STSJ Canarias 1056/2007, 22 de Junio de 2007

PonenteIGNACIO JOSE DUCE SANCHEZ DE MOYA
ECLIES:TSJICAN:2007:3226
Número de Recurso160/2005
Número de Resolución1056/2007
Fecha de Resolución22 de Junio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Yolanda , Correos Y Telegrafos, María Inés , María Purificación , Mariano , Angelina , Plácido , Rodolfo , Carolina , Constanza , Vicente , Elsa , Filomena , Inés , Lourdes , Maribel , Juan Manuel , Sofía , María Antonieta , Benjamín , Clemente , Ángeles , Camila , Celestina , Gabino , Flor , Guadalupe , Íñigo , José , Lucas , María , Paloma , Rosa , Salvador , Jose María , María Dolores , Carlos Jesús , Almudena , Asunción , Carmen , Esperanza , Juan Francisco , Pedro Miguel , Agustín , Armando , Benedicto , Melisa , Pilar , Soledad , Marí Luz , Alicia , Araceli , Carmela , Dolores , Flora , Julia , Maite , Ramón , Jose Enrique , María Inmaculada , Ariadna , Luis Enrique , Jesus Miguel , Juan Alberto , Pedro Enrique , Alexander , Gabriela , Lidia , Carlos , Daniel , Felix , Marí Juana , Amelia , Lucio , Millán , Daniela , Rubén , Valentín , Irene , Mariana , Carlos Francisco , Remedios , Juan María , María Rosario , Carina , Encarna , Inmaculada , Marina , Cesar , Rosario , Esteban , Gaspar , María Esther , Erica , Leonor , Nieves , Victoria , Ana María , Cecilia , Jose Augusto , Gema , Luis Manuel , Milagros , Sonia , Pedro Antonio , Ángela , Elena , Leticia , Penélope , Fermín , Claudia , Imanol , Leonardo y Correos y Telégrafos contra Correos y Telegrafos de fecha 30 de julio de 2004 dictada en los autos de juicio nº 0001123/2002 en proceso sobre DERECHOS-CANTIDAD , y entablado por D./Dña. Yolanda y todos los relacionados anteriormente , contra CORREOS Y TELEGRAFOS. El Ponente, el Iltmo./a Sr./a. D./Dña. Ignacio Duce Sánchez De Moya , quien expresa el criterio de la Sala. ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente

PRIMERO

Que los actores y actoras han venido trabajando por cuenta y bajo dependencia de la empresa demandada, Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S.A., entre otros periodos, categorías profesionales y modalidades contractuales que se recogen en los cheques documentales nº 3 y 4 del expediente administrativo unido a autos por la demandada y que aquí damos por acreditados.

SEGUNDO

Que el Boletín Oficial de 3 de diciembre de 1998 (RDL 1998,3103) publica el Acuerdo Marco sobre mejora de condiciones profesionales del personal de Correos y Telégrafos. El apartado VIII se refiere a las retribuicones y su punto 2.2.2 establece un incentivo específico de centro y área de actividad a aplicar a partir de 1 de enero de 1999, vinculado al cumplimiento de objetivos y cuya cuantía media inicial a percibir por empleado será de 7.000 pesetas mensuales. Los criterios y periodicidad de aplicación de este incentivo específico se acordarán en la mesa de retribuciones y empleo.

TERCERO

Por Circulares 11 y 15/2001 se establece que dicho incentivo se percibirá únicamente por los funcionarios de carrera y con arreglo a la situación y destino el 1 de abril y 1 de diciembre, respectivamente, de 2001.

CUARTO

El Boletín Oficial de Correos de 16 de mayo de 2001 ( RCL 2001,1294) publica el Acuerdo Plurianual 2001/2004, firmado por la empresa y los sindicatos mayoritarios. En su apartado 4.4 se establece la aplicación de los incentivos de productividad y paga de resultados a todo el personal fijo y temporal que por sus condiciones de permanencia se determine. El apartado 5.4.2 extiende el sistema de pago en el tercer cuatrimestre a todo el personal fijo y temporal, según lo establecido en el apartado 4.4.

QUINTO

La relación laboral de los actores se rige por el Convenio Colectivo publicado en el Boletín Oficial de Correos de 10 de marzo de 1999 (RCL 1999, 843 ) y por el primer Convenio Colectivo de la "Sociedad Estatal Correos y Telegráfos, S.A." publicado en el B.O.E. de fecha 13 de febrero de 2003 (LEG 2003, 369)

SEXTO

Que los actores reclaman, en concepto de incentivos y por los periodos que constan en autos, las cantidades que consta en su escrito de fecha 10/06/02.

