STSJ Murcia 984/2014, 1 de Diciembre de 2014

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2014:3029
Número de Recurso354/2014
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución984/2014
Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00984/2014

DEMANDANTE/S D/ña Micaela

ABOGADO/A:

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL: PEDRO GINES MARTINEZ COSTA

DEMANDADO/S D/ña:

ABOGADO/A:

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

UNIDAD PROCESAL AYUDA DIRECTA

PASEO GARAY, 7. PLANTA 2

Tfno: 968229216-18

Fax:968229213

NIG: 30030 44 4 2012 0009071

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RSU 0354/2014

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JZDO. DE LO SOCIAL NÚMERO 7 DE MURCIA; DEM. 1162/2012

Recurrente/s: Micaela

Abogado/a:

Procurador/a:

Graduado Social: PEDRO G. MARTINEZ ACOSTA

Recurrido/s: ENTIDAD PARA LA CALIDAD DE LA CONSTRUCCION, SERVICIOS PARA ARQUITECTOS DE MURCIA SL, COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE MURCIA

Abogado/a: ANTONIO CHECA DE ANDRES

Procurador/a:

Graduado Social:

En MURCIA, a uno de Diciembre de 2014 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos Sres D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Micaela, contra la sentencia número 0262/2013 del Juzgado de lo Social número 7 de Murcia, de fecha 20 de junio, dictada en proceso número 1126/2012, sobre DESPIDO, y entablado por Micaela frente a ENTIDAD PARA LA CALIDAD DE LA CONSTRUCCION, SERVICIOS PARA ARQUITECTOS DE MURCIA SL, COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE MURCIA, y el que ha tenido intervención el MINISTERIO FISCAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La actora Micaela ha venido prestando sus servicios como arquitecto desde el 21/7/2005 por cuenta y bajo la dependencia de la empresa demandada "ECC Región de Murcia, S.L.", con la categoría profesional de Titulado en Grado Superior. SEGUNDO.- Mediante escrito de 31/7/2008 la empresa demandada comunicó a la trabajadora demandante lo siguiente:

"Muy Sr. nuestro/a:

La Dirección de la Empresa le comunica la modificación de condiciones sustanciales de trabajo, de acuerdo con lo establecido en el art. 41 del Estatuto de los Trabajadores, referida a su jornada de trabajo, y ello por razones económicas, de producción y organizativas que a continuación se le exponen, y que de acuerdo con lo establecido en el apartado 3 del citado artículo, producirá sus efectos al día siguiente de su incorporación a la Empresa, tras la finalización de su periodo de baja maternal.

Usted presta servicios para la Empresa Entidad para Calidad de la Construcción de la Región de Murcia S.L., teniendo pactado en contrato de trabajo una jornada semanal de 40 horas, con horario que se distribuye a lo largo de la semana, tanto en mañana y tarde.

Su categoría profesional es la de Arquitecto y percibe la retribución acomodada al Convenio Colectivo para Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos.

La Empresa para la que trabaja, entre sus objetos, incluye la actividad propia de las entidades de control de calidad de la edificación y la realización de los trabajos exigidos para la asistencia técnica requerida en la verificación de la calidad del proyecto y de la ejecución de la obra, bajo las condiciones establecidas por la Orden de 17 de Julio de 2002. Además de esas actividades, también desarrolla trabajos de inspección relacionados con la suscripción de pólizas de seguros de daños obligatorias para los promotores.

Asimismo, dentro de su objeto, es necesario y así se impone, el control y la inspección de calidad en la edificación, previa, simultánea y posterior a su proyección, dirección y ejecución, y especialmente en todo lo concerniente a su funcionalidad, seguridad, habitabilidad, conservación, mantenimiento y reparación.

También, para mejor conseguir el cumplimiento de los requisitos que en cada momento se precisen, se consideran básicos, tanto el control de calidad, planteamiento, proyección, formación, implantación, desarrollo y gestión de procesos, procedimientos, normas, requerimientos, programas, planes y actividades de control e inspección, y todo ello lógicamente referido a los trabajos de asistencia técnica en la verificación de la calidad del proyecto y la ejecución de las obras.

Como comprenderá, nuestra empresa está dedicada al 100% al sector de la construcción, del que dependemos íntegramente y lógicamente nuestro trabajo se desarrolla en función de las obras y proyectos que nos son encargados, directamente por promotores de obras o por cualquier profesional de la arquitectura.

Su misión como arquitecto dentro de la Empresa, consiste en efectuar la mayoría de los trabajos a los que nos hemos referido al hablar del objeto de nuestra mercantil.

