relación laboral (folio 59).

DÉCIMOCUARTO

En folio 61 consta el informe de la Directora del Área de Igualdad y Ciudadaníade la Diputación Provincial, en el que se pone de manifiesto que la demandante se limitó a desempeñar las funciones propias de su categoría profesional.

DÉCIMOQUINTO

La relación laboral se rige por el Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos, según consta en los contratos firmados por las partes.

DÉCIMOSEXTO

En folios 129 a 133, que se dan por reproducidos, obra el Convenio Marco de Colaboración entre la Consej ería de Asuntos Sociales y la Diputación provincial de Sevilla para la Rehabilitación y Recuperación Social de Zonas y Barriadas periféricas de la corona metropolitana de Sevilla.

DÉCIMOSEPTIMO

En folios 134 a 141, que se dan por reproducido, obra el Convenio Colaboración entre la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía y la Diputación Provincial de Sevilla para el desarrollo de proyectos de actuación en el área metropolitana de Sevilla y la Carlina en Constantina, al amparo de la Orden de 26 de febrero de 1999, por la que se regulan y convocan subvenciones para la intervención en zonas con necesidades de transformación social.

DÉCIMOCTAVO

En folios 142 a 150, que se dan por reproducidos, consta el Convenio de Colaboración entre la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía y la Diputación Provincial de Sevilla para el desarrollo de proyectos de actuación en zonas del área metropolitana de los municipios de Almensilla, Bormujos, Castilleja de la Cuesta, Gelves, Palomares del Río, Puebla del Río, Santiponce, Tomares y Valencina de la Concepción, al amparo de la Orden de 29 de Febrero de 2.000, por la que se regulan y convocan subvenciones para la intervención en zonas con necesidades de transformación social.

DÉCIMONOVENO

En folios 151 a 157, que se dan por reproducidos, consta el Convenio de Colaboración entre la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía y la Diputación Provincial de Sevilla para el desarrollo de proyectos de actuación en su ámbito territorial al amparo de la orden de 2 de enero de 2.001, por la que se regulan y convocan subvenciones para la intervención en zonas con necesidades de transformación social.

VIGÉSIMO

En folios 158 a 166, que se dan por reproducidos, consta el Convenio de colaboración entre la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía y la Diputación Provincial de Sevilla para el desarrollo de proyectos de actuación en su ámbito territorial al amparo de la orden de 14 de mayo de 2002, por la que se regulan y convocan subvenciones para la intervención en zonas con necesidades de transformación social.

VIGÉSIMOPRIMERO

En folios 167 a 176, que se dan por reproducidos, consta el Convenio de colaboración entre la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía y la Diputación Provincial de Sevilla para el desarrollo de proyectos de actuación en su ámbito territorial al amparo de de la orden de 5 dc marzo de 2003, por la que se regulan y convocan subvenciones para la intervención en zonas con necesidades de transformación social.

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