SEPTIMO

Que en fecha 26/04/02 la parte actora interpone papeleta de conciliación ante el SEMAC frente a la empresa demandada y celebrándose, sin efecto, el acto de conciliación el 17/05/02.

OCTAVO

Que la cuestión debatida afecta a un gran número de trabajadores al servicio de la demandada.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice: "que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por:

  1. - Yolanda , DNI. NUM000 .

  2. - María Inés , DNI. NUM001 .

  3. - María Purificación , DNI. NUM002 .

  4. - Mariano , DNI. NUM003 .

  5. - Angelina , DNI. NUM004 .

  6. - Plácido , DNI. NUM005 .

  7. - Rodolfo , DNI. NUM006 .

  8. - Carolina , DNI. NUM007 .

  9. - Constanza , DNI. NUM008 .

  10. - Vicente , DNI. NUM009 .

  11. - Elsa , DNI. NUM010 .

  12. - Filomena , DNI. NUM011 .

  13. - Inés , DNI. NUM012 .

  14. - Lourdes , DNI. NUM013 .

  15. - Maribel , DNI. NUM014 .

  16. - Juan Manuel , DNI. NUM015 .

  17. - Sofía , DNI. NUM016 .

  18. - María Antonieta , DNI. NUM017 .19.- Benjamín , DNI. NUM018 .

  19. - Clemente , DNI. NUM019 .

  20. - Ángeles , DNI. NUM020 .

  21. - Camila , DNI. NUM021 .

  22. - Celestina , DNI. NUM022 .

  23. - Gabino , DNI. NUM023 .

  24. - Flor , DNI. NUM024 .

  25. - Guadalupe , DNI. NUM025 .

  26. - Íñigo , DNI. NUM026 .

  27. - José , DNI. NUM027 .

  28. - Lucas , DNI. NUM028 .

  29. - María , DNI. NUM029 .

  30. - Paloma , DNI. NUM030 .

  31. - Rosa , DNI. NUM031 .

  32. - Salvador , DNI. NUM032 .

  33. - Jose María , DNI. NUM033 .

  34. - María Dolores , DNI. NUM034 .

  35. - Carlos Jesús , DNI. NUM035 .

  36. - Almudena , DNI. NUM036 .

  37. - Asunción , DNI. NUM037 .

  38. - Carmen , DNI. NUM038 .

  39. - Esperanza , DNI. NUM039 .

  40. - Juan Francisco , DNI. NUM040 .

  41. - Pedro Miguel , DNI. NUM041 .

  42. - Agustín , DNI. NUM042 .

  43. - Armando , DNI. NUM043 .

  44. - Benedicto , DNI. NUM044 .

  45. - Melisa , DNI. NUM045 .

  46. - Pilar , DNI. NUM046 .

  47. - Soledad , DNI. NUM047 .

  48. - Marí Luz , DNI. NUM048 .50.- Alicia , DNI. NUM049 .

  49. - Araceli , DNI. NUM050 .

  50. - Carmela , DNI. NUM051 .

  51. - Dolores , DNI. NUM052 .

  52. - Esther , DNI. NUM053 .

  53. - Julia , DNI. NUM054 .

  54. - Maite , DNI. NUM055 .

  55. - Ramón , DNI. NUM056 .

  56. - Jose Enrique , DNI. NUM057 .

  57. - María Inmaculada , DNI. NUM058 .

  58. - Ariadna , DNI. NUM059 .

  59. - Luis Enrique , DNI. NUM060 .

  60. - Jesus Miguel , DNI. NUM061 .

  61. - Juan Alberto , DNI. NUM062 .

  62. - Pedro Enrique , DNI. NUM063 .

  63. - Alexander , DNI. NUM064 .

  64. - Gabriela , DNI. NUM065 .

  65. - Lidia , DNI. NUM066 .

  66. - Carlos , DNI. NUM067 .

  67. - Daniel , DNI. NUM068 .

  68. - Felix , DNI. NUM069 .

  69. - Marí Juana , DNI. NUM070 .

  70. - Amelia , DNI. NUM071 .

  71. - Lucio , DNI. NUM072 .

  72. - Millán , DNI. NUM073 .

  73. - Daniela , DNI. NUM074 .

  74. - Rubén , DNI. NUM075 .

  75. - Valentín , DNI. NUM076 .

  76. - Irene , DNI. NUM077 .

  77. - Mariana , DNI. NUM078 .

  78. - Carlos Francisco , DNI. NUM079 .81.- Remedios , DNI. NUM080 .

  79. - Juan María , DNI. NUM081 .

  80. - María Rosario , DNI. NUM082 .

  81. - Carina , DNI. NUM083 .

  82. - Encarna , DNI. NUM084 .

  83. - Inmaculada , DNI. NUM085 .

