STSJ Canarias 697/2010, 25 de Mayo de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución697/2010
Fecha25 Mayo 2010

En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de Mayo de 2010 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS formada por los Iltmos. Sres D./Dña. Humberto Guadalupe Hernández Presidente, D./Dña. Mª Jesús García Hernández y D./Dña. Juan José Rodríguez Ojeda (Ponente) Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Margarita contra sentencia de fecha 16 de Octubre de 2007 dictada en los autos de juicio nº 579/2007 en proceso sobre PRESTACIONES, y entablado por D./Dña. Margarita, contra Ayuntamiento De Puerto Del Rosario y Instituto Nacional de la Seguridad Social .

El Ponente, el Iltmo./a Sr./a. D./Dña. Juan José Rodríguez Ojeda, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

Primero

DÑA. Margarita, mayor de edad, nacida el 24.11.58, con DNI NUM000, afiliada al Régimen General de la Seguridad Social con el número NUM001, con fecha 24.01.06 causó baja por IT derivada de enfermedad común, habiendo sido diagnosticada de poliartralgias/fibromialgia.

Segundo

En fecha 02.02.07 el Dr. Salvador, Médico adjunto de la UMO del SCS, emitió informe médico con el siguiente contenido:

"He visto de nuevo en la consulta a esta paciente afecta de osteoporosis.

En estos días le he realizado una nueva valoración, tanto desde el punto de vista clínico como de pruebas complementarias.

La evolución podemos considerarla globalmente como satisfactoria: No ha tenido caídas ni fracturas, no se aprecian fracturas o deformidades vertebrales en la rx de columna, los parámetros bioquímicos de remodelamiento óseo están normales y la masa ósea ha tenido unas variaciones que podemos considerar como aceptables, no experimentando cambios significativos desde la realizada en 2004 aunque persiste la osteoporosis.

T-Score lumbar: -2.7

T-Score cadera: -2.2

Normal: T-Score hasta -1

Osteopenia: T-Score entre -1 y -2.5

Osteoporosis: T-Score inferior a -2.5

Debe mantener el tto. Prescrito con Actonel e Ideos. Por mi parte me gustaría repetirle la evaluación dentro de 2 años, debiendo mantener el tratamiento ininterrumpidamente hasta entonces, rogándote tu colaboración para ello. Una vez cumplido este período, por favor remítelo de nuevo a consulta, por la vía habitual, junto con una copia de este informe".

Tercero

El 14.02.07 el Dr. Alvaro, del Servicio de Rehabilitación del SCS emitió informe clínico de situación con el siguiente contenido:

"Paciente de 48 años, remitida por primera vez a este Servicio el 21-02-1997 por el Servicio de Traumatología con el Diagnóstico de Polialgias de predominio en esqueleto axial.

Con posterioridad ha sido remitida en varias ocasiones con similar Sintomatología de algias Cervico -dorso -lumbares y en cuatro miembros sin que objetivemos signos inflamatorios articulares. El 07-11-2003 acudió nuevamente a esta consulta con álgias referidas en todo su organismo. Refiere es hipotensa y bajada de peso. Aporta informe de Unidad Metabólica Ósea del año 1997 que informa de Osteoporosis Idiomática.

Se solicitó nuevo estudio analítico y Rx sin que se evidencien parámetros que sugieran enfermedad inflamatoria. El 09-11-2006 acude a revisión. Refiere tuvo un episodio de pérdida de fuerza con probable pérdida de conciencia en su domicilio hace mes y medio aproximadamente; se acompañó de sensación nauseosa y dificultad para levantarse. Esta sintomatología se ha repetido en otras tres ocasiones.

Por estudio de Resonancia Magnética de columna cervical que se le realizó el 11-09-2006 y que informa de: "complejo disco -osteofitario posterior a nivel C4, C5 -C6 y C6 -C7. Hernia discal subligamentaria posterior C5 -C6. En columna lumbar: "hernia discal subligamentaria posterior a nivel L5 -S1 con profusión L3 -L4 y L4 -L5".

