STSJ Comunidad de Madrid 221/2015, 13 de Marzo de 2015

PonenteMARIA JOSE HERNANDEZ VITORIA
ECLIES:TSJM:2015:3178
Número de Recurso934/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución221/2015
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2015
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 01 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta Baja - 28010

Teléfono: 914931977

Fax: 914931956

34002650

NIG : 28.079.00.4-2013/0061553

Procedimiento Recurso de Suplicación 934/2014

ORIGEN: Juzgado de lo Social nº 04 de Madrid Despidos / Ceses en general 1337/2013

Materia : Resolución contrato

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA

Recurso número:934/14

Sentencia número:221/15

G

Ilmo. Sr. D. JUAN MIGUEL TORRES ANDRÉS

Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER

Ilma. Sra. Dª. MARIA JOSÉ HERNÁNDEZ VITORIA

En la Villa de Madrid, a TRECE DE MARZO DE DOS MIL QUINCE, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación número 934/14, formalizado por la Sra. Letrada Dª. ANA MARÍA ARANDA LÓPEZ, en nombre y representación de "DISTRIMAYOR VRISA DISTRIBUCIONES S.L."," DIRECCION000 C.B.", D. Julio y Dª. Luz contra la sentencia de fecha 11 de julio de 2014, dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de MADRID, en sus autos número 1337/13, seguidos a instancia de Dª. Rita frente a "DISTRIBUCIONES VIDEOGRÁFICAS DIGITALES S.L."; " DIRECCION000 CB"; "DISTRIMAYOR VRISA DISTRIBUCIONES S.L."; D. Julio ; Dª Luz ; "HORMIGAS GRUPO EMPRESARIAL S.L." y D. Severino en reclamación por resolución de contrato, cantidad y despido, y aclarada por autos de 24 de julio y 25 de septiembre de 2014 siendo Magistrada-Ponente la Ilma. Sra. Dª. MARIA JOSÉ HERNÁNDEZ VITORIA, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos probados en su redacción dada por autos de aclaración de 24 de julio y 25 de septiembre de 2014:

"1.- Dª. Rita con DNI NUM000 ha venido prestando sus servicios profesionales por cuenta y dependencia de la empresa demandada DISTRIBUCIONES VIDEOGRÁFICAS DIGITALES S.A. desde el 17-5-08, con la categoría profesional de Oficial Administrativo y realizando a la fecha del cese funciones en el departamento de contabilidad y percibiendo un salario bruto mensual 2.323,50 euros, con inclusión de la parte proporcional de las pagas extras.

  1. - No consta que la parte actora haya ostentado la representación legal o sindical de los trabajadores.

  2. - En fecha 20-11-13 la actora formula papeleta de conciliación por resolución de contrato y cantidad frente a DISTRIBUCIONES VIDEOGRÁFICAS DIGITALES S.A. y DISTRIMAYOR VRISA DISTRIBUCIONES S.L., celebrándose dicho acto sin avenencia el día 9-12-13. La demanda se plantea frente a esos mismos demandados y es ya presentada la demanda cuando se procede a ampliar la demanda frente a los demás demandados en el presente procedimiento por las razones que se reflejan en los escritos obrantes en el procedimiento.

  3. - En fecha 17-12-13 y con efectos del día 31-12-13 la empresa demandada DISTRIBUCIONES VIDEOGRÁFICAS DIGITALES S.A., hizo entrega a la actora de una carta comunicándole la decisión de extinguir su contrato de trabajo por causas económicas en los términos que constan en la carta que se adjunta a la demanda de despido y que se reproduce, alegando los malos resultados económicos, señalando la reiterada caída de las ventas y los resultados con pérdidas de la empresa. En la carta se reconoce la indemnización que debe percibir por despido objetivo señalando que no se puede poner a disposición por los problemas económicos de la empresa.

    No consta que la empresa abonara a la actora suma alguna por el concepto de indemnización.

  4. - La actora inició una situación de baja por incapacidad temporal el 7-10-13 con el diagnóstico de trastorno depresivo, no constando que la empresa demandada haya abonado a la actora las siguientes cantidades y por los conceptos que se indican a continuación:

    SALARIO JULIO 2013: 1.476,06 EUROS NETOS

    SALARIO AGOSTO 2013: 1.476,06 EUROS NETOS

    SALARIO SEPTIEMBRE 2013: 1.476,06 EUROS NETOS

    SALARIO OCTUBRE 2013 (SIETE DÍAS): 679,62 EUROS NETOS

    COMPLEMENTO IT NOVIEMBRE 2013: 43,29 EUROS NETOS

    COMPLEMENTO IT DICIEMBRE 2013: 20,25 EUROS NETOS

    PAGA EXTRA DICIEMBRE 2013: 1.128,23 EUROS NETOS

    TOTAL: 5.899,57 EUROS NETOS".

