ATS, 6 de Febrero de 2014
Ponente | RAFAEL FERNANDEZ MONTALVO |
ECLI | ES:TS:2014:1740A |
Número de Recurso | 3083/2013 |
Procedimiento | RECURSO CASACIÓN |
Fecha de Resolución | 6 de Febrero de 2014 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
AUTO
En la Villa de Madrid, a seis de Febrero de dos mil catorce.
PRIMERO .- Por la Procuradora de los Tribunales Dña. Lydia Leiva Cavero, en nombre y representación de INDUSTRIAS LÁCTEAS ASTURIANAS, S.A., se ha interpuesto recurso de casación contra el Auto, de 23 de julio de 2013 -que desestimó el recurso de reposición deducido contra el Auto de 13 de junio de 2013-, dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Primera) de la Audiencia Nacional , en la pieza separada de suspensión dimanante del recurso nº 2/2013, en materia de Protección de datos de Carácter Personal.
SEGUNDO .- En los autos principales, de los que dimana la pieza separada de suspensión, ha recaído Sentencia en fecha 4 de octubre de 2013, quedando unida copia a las presentes actuaciones.
Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Rafael Fernandez Montalvo , Magistrado de la Sala
ÚNICO .- Como señalan, entre otros muchos, los Autos de esta Sala de 13 de diciembre de 1989 , 4 de octubre de 1999 y 9 de octubre de 2000 , y más recientemente, los de 19 de febrero y 27 de mayo de 2004 , así como las Sentencias de 8 , 12 y 19 de julio de 2002 , 15 y 16 de julio de 2004 , la suspensión de la ejecutoriedad de los actos objeto de impugnación es una medida cautelar establecida para garantizar la efectividad de la resolución judicial que en su día pueda recaer en el proceso principal, por lo que carece de contenido cuando tal resolución ha sido dictada, como ocurre en este caso, en el que, como ya se ha dicho, ha recaído sentencia en los autos principales.
En consecuencia, al carecer de contenido el presente recurso de casación, procede acordar su archivo, sin que haya lugar a pronunciamiento condenatorio sobre las costas.
Declarar sin objeto el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de INDUSTRIAS LÁCTEAS ASTURIANAS, S.A. contra el Auto, de 23 de julio de 2013 -que desestimó el recurso de reposición deducido contra el Auto de 13 de junio de 2013-, dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Primera) de la Audiencia Nacional , en la pieza separada de suspensión dimanante del recurso nº 2/2013, debiendo procederse a su archivo; sin expresa imposición de costas.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados
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