En concreto, una vez que se contrata, bien con un promotor o profesional de la arquitectura la prestación técnica por nuestra parte, de la calidad de la edificación y de la ejecución de la obra en las condiciones establecidas legalmente, tiene que encargarse del seguimiento de la inspección de calidad, de las instalaciones, del planeamiento, proyección, desarrollo, gestión, etc..., mientras dura la obra, y asimismo dentro de las labores propias de su actividad se incluyen unas veces la comprobación de todos los proyectos con los que se inician los expediente de obras.

En el control de proyectos de obras que se le asignan, entre sus funciones técnicas tiene que realizar el control de la definición de riesgos, supervisar las aclaraciones solicitadas de los expedientes, supervisar las inspecciones y redacción de los informes correspondientes, coordinar el trabajo de su área, atender en primera instancias las incidencias de su área, participar en el comité de calidad, procurar la implantación del sistema de calidad de su área, atender a la distribución en su área y cualquier otra función inherente a su categoría y formación profesional.

Lógicamente como todo el trabajo está referido a obras de construcción en situaciones de normalidad en el sector, la realización de aquel se acomoda correctamente al horario de trabajo que ha venido usted desempeñando para con la Empresa.

Ahora bien, no hace falta extendernos en la situación de crisis por la que atraviesa el sector de la construcción y en concreto el de las viviendas, que son las que se nos contratan para ejercer las funciones de control de calidad y trabajos complementarios al mismo, pero cuando se produce una recesión como la actual, automáticamente disminuyen las obras que contratamos, lo que repercute lógicamente en la también disminución del trabajo que usted tiene que desempeñar para con nosotros.

A estos efectos, se le indica que analizando los expedientes tramitados dentro de la Empresa, que son los que nos van a marcar la pauta del trabajo a desempeñar, comprobamos que la disminución del mismo al día de la fecha es alarmante, hasta el punto que podemos certificarle que en el año 2004 se tramitaron en nuestra Empresa 278 expedientes que correspondieron a 2.620 viviendas; en el año 2005, 285 expedientes, que afectaron a 2.834 viviendas; en el año 2006, fueron 256 los expedientes contratados, pasando al año 2007 a una importante disminución, que quedó en 183 expedientes, que afectaron a 2.599 viviendas, para pasar al 30 de Junio de 2008 a tan solo 39 expedientes referidos a 270 viviendas.

Es decir, la situación de disminución de expedientes contratados y número de viviendas afectadas por los mismos es tan grande y alarmante, que si no ponemos soluciones urgentes e inmediatas, nos veremos en la necesidad de producir el cierre de la Empresa.

Si durante el año 2007, en que ya se anunciaba la crisis del sector de la construcción, aún pudimos mantener el número de expedientes en una cifra relativamente importante de 183 expedientes, pero ya sensiblemente inferior a la del año anterior, lo que hace prácticamente inviable la Empresa, es que durante los seis primeros meses de este año, como observará, la disminución es tan importante que se ha situado prácticamente en un 25% de las contratadas en el primer semestre del año anterior, y lo que es más importante y peor para nosotros es que con la práctica paralización en la contratación de obras, por el problema general de la construcción, prevemos que el segundo semestre del año en curso, sea aún peor que el primer semestre, donde como hemos visto, tan sólo han podido contratarse 39 expedientes, con una afectación de 270 viviendas.

Lógicamente esa disminución alarmante en la contratación de expedientes y correlativas obras, ha repercutido en todo el personal de la plantilla, porque lógicamente el trabajo ha descendido en más de un 50% y me refiero tanto al suyo como al del resto de compañeros.

La contratación de obras es lo más importante, sin ellas no podemos funcionar, pero es que lógicamente la falta de aquellas, ya tenemos que analizarla desde el punto de vista económico, y a estos efectos le indicamos que analizando la cuenta de pérdidas y ganancias de la Empresa, referida al primer semestre del año 2007,donde nos situamos con un resultado positivo de 89.671.-Euros, hemos pasado a una situación de pérdidas en el primer semestre del presente año de 26.172 Euros, y lógicamente la previsión para el segundo semestre es igualmente negativa.

También analizando el balance de situación de esos mismos dos periodos, comprobamos que en el apartado "Inversiones Financieras" en el primer semestre del año 2007 teníamos un saldo de 431.672 Euros, cuando en el primer semestre del año en curso, se ha reducido a 322.600.-Euros, y en Tesorería observamos que en los mismos periodos de referencia, pasamos de una situación positiva de 28.444.-Euros a la...

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