    Además la actora ha venido percibiendo su salario con retrasos desde al menos noviembre del 2012 como se refleja en los documentos obrantes a los folios 907 y siguientes del procedimiento que se reproducen.

  5. - En fecha 31-5-13 la actora formuló frente a DVD S.A. una reclamación de cantidad por impago de varias mensualidades. 7.-La empresa DISTRIBUCIONES VIDEOGRÁFICAS DIGITALES S.A. tiene su domicilio social en la Calle Abril 42 Colonia Fin de Semana en Madrid, su objeto es la distribución, representación, importación, exportación, comercialización de toda clase de material audio visual. Su órgano de administración es un Consejo de Administración formado entre otros por Dª Salvadora y D. Julio . El inicio de sus operaciones tiene lugar en Marzo del 2001.

  6. - La entidad DISTRIMAYOR VRISA DISTRIBUCIONES S.L. tiene su domicilio social en la Calle Emilio Ferrari, 89, el inicio de sus operaciones se produce en el año 1997 y su objeto social es la explotación de tiendas dedicadas al alquiler y venta de películas y videojuegos, consolas y otros aparatos similares. Su administrador único es D. Julio . Esta entidad se denominaba inicialmente CADENA SPRINT S.L. y en Marzo del 2013 pasa a llamarse con el nombre actual, se aumenta el capital social de la empresa que pasa de unos 54.000 euros a 600.000 euros y se amplía su objeto social a la compraventa al por mayor, importación, desarrollo, distribución de videojuegos y consolas de toda clase, cambiándose su domicilio social al que ahora consta en el Registro mercantil. En relación al aumento de capital parte se realiza mediante la compensación de créditos, en concreto por préstamos que habría realizado a la empresa D. Julio . La sociedad deja de tener carácter unipersonal en la persona de D. Julio y pasa a ser también socio Dª Salvadora . La escritura pública de elevación a públicos de dichos Acuerdos sociales se aporta por dicha empresa como documento 2 y se reproduce. Dicha empresa en el año 2013 carecía de trabajadores y en el año 2014 desde el 27-3-14 tiene un trabajador.

  7. - La Entidad DIRECCION000 C.B. se constituye en el año 1992 por D. Julio y su esposa Dª Luz, documentándose en escritura pública en el año 1997 y siendo su objeto social la distribución, y venta al por mayor de películas cinematográficas en soporte de cinta magnetoscópica, alquiler y venta al por menor de películas de video, videojuegos, consolas y otro tipo de aparatos de telefonía móvil. Su domicilio social se fijó en la CALLE000, NUM001 . Dicha Comunidad de bienes explotaba su actividad a través de un video club.

    10- La Entidad HORMIGAS GRUPO EMPRESARIAL S.L. se constituye en Julio del 2013, su domicilio está sito en la Calle Albasanz, 75 y su objeto social además de la prestación de servicios de televenta, logística y administración, consiste en la fabricación, importación, intermediación de máquinas relacionadas con ordenadores y programas para los mismos, la producción, distribución, compraventa y alquiler de todo tipo de productos audio visuales (documentos 1 y 2 de dicha empresa). Su administrador único es D. Severino que percibe cantidades de la empresa en concepto de nómina. Los socios de dicha empresa, D. Severino, Dª Salvadora, Dª Flora y D. Ramón compraron a sus titulares las participaciones de dicha empresa en noviembre del 2013. Su objeto social eran los servicios de secretaría y cursillos y servicios de enseñanza y se modifica y amplía sustancialmente en noviembre del 2013 como consta en la nota registral aportada. La declaración de IVA de dicha empresa del cuarto trimestre del año 2013 resultó negativa, aportándose al folio 717 la referida al primer trimestre año 2014.

    Tal entidad actualmente dada la amplitud de su objeto está dada de alta en el impuesto de actividades económicas por diversas actividades llevando a cabo actividades variadas como de Call Center y además de prestación de servicios a Comunidades de propietarios.

    Consta que su administrador Severino solicitó en Diciembre del 2013 una subvención para el programa de incentivos a la contratación por cuenta ajena de desempleados por cuenta ajena.

  8. - Se aportan por el actor a los folios 943 y siguientes las notas registrales de las referidas empresas dándose por reproducidas.

  9. - La Entidad DISTRIMAYOR VRISA DISTRIBUCIONES S.L. aporta distitnas facturas emitidas por proveedores (documento 13 de su ramo de prueba) que se reproducen, aportándose por la parte actora a los folios 955 y siguientes del procedimiento facturas emitidas por dicha entidad a distintos clientes, constando que alguno de estos clientes que se reflejan en tales facturas lo eran antes de la entidad DISTRIBUCIONES VIDEOGRÁFICAS DIGITALES, como VIDEO CLUB CENTURY Y DAS DEL VIDEO.

  10. - Se aportan por las demandadas a...

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