STSJ Castilla-La Mancha 977/2013, 15 de Julio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución977/2013
Fecha15 Julio 2013

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL

ALBACETE

SENTENCIA: 00977/2013

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIALALBACETE

C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE

Tfno: 967 596 714

Fax:967 596 569

NIG: 02003 34 4 2013 0102446

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000543 /2013

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000374 /2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de CUENCA

Recurrente/s: AYUNTAMIENTO DE EL DEDERNOSO

Abogado/a: LUIS M. BASCUÑÁN AÑOVER

Procurador/a: RAQUEL ZAMORA MARTINEZ

Graduado/a Social:

Recurrido/s: Eva María, Elsa, CONSEJERÍA DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES DE LA JCCLM, AYUNTAMIENTO DE LAS MESAS AYUNTAMIENTO DE LAS MESAS

Abogado/a:,, LETRADO COMUNIDAD(SERVICIO PROVINCIAL),

Procurador/a:

Graduado/a Social:

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

D. JOSÉ MONTIEL GONZÁLEZ

PRESIDENTE

Dª. PETRA GARCÍA MÁRQUEZ

Dª LUISA MARÍA GÓMEZ GARRIDO

En Albacete, a quince de julio de dos mil trece.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y

EN NOMBRE DE SM EL REY ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 977 /13

En el Recurso de Suplicación número 543/13, interpuesto por EXCMO. AYUNTAMIENTO DE EL PEDERNOSO, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Cuenca, de fecha doce de diciembre de dos mil doce, en los autos número 374/12 y 375/12, sobre Despido Disciplinario, siendo recurrido Dª Eva María, Elsa, CONSEJERÍA DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA y EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS MESAS.

Es Ponente el Ilma. Sra. Magistrada Dª. LUISA MARÍA GÓMEZ GARRIDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva:

FALLO: Que estimando la excepción de caducidad respecto de la CONSEJERÍA DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA y se desestima la excepción de caducidad, respecto del AYUNTAMIENTO DE LAS MESAS, y se desestima íntegramente la excepción de falta de legitimación pasiva respecto de los tres codemandados y estimando la demanda presentada por doña Eva María y doña Elsa contra EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE EL PEDERNOSO y el EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE LAS MESAS y LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA, se declara la improcedencia de los despidos condenando al Ayuntamiento de EL PEDERNOSO a que en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia opte entre la readmisión de las trabajadoras o el abono de una indemnización para doña Eva María de 26.293,50 # y para y doña Elsa 14.461,42 # y en ambos casos y cualquiera que sea la elección, además se les condena al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha de los despidos, 30/1/2.012 hasta la notificación de la sentencia a razón de 58,43 # diarios para cada trabajadora, absolviendo a la CONSEJERÍA DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA, y al EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE LAS MESAS de las pretensiones deducidas en su contra.

SEGUNDO

Que en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

PRIMERO

Las trabajadoras que a continuación se exponen, han prestado servicios laborales para el EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE EL PEDERNOSO con las siguientes circunstancias laborales:- Doña Eva María, con DNI NUM000, antigüedad desde el 19/2/2.002, categoría de animadora sociocomunitaria y con un salario de 1.777,21 # mensuales, incluido el prorrateo de pagas extras.

- Doña Elsa, con DNI NUM001, antigüedad desde el 17/8/2.006, categoría de animadora sociocomunitaria y con un salario de 1.777,21 # mensuales, incluido el prorrateo de pagas extras.

SEGUNDO

Entre dichas trabajadoras y el EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE EL PEDERNOSO se han suscrito los contratos temporales por obra o servicio determinado, desde el inicio de la relación laboral, y han prestado servicios ininterrumpidos desde dichas fechas, quedando dichos contratos sujetos a los convenios que se suscribían entre el Ayuntamiento y la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidad es de Castilla-La Mancha.

