STSJ Comunidad de Madrid 380/2013, 22 de Mayo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución380/2013
Fecha22 Mayo 2013

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 02 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 - 28010 Teléfono: 914931969

Fax: 914931957

34002650

NIG : 28.079.34.4-2012/0055045

Procedimiento Recurso de Suplicación 3630/2012-s ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 05 de Madrid Demanda 83/2011 Materia : Resolución contrato

Sentencia número:

Ilmos. Sres

D./Dña. MIGUEL MOREIRAS CABALLERO

D./Dña. MANUEL RUIZ PONTONES

D./Dña. FERNANDO MUÑOZ ESTEBAN

En Madrid a veintidós de mayo de dos mil trece habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 2 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación 3630/2012, formalizado por el/la LETRADO D./Dña. IGNACIO DEL FRAILE LOPEZ en nombre y representación de FEDERACION MADRILEÑA DE NATACION, contra la sentencia de fecha 12.7.2011 dictada por el Juzgado de lo Social nº 05 de Madrid en sus autos número Demanda 83/2011, seguidos a instancia de COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID (SERVICIOS JURIDICOS) frente a COMITE DE EMPRESA DE LA FEDERACION MADRILEÑA DE NATACION, en reclamación por Resolución contrato, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dña. MIGUEL MOREIRAS CABALLERO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

Benjamín, Ezequiel, Noelia, Leoncio, Santiago, Jesus Miguel, Agustina, Bernardo, Feliciano, Leopoldo, Flor, Severiano, Juan Miguel, Carmelo, Fructuoso, Mario, Rosaura, Valeriano, Brigida, Alejo, Dimas, Fructuoso, Jesús, han venido prestando sus servicios para la FEDERACION MADRILEÑA DE NATACIÓN con las siguientes circunstancias:

Benjamín .

Tipo de contrato.- Indefinido

Antigüedad.- 1 octubre 1.992

Categoría. - Director Técnico

Salario.- 106,60 euros/dia

Ezequiel

Tipo de contrato.- Indefinido

Antigüedad.- 1 octubre 1.987 Categoría.- Director General

Salario.- 106,60 euros/dia

Noelia

Tipo de contrato.- Indefinido Antigüedad.- 15 marzo 1.989

Categoría.- Coordinadora General

Salario.-94,51 Euros/dia

Leoncio

Tipo de contrato.- Indefinido

Antigüedad.- 2 octubre 1989.

Categoría.- Director Centr. Salario.- 106,60 euros/dia Santiago

Tipo de contrato.- Indefinido

Antigüedad.- 1 octubre 1.988 Categoría.- Coord. Tec. Cescol. Salario.- 86,95 euros/dia. Jesus Miguel Tipo de contrato.- Indefinido. Antigüedad. -1 octubre 87 Categoría.- Jefe área Administrativa.

Salario.-106,60 euros/dia

Agustina Tipo de contrato.- Indefinido Antigüedad.- 1 noviembre 1.987

Bernardo

Tipo de contrato.- Indefinido Antigüedad.- 16 noviembre 1.991 Categoría.- Coord. Geral. T. Adm. Salario.- 75,84 euros/dia

Feliciano

Tipo de contrato.- Temporal con fecha de finalización n el 30 junio 2.010 Antigüedad.- 6 febrero 2.010 Categoría.- Socorrista

Salario.- 9,02 euros/dia

Leopoldo

Tipo de contrato.- Temporal con fecha de finalización el 30 junio 2.010 Antigüedad.- 6 febrero 2.010 Categoría.-Socorrista

Salario.- 5,41 euros/dia.

Flor

Tipo de contrato.- Temporal con fecha de finalización el 30 junio 2.010 Antigüedad.- 11 octubre 2.008. Fecha contrato temporal 1 septiembre 09 Categoría.- Auxiliar Servicios Generales

Salario.- 20,38 euros/día Severiano

Tipo de contrato.- Indefinido Antigüedad.- 1 octubre 1.987 Categoría.- Director Técnico Salario.- 101,36 euros/dia

Juan Miguel

Tipo de contrato.- Temporal por obra o servicio determinado

Antigüedad.- 11 noviembre 2.009 Categoría.- Socorrista

Salario.- 9,92 euros/dia.

Carmelo Tipo de contrato.- Indefinido Antigüedad.- 17 enero 2.006 Categoría. - Resp. Med. Comunes Salario.- 42,57 euros/dia

Mario

Tipo de contrato.- Temporal con fecha de finalización el 30 de junio de 2.010 Antigüedad.- 6 febrero

2.010

Categoría.- Socorrista

Salario.- 5,41 euros/día

Rosaura

Tipo de contrato.- Temporal con fecha de finalización el 30 junio 2.010 Antigüedad.- 1 septiembre 2.009. Categoría.- Socorrista

Salario.- 11,73 euros/día

Valeriano (35% de de minusvalia)

Tipo de contrato.- Temporal con fecha de finalización el 30 junio 2.010 Antigüedad.- 1 septiembre 2.008. Fecha contrato temporal 1 septiembre 09 Categoría.- Taquilla

Salario.- 32,39 euros/día

Brigida

Tipo de contrato.- Temporal por obra o servicio determinado

Antigüedad.- 11 noviembre 2.009 Categoría.- Monitor Natación Salario.- 11,17 euros/día

Alejo

Tipo de contrato.- Temporal con fecha de finalización el 31 de mayo de 2.010 Antigüedad.-6 febrero

2.010

Categoría: Monitor de Natación

Salario.- 11,17 euros/día

Dimas . Discapacitado.

