STSJ Andalucía 78/2015, 15 de Enero de 2015
Ponente | MARIA ELENA DIAZ ALONSO |
ECLI | ES:TSJAND:2015:182 |
Número de Recurso | 3143/2013 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 78/2015 |
Fecha de Resolución | 15 de Enero de 2015 |
Emisor | Sala de lo Social |
Recurso nº 3143/2013 (S) Sentencia nº 78/2015
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
ILTMOS. SRES.:
DOÑA MARÍA ELENA DÍAZ ALONSO
DOÑA MARÍA GRACIA MARTÍNEZ CAMARASA
DON JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD
En Sevilla, a quince de enero de dos mil quince.
La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY, ha dictado la siguiente
SENTENCIA NÚMERO 78/2015
En el recurso de suplicación interpuesto por D Matías, contra la sentencia del Juzgado de lo Social de Algeciras, en sus autos núm. 1262/11, ha sido Ponente la Iltma. Srª. Magistrada Doña MARÍA ELENA DÍAZ ALONSO.
Según consta en autos, se presentó demanda por D. Matías, contra la empresa Befesa Gestión Residuos Industriales S.L., sobre Contrato de Trabajo, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 16 de abril de 2,013 por el referido Juzgado, con desestimación de la demanda.
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:
El actor Don Matías, mayor de edad, con DNI NUM000 -en lo que importa a la presente litis ha formado parte de la plantilla laboral de la empresa demandada BEFESA GESTION DE RESIDUOS INDUSTRIALES S,L, desde el día 12 de diciembre de 2006 hasta el día 19 de noviembre de 2010 y para la que ha desempeñado, en todo este tiempo, los servicios inherentes a la categoría profesional de oficial de primera, con un salario a efectos de despido de 66,20 euros.
Tras ser declarado el actor afecto de incapacidad permanente total para su profesión habitual de oficial de primera, en virtud de Resolución del INSS de fecha 19 de noviembre de 2010 y por accidente de trabajo, con fecha 2 de febrero de 2011 el actor envió burofax a la empresa solicitando su reingreso en puesto de trabajo compatible con su capacidad.
El actor ante la falta de readmisión de la demandada procede con fecha 16.03.2011 a presentar demanda de conciliación en reconocimiento del derecho a reincorporarse y reclamación de cantidad por daños y perjuicios, valorados por el actor en los salarios dejados de percibir tras el reconocimiento de su incapacidad permanente.
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- El 24 de marzo de 2011, constando debidamente la citación de la demandada, se intenta sin efecto el acto conciliatorio ante la incomparecencia de la empresa.
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- Y el 21 de noviembre de 2011, ya por último, el actor formalizó ante este juzgado la demanda origen de las presentes actuaciones.
La relación laboral del actor con la empresa se rige por el Convenio Colectivo de la Pequeña y Mediana Industria del Metal de Cádiz y así consta en el contrato laboral celebrado con el actor.
El actor no ha reclamado a la empresa la cantidad prevista en el artículo 33 del Convenio Colectivo aplicable, relativa al seguro de convenio previsto para el supuesto en que se reconozca al actor una IPT.
La plantilla del centro de trabajo del actor se compone de 7 oficiales de primera, 3 especialistas y un oficial de segunda.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por D. Matías, que no fue impugnado por la parte contraria.
ÚNICO .- El presente recurso de suplicación lo interpone el actor, al amparo del artículo 193 c) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, contra la sentencia de instancia que desestimó su demanda en la que reclamaba a la empresa "Befesa Gestión de Residuos Industriales S.L." la recolocación en un nuevo puesto de trabajo, por haber sido declarado por resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 19 de noviembre de 2.010 en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual derivada de accidente de trabajo, en aplicación del artículo 31 del Convenio Colectivo de la Pequeña y Mediana Industria del Metal de la provincia de Cádiz, publicado en el BOP de 21 de mayo de 2.010.
En el recurso acepta la inexistencia de una plaza...
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ATS, 31 de Marzo de 2016
...Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla de fecha 15 de enero de 2015, en el recurso de suplicación número 3143/13 , interpuesto por D. Andrés , frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de los de Algeciras de fecha 16 de abril de 2013 ,......