STSJ Comunidad de Madrid 93/2015, 30 de Enero de 2015

PonenteIGNACIO MORENO GONZALEZ-ALLER
ECLIES:TSJM:2015:543
Número de Recurso814/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución93/2015
Fecha de Resolución30 de Enero de 2015
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 01 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, 914931977 - 28010

Teléfono: 914931977

Fax: 914931956

34002650

NIG : 28.079.00.4-2014/0000305

Procedimiento Recurso de Suplicación 814/2014

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA

Recurso número: 814/2014

Sentencia número: 93/2015

J

Ilmo. Sr. D. JUAN MIGUEL TORRES ANDRÉS

Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER

Ilma. Sra. Dª MARIA JOSÉ HERNÁNDEZ VITORIA

En la Villa de Madrid, a 30 de Enero de dos mil quince, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación número 814/2014 formalizado por la Sra. Letrada Dª. ANA Mª ARANDA LÓPEZ en nombre y representación de DISTRIMAYOR VRISA DISRIBUCIONES SL (en adelante VRISA SL), Don Eleuterio, Doña María y DIRECCION000 C.B (en adelante DIRECCION000 CB), contra la sentencia de fecha 10/7/2014 dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de MADRID, en sus autos número 37/2014 seguidos a instancia de Dª. Bernarda frente a DISTRIMAYOR VRISA DISRIBUCIONES SL (en adelante VRISA SL), Don Eleuterio, Doña María y DIRECCION000 C.B (en adelante DIRECCION000 CB), DISTRIBUCIONES VIDEOGRÁFICAS DIGITALES, SL y HORMIGAS GRUPO EMPRESARIAL, SL en reclamación por RESOLUCIÓN DE CONTRATO Y CANTIDAD, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

1 .- Dª. Bernarda con DNI NUM000 ha venido prestando sus servicios profesionales por cuenta y dependencia de la empresa demandada DISTRIBUCIONES VIDEOGRÁFICAS DIGITALES S.A. desde el 15-6-09, con la categoría profesional de Encargada y percibiendo un salario bruto mensual 1.552,44 euros, con inclusión de la parte proporcional de las pagas extras.

La actora prestaba servicios en un centro de trabajo en Valdebernardo y en el año 2013 sin que conste la fecha la trasladaron a un centro en la Calle Alcalá.

2 .- No consta que la parte actora haya ostentado la representación legal o sindical de los trabajadores.

  1. - En fecha 5-12-13 la actora formula papeleta de conciliación por resolución de contrato y cantidad frente a DISTRIBUCIONES VIDEOGRÁFICAS DIGITALES S.A., celebrándose dicho acto sin avenencia el día 27-12-13 alegando que el contrato se extinguió el 24-12-13.

  2. - En fecha 19-12-13 y con efectos del día 24-12-13 la empresa demandada DISTRIBUCIONES VIDEOGRÁFICAS DIGITALES S.A., hizo entrega a la actora de una carta comunicándole la decisión de extinguir su contrato de trabajo por causas económicas en los términos que constan en la carta que se adjunta a la demanda de despido y que se reproduce, alegando los malos resultados económicos, señalando la reiterada caída de las ventas y los resultados con pérdidas de la empresa. En la carta se reconoce la indemnización que debe percibir por despido objetivo señalando que no se puede poner a disposición por los problemas económicos de la empresa.

    No consta que la empresa abonara a la actora suma alguna por el concepto de indemnización.

  3. - No consta que la empresa demandada haya abonado a la actora las siguientes cantidades y por los conceptos que se indican a continuación:

    SALARIO JULIO 2013: 1.619,06 EUROS

    SALARIO AGOSTO 2013 : 1.619,06 EUROS

    SALARIO SEPTIEMBRE 2013: 1.619,06 EUROS

    SALARIO OCTUBRE 21013: 1.619,06 EUROS

    SALARIO NOVIEMBRE 2013: 1.619,06 EUROS

    SALARIO DICIEMBRE 2013 (HASTA 24 DICIEMBRE): 1.253,46 EUROS.

    COBRADO A CUENTA el 5-12-13: 600 EUROS

    TOTAL: 8.748,76 EUROS

  4. - La empresa DISTRIBUCIONES VIDEOGRÁFICAS DIGITALES S.A. tiene su domicilio social en la Calle Abril 42 Colonia Fin de Semana en Madrid, su objeto es la distribución, representación, importación, exportación, comercialización de toda clase de material audio visual. Su órgano de administración es un Consejo de Administración formado entre otros por Dª Jacinta y D. Eleuterio . El inicio de sus operaciones tiene lugar en Marzo del 2001.