Por la sintomatología que presenta, la evolución que ha seguido y los estudios realizados; los hallazgos son compatibles con un Síndrome Fibromiálgico, por lo que se estableció tratamiento con DOBUPAL 37#5 y que actualmente continúa."·

Cuarto

En fecha 02.04.07 el Médico Inspector del INSS, Dña. Flor emitió informe médico de evaluación de incapacidad temporal del que cabe destacar lo siguiente:

"Conclusiones: Ya que se encuentra pendiente de estudio cardiológico, si nos basamos en los criterios del manual, donde se incluyen episodios agudos sintomáticos con frecuencia menor de dos mensuales, la limitación sería para actividades de mediano y gran intensidad.

Juicio clínico-laboral: Propuesta de prórroga hasta finalización de estudio en mayo de 2007".

Quinto

Con fecha 09.04.07 el Director Provincial del INSS, aceptando la propuesta de resolución emitida por el EVI en la misma fecha, emite el alta médica de la trabajadora, a los exclusivos efectos de la prestación económica por incapacidad temporal.

Sexto

La trabajadora no está de acuerdo con tal resolución y considera que debe continuar de baja médica con los efectos económicos inherentes a la misma hasta el agotamiento del plazo máximo de 18 meses previsto legalmente.

Séptimo

La base reguladora mensual reconocida por las partes, es de 1.760,06 #.

Octavo

La trabajadora ha agotado la preceptiva vía previa.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice: DESESTIMO la demanda interpuesta por DÑA. Margarita, frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, el AYUNTAMIENTO DE PUERTO DEL ROSARIO, CONFIRMANDO el alta a efectos económicos expedida por el Director Provincial del INSS en resolución de fecha 09.04.07, y absolviendo en consecuencia a las demandadas de los pedimentos formulados de contrario. TERCERO.- Frente a dicha resolución se interpuso el recurso de Suplicación, que fue impugnado de contrario

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La demandante, nacida en 1958, categoría profesional de limpiadora, con fecha 24-1-2006 causó baja por IT derivada de enfermedad común con el diagnóstico de poliartralgias/fibromialgia, siendo dada de alta por el INSS a los efectos económicos el 9-4-2007. La sentencia de instancia desestima la demanda y declara probado lo siguiente:En fecha 02.02.07 Don. Salvador, Médico adjunto de la UMO del SCS, emitió informe médico con el siguiente contenido: He visto de nuevo en la consulta a esta paciente afecta de osteoporosis. En estos días le he realizado una nueva valoración, tanto desde el punto de vista clínico como de pruebas complementarias. La evolución podemos considerarla globalmente como satisfactoria: No ha tenido caídas ni fracturas, no se aprecian fracturas o deformidades vertebrales en la rx de columna, los parámetros bioquímicos de remodelamiento óseo están normales y la masa ósea ha tenido unas variaciones que podemos considerar como aceptables, no experimentando cambios significativos desde la realizada en 2004 aunque persiste la osteoporosis. T-Score lumbar: -2.7 T-Score cadera: -2.2 Normal: T-Score hasta -1 Osteopenia: TScore entre -1 y -2.5 Osteoporosis: T-Score inferior a - 2.5 Debe mantener el Uo. Prescrito con Actonel e Ideos.

Por mi parte me gustaría repetirle la evaluación dentro de 2 años, debiendo mantener el tratamiento ininterrumpidamente hasta entonces, rogándote tu colaboración para ello. Una vez cumplido este período, por favor remítelo de nuevo a consulta, por la vía habitual, junto con una copia de este informe".

El 14.02.07 Don. Alvaro, del Servicio de Rehabilitación del SCS emitió informe clínico de situación con el siguiente contenido:

"Paciente de 48 años, remitida por primera vez a este Servicio el 21-02-1997 por el Servicio de Traumatología con el Diagnóstico de Polialgias de predominio en esqueleto axial.

Con posterioridad ha sido remitida en varias ocasiones con similar Sintomatologia de algias Cervico -dorso -Iumbares y en cuatro miembros sin que objetivemos signos inflamatorios articulares. El 07-11-2003 acudió nuevamente a esta consulta con álgias referidas en todo su organismo. Refiere es hipotensa y bajada de peso. Aporta informe de Unidad Metabólica Ósea del año 1997 que informa de Osteoporosis Idiomática.

Se solicitó nuevo estudio analítico y Rx sin que se evidencien parámetros que sugieran...

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