TERCERO

El 26 de abril de 2002 se suscribe nueva cláusula adicional al convenio de colaboración entre la CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLALA MANCHA y el AYUNTAMIENTO de EL PEDERNOSO, para el desarrollo de proyectos ejecución supramunicipal en el ámbito del programa regional de acción social, el contenido del mismo consta en el expediente administrativo y se da íntegramente por reproducido; 28 marzo 2003 se suscribe en la cláusula adicional al convenio de colaboración entre la CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA y el AYUNTAMIENTO de EL PEDERNOSO, para el desarrollo de proyectos ejecución supramunicipal en el ámbito del programa regional de acción social. El contenido del mismo consta en el expediente administrativo obrante en autos, y se da íntegramente por reproducido; en 2004 se suscribe el convenio de colaboración entre la consejería de bienestar social de la junta de comunidades de Castilla-la mancha y el ayuntamiento de EL PEDERNOSO en el marco del programa de atención social para el desarrollo de proyectos ejecución supramunicipal, para prestaciones básicas de servicios sociales en el ámbito de las áreas de servicios sociales; el contenido del mismo consta en el expediente administrativo y se da íntegramente por reproducido el 29 junio 2005 se suscribe el convenio marco de colaboración entre la CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA y el AYUNTAMIENTO de EL PEDERNOSO, para el desarrollo de prestaciones básicas de servicios sociales en el marco del programa regional de acción social; el contenido del mismo consta en el expediente administrativo y se da íntegramente por reproducido; el 19 de junio de 2006 y el ayuntamiento de el PEDERNOSO para el desarrollo de proyectos ejecución supramunicipal para prestaciones básicas de servicios sociales, en el ámbito de las áreas de servicios sociales (en el marco del plan concertado; el contenido del mismo consta en el expediente administrativo y se da íntegramente por reproducido. El 19 julio 2007 se firma el acuerdo adicional al convenio de colaboración entre la CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA y el AYUNTAMIENTO de el PEDERNOSO para el desarrollo de proyectos función supramunicipal en el ámbito de las áreas de servicios sociales del programa regional de acción social para prestaciones básicas de servicios sociales, en el marco del plan concertado; el contenido del mismo consta en el expediente administrativo y se da íntegramente por reproducido En fecha 01/09/2008 se suscribió el acuerdo adicional al convenio de colaboración suscrito entre la CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA y el AYUNTAMIENTO de EL PEDERNOSO, para el desarrollo de proyectos de ejecución supramunicipal en el ámbito de las tareas de servicios sociales del programa regional de acción social(P.R.A.S.) para prestaciones básicas de servicios sociales, en el marco de un plan concertado. El objeto de dicho acuerdo era fijar la colaboración de las partes firmantes en la financiación del proyecto, cuyo contenido se especificaba en el anexo primero del mismo y se desarrollaría en el ámbito del área de servicios sociales número del código 1612; dicha financiación se distribuía entre la Consejería con un importe de 218.534,34 # el Ministerio de Trabajo y asuntos sociales que portaba un importe de 3000 # y el Ayuntamiento con un importe de un euro, siendo el total de 221.535,34 #. Dicha financiación se destinaba por el Ayuntamiento al pago de los siguientes conceptos: personal estructural 129.755,22 #, mantenimiento 20.458,69 # y programas 71.321,33 # el contenido del mismo consta en el expediente administrativo y se da íntegramente por reproducido. En fecha 29 abril 2009 se suscribe el convenio de colaboración entre la CONSEJERÍA DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA y el AYUNTAMIENTO de EL PERDERNOSO para el desarrollo de proyectos de ejecución supramunicipal en el ámbito de las áreas de servicios sociales del programa regional de acción social, para prestaciones básicas de servicios sociales en el marco del plan concertado. En dicho convenio consta en estipulación séptima que el Ayuntamiento adquiere el compromiso de ejecutar el proyecto financiado por el presente convenio y de atender a los gastos que se deriven del mismo hasta el total de la cantidad financiada. Asimismo se dispone que el personal contratado por el Ayuntamiento en virtud del presente convenio prestaría exclusivamente sus servicios en el desarrollo del proyecto aprobado, siendo el Ayuntamiento quien establecería las formas contractuales y relaciones laborales que estimase pertinentes para el buen fin de los servicios, por lo que serán de su entera responsabilidad las obligaciones que de ellos se deriven. Asimismo se disponía del convenio que la Consejería no tendría ninguna vinculación con las obligaciones laborales o de otro tipo que para el desarrollo del convenio y que fuesen asumidas por el Ayuntamiento. Asimismo el Ayuntamiento, en virtud del convenio, se comprometía a poner a disposición del equipo del área un espacio físico, suficiente equipado con teléfono fax ADSL fotocopiadoras y equipamiento informático, en donde centralizaría la coordinación de los recursos y los programas comunes en las zonas que integran dicho área. El contenido del mismo consta en el expediente administrativo y se da íntegramente por reproducido. En...

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