  5. - La entidad DISTRIMAYOR VRISA DISTRIBUCIONES S.L. tiene su domicilio social en la Calle Emilio Ferrari, 89, el inicio de sus operaciones se produce en el año 1997 y su objeto social es la explotación de tiendas dedicadas al alquiler y venta de películas y videojuegos, consolas y otros aparatos similares. Su administrador único es D. Eleuterio . Esta entidad se denominaba inicialmente CADENA SPRINT S.L. y en Marzo del 2013 pasa a llamarse con el nombre actual, se aumenta el capital social de la empresa que pasa de unos 54.000 euros a 600.000 euros y se amplía su objeto social a la compra venta al por mayor, importación, desarrollo, distribución de videojuegos y consolas de toda clase, cambiándose su domicilio social al que ahora consta en el Registro mercantil. En relación al aumento de capital parte se realiza mediante la compensación de créditos, en concreto por préstamos que habría realizado a la empresa D. Eleuterio . La sociedad deja de tener carácter unipersonal en la persona de D. Eleuterio y pasa a ser también socio Dª Jacinta . La escritura pública de elevación a públicos de dichos Acuerdos sociales se aporta por dicha empresa como documento 2 y se reproduce. Dicha empresa en el año 2013 carecía de trabajadores y en el año 2014 desde el 27-3-14 tiene un trabajador.

  6. - La Entidad DIRECCION000 C.B. se constituye en el año 1992 por D. Eleuterio y su esposa Dª María, documentándose en escritura pública en el año 1997 y siendo su objeto social la distribución, y venta al por mayor de películas cinematográficas en soporte de cinta magnetoscópica, alquiler y venta al por menor de películas de video, videojuegos, consolas y otro tipo de aparatos de telefonía móvil. Su domicilio social se fijó en la calle Emilio Ferrari, 89.

  7. - La Entidad HORMIGAS GRUPO EMPRESARIAL S.L. se constituye en Julio del 2013, su domicilio está sito en la Calle Albasanz, 75 y su objeto social además de la prestación de servicios de televenta, logística y administración, consiste en la fabricación, importación, intermediación de máquinas relacionadas con ordenadores y programas para los mismos, la producción, distribución, compraventa y alquiler de todo tipo de productos audio visuales (documentos 1 y 2 de dicha empresa). Su administrador único es D. Alvaro que percibe cantidades de la empresa en concepto de nómina. Los socios de dicha empresa, D. Alvaro, Dª Jacinta, Dª Catalina y D. Damaso compraron a sus titulares las participaciones de dicha empresa en noviembre del 2013. Su objeto social eran los servicios de secretaría y cursillos y servicios de enseñanza y se modifica y amplía sustancialmente en noviembre del 2013 como consta en la nota registral aportada. La declaración de IVA de dicha empresa del cuarto trimestre del año 2013 resultó negativa.

    Consta que su administrador Alvaro solicitó en Diciembre del 2013 una subvención para el programa de incentivos a la contratación por cuenta ajena de desempleados por cuenta ajena.

  8. - Se aportan por el actor como documentos 4 y siguientes las notas registrales de las referidas empresas dándose por reproducidas.

  9. - La Entidad DISTRIMAYOR VRISA DISTRIBUCIONES S.L. consta que ha emitido distintas facturas por las actividades realizadas como consta en la documental aportada por la demandada como documento 16 (folio 462 del procedimiento).

  10. - Se aportan por las demandadas a los folios 486 y siguientes del procedimiento las declaraciones de IVA del ejercicio 2011 y 2012 de la CB DIRECCION000 CB dándose por reproducidas, aportándose a los folios 520 y siguientes las declaraciones referidas al modelo 130 de Dª María y su declaración de la renta dándose por reproducida. La declaración de la renta de D. Eleuterio como socio de dicha Comunidad de bienes se aporta en los documentos 6 y7 de su ramo de prueba. Dicha empresa en el domicilio de la Avda. Donostiarra 22 B 1ª por la actividad de restaurantes y puestos de comidas que inicia en marzo del 2012 cuenta con un trabajador en alta en diciembre del 2013.

    En el año 2012, en marzo del 2012, la CB DIRECCION000 presentó ante la Comunidad de Madrid inicio de actividad de cafetería. Las declaraciones de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF se aportan como documentos 10 y siguientes de los aportados por dicha Entidad. La vida laboral de dicha empresa obra a los folios 77 y siguientes del procedimiento y las declaraciones de IVA se aportaron por la misma a los folios 185 y siguientes del procedimiento.

  11. - Las declaraciones del Impuesto sobre sociedades de DISTRIMAYOR VRISA DISTRIBUCIONES S.L. desde el año 2011 se aporta por dicha empresa como documento 8 y se reproduce y las declaraciones anuales de operaciones con terceras personas del ejercicio 2012 se aportan por dicha empresa como documento 14. Dicha empresa en marzo del 2014 se ha dado de...

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