Tipo de contrato.- Indefinido Antigüedad.- 4 abril 2.005 Categoría.- Coord. Cont. Fin. Salario.- 68,08 euros/día

Fructuoso

Tipo de contrato.- Indefinido Antigüedad.- 1 abril 1.988 Categoría.- Oficial Manto. 2 Salario.- 84,05 euros/ día

Jesús Tipo de contrato.- Temporal por obra o servicio determinado

Antigüedad.- 9 noviembre 2.009 Categoría.- Monitor Natación/socorrista

Salario.- 13,87 euros/dia

SEGUNDO

A fecha de 26 de abril de 2.010 el COMITÉ DE EMPRESA de la FEDERACIÓN MADRILEÑA DE NATACIÓN estaba constituido por Almudena, Genoveva, Salvadora, Beatriz, Lina

, DON Germán, Benita, Leticia Y Salvador . Dicho comité fue elegido en las elecciones sindicales celebradas en la empresa el día 29 de diciembre de 2.009, momento en el que la empresa contaba con 217 trabajadores. Los trabajadores Benjamín, Ezequiel, Noelia, Leoncio, Santiago, Jesus Miguel, Agustina y Bernardo, no se encontraban incluidos en el censo. No formularon ninguna protesta.

TERCERO

El 22 de abril de 2.010 la FEDERACIÓN MADRILENA DE NATACIÓN presenta en la Dirección General de Trabajo de la CAM solicitud de expediente de regulación de empleo para la extinción de 22 contratos de trabajo por causas económicas. La plantilla era de 216 personas.

CUARTO

En esa misma fecha se comunica al Comité de Empresa y se inicia el período de consultas con la representación legal de los Trabajadores.

QUINTO

En la contabilidad aportada por la FEDERACIÓN en el ERE, en el año 2.008, el resultado de dicho ejercicio había sido de 110.028,18 euros; en el año 2.009 de - 148.937,26 euros (negativo). El primer trimestre de 2.010 y siempre según la contabilidad aportada p en el ERE era de -74.090,24 euros (negativo). Las cuentas de los ejercicios 2.008 y 2.009 están auditadas habiéndose presentado con la solicitud del ERE únicamente la auditoría de 2.008.

SEXTO

En las cuentas del año 2.009 se han detectado los siguientes errores en la auditoría: Imputación de subvención de la Comunidad de Madrid. Se imputan al 2.008 ingresos del 2.009. Supone un ingresos imputable a 2.009 de 370.924,66 euros que se imputó erróneamente al año 2.008.Saldos deudores duplicados en relación con tres Ayuntamientos: Madrid (120.483,21 euros); Casarrubuelos (73.395,40 euros) Torrelodones (141.060 euros) y

Guadarrama (22871,71 euros). Se registraron dos veces las facturas emitidas a finales del año 2.008 duplicándose los ingresos erróneamente.

  1. -Condonación parcial de Deuda. En el Año 2.008. Ayunta miento de Villanueva de la Cañada aprueba una compensación de deudas reciprocas que genera una minoración de deuda de 59.136 euros que no se incluye en el ejercicio 2.008. 4.-Hacienda pública acreedora de IRPF. 52.823,28 euros.

  2. -Deuda con la Seguridad Social superior a la real que se liquida en 2.009 (10.858,81 euros)

  3. -Los ingresos de facturación a los colegios no se recogían en la fecha de prestación del servicio sino en la de emisión de la factura. El ajusta supone en este aspecto, un ajuste positivo a los resultados de 2.008 en 82.904,95 euros.

    Indemnización a trabajador. Una indemnización por despido objetivo efectuado en 2.008 ha sido contabilizada según se han ido haciendo los pagos, y no en el ejercicio 2.008 donde debió reflejarse como negativo. 18.000 euros.

  4. - Regularización de caja. 4.438,64 euros. Regularización partidas pendientes. 1.299,87 euros. Saldos acreedores duplicados (Agencia Fray Escoba).- 3.208,93 euros.

  5. - Gastos realizados en 2.008 y contabilizados en 2.009 (consumo agua, luz y gas del 2.008).-33.708,20 euros

SÉPTIMO

De haberse aplicado las correcciones señalas al ejercicio 2.008 hubiera supuesto una pérdida de -572.867,38 euros.

OCTAVO

Aplicando los ajustes señalados, el resultado en las cuentas del ejercicio 2.009 sería de -429.230,86 euros (resultado negativo).

NOVENO

De los trabajadores incluidos en el ERE, Benjamín, Ezequiel, Noelia, Leoncio, Santiago, Jesus Miguel, Agustina y Bernardo tiene de la consideración de "fuera de convenio" al tener pactadas condiciones individuales que no se recogen en la norma paccionada y que mejoran su salario.

DÉCIMO

El 20 de abril de 2.010, la empresa y la representación de los trabajadores llegan al siguiente acuerdo: Primero. Extinciones de contratos:

Las partes acuerdan, con la unanimidad de los representantes de los trabajadores, la extinción de los contratos de trabajo de los siguientes trabajadores:

Benjamín .

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