  84. - Marina , DNI. NUM086 .

  85. - Cesar , DNI. NUM087 .

  86. - Rosario , DNI. NUM088 .

  87. - Esteban , DNI. NUM089 .

  88. - Gaspar , DNI. NUM090 .

  89. - María Esther , DNI. NUM091 .

  90. - Erica , DNI. NUM092 .

  91. - Leonor , DNI. NUM093 .

  92. - Nieves , DNI. NUM094 .

  93. - Victoria , DNI. NUM095 .

  94. - Ana María , DNI. NUM096 .

  95. - Cecilia , DNI. NUM097 .

  96. - Jose Augusto , DNI. NUM098 . 100.- Gema , DNI. NUM099 .

  97. - Luis Manuel , DNI. NUM100 . 102.- Milagros , DNI. NUM101 .

  98. - Sonia , DNI. NUM102 .

  99. - Pedro Antonio , DNI. NUM103 . 105.- Ángela , DNI. NUM104 .

  100. - Marí Jose , DNI. NUM105 . 107.- Elena , DNI. NUM106 .

  101. - Penélope , DNI. NUM107 .

  102. - Fermín , DNI. NUM108 .

  103. - Claudia , DNI. NUM109 .

  104. - Imanol , DNI. NUM110 .112.- Leonardo , DNI. NUM111 .

contra la empresa, Sociedad Estatal de CORREOS Y TELEGRAFOS S.A. sobre CANTIDAD, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a las actoras las cantidades siguientes y sin el devengo del interés por mora:

1º) 529,32€ 2º) 510,28 € ; 3º) 492,66 €; 4º)757,7 €; 5º) 694,64 €; 6º) 709,62 €; 7º)289 €; 8º) 350,8 €; 9º) 528,32 €; 10º) 517,3 €; 11º) 373 € ; 12º) 337 € ;

13º) 679,72 €; 14º) 533,72 €; 15º) 659,88 €; 16º) 1.288,6 €;

17º) 337 €; 18º) 337 €; 19º) 331 €; 20º) 495 €;

21º) 890,92 €; 22º) 295 € 23º) 313 €; 24º) 337 €;

25º) 419,62 €; 26º) 337 €; 27º) 337 €; 28º) 552,4 €

29º) 769,96 €); 30º) 1018,08 €; 31º) 337 €; 32º) 432,32 €;

33º) 888,94 €; 34º) 751,96 € 35º) 844,24 €; 36º) 337 €;

37º) 96,16 €; 38º) 893,12 €; 39º) 1.106,28 €); 40º) 337 €;

41º)541,32 €; 42º) 385,8 €; 43º) 651,8 €; 44º) 337 €;

45º) 337 €; 46º) 337 €; 47º) 624,76 € 48º) 379 €;

49º) 490,95 €; 50º) 481 €; 51º) 301€ 52º) 534,8 €;

53º) 487,32 €; 54º) 367,4 €; 55º) 789,8 €; 56º) 787,82 €;

57º) 835,88 €; 58º) 337 €; 59º) 305,32 €; 60º) 648,65 €;

61º) 337 € 62º) 328 €; 63º) 791,1 €; 64º) 873,31€;

65º) 337 €; 66º) 738,42 €; 67º) 930,51 €; 68º) 946,24 €

69º) 337 €) 70º) 578,20 €; 71º) 520,69 €; 72º) 768,14 ;

73º) 561,54 €; 74º) 438,16 €; 75º) 587,52 €; 76º) 517,32 €;

77º) 481,32 €; 78º) 211 €; 79º) 385,08 €; 80º) 958,33 €;

81º) 672,06 €; 82º) 840,65 €; 83º) 337 €; 84º) 644,51 €;

85º) 1.151,99 €; 86º) 408,16 €; 87º) 571,26 €; 88º) 869,82 €);

89º) 337 €; 90º) 337 €); 91º) 337 €; 92º) 1.073,96 €;

93º) 337 €; 94º) 337 €; 95º) 523,33€; 96º) 337€;

97º) 1.002,24€; 98º) 253 €; 99º) 309€; 100º)337 €;

101º) 481,24 € 102º) 341,91 €; 103º) 694,15 €; 104º) 480,45 €;

105º) 438,79 € 106º) 559,16 €; 107º) 711,04 €; 108º) 637 €;

109º) 529,32€ 110º) 529,28 €; 111º) 691,16 €; 112º) 1.050,32 € "

TERCERO

Frente a dicha resolución se interpuso el recurso de Suplicación, que fue impugnado de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la Sentencia que estimando parcialmente la demanda condenó a la empresa demandada a abonar a cada uno de los actores la paga de incentivos correspondiente a...

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