STSJ Comunidad Valenciana 2504/2011, 13 de Septiembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2504/2011
Fecha13 Septiembre 2011

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Recurso Suplicación 65/2011

Recurso contra Sentencia núm. 65/2011

Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Diaz

Presidente

Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell

Ilma. Sra. Mª del Carmen López Carbonell

En Valencia, a trece de septiembre de dos mil once.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 2504/2011

En el Recurso de Suplicación núm. 65/2011, interpuesto contra la sentencia de fecha 12 de mayo de 2010, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 17 de Valencia, en los autos núm. 790/2008, seguidos sobre DERECHO Y CANTIDAD, a instancia de Dª. Sabina, Dª. Ana María, Dª. Casilda, Dª. Filomena y Dª. Melisa contra SERVIMAX SERVICIOS GENERALES S.A. y la DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Y BIENES CULTURALES, PRESTACION SERVICIOS AUSILIRES SL. y en los que es recurrente : DG.BELLAS ARTES Y BIENES CULTURALES, SERVIMAX SERVICIOS GENERALES SA, PRESTACION SERVICIOS AUXILIARES SL., habiendo actuado como Ponente elIlmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Diaz

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 12 de mayo de 2010, dice en su parte dispositiva: "Que estimando la demanda interpuesta por Dª Sabina, Dª Ana María, Dª Casilda, Dª Filomena y Dª Melisa contra SERVIMAX SERVICIOS GENERALES S.A. y la DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Y BIENES CULTURALES, debo declarar la existencia de cesión ilegal de las trabajadoras, debiendo declarar que los contratos de las demandantes suscritos con SERVIMAX SERVICIOS GENERALES S.A. lo son en fraude de ley debiendo considerarse como indefinidos, declarando la responsabilidad solidaria de ambas empresas y teniendo derecho las demandantes a ser consideradas trabajadoras de la empresa cesionaria, la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, y por tanto personal laboral del museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias "González Martí" de Valencia, con los mismos derechos que el resto de personal laboral del mismo, y con salario según lo determinado en el convenio colectivo del personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, a la vez que se proceda al abono de los salarios adeudados a Dª Sabina en la cuantía de 9.082#12#, a Dª Ana María en la cuantía de 2.280#28#, a Dª Ana María en la cuantía de

4.969#45#,a Dª Casilda en la cuantía de 3.534#30#".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "

PRIMERO

Dª Sabina presta servicios por cuenta y orden de las empresas demandadas, desde el 1-06-2001, con la categoría profesional de Auxiliar de Servicios, con una jornada completa de 163#22 horas y salario base de 593#35 euros. Dª Ana María presta servicios por cuenta y orden de las empresas demandadas, desde 3- 01-2002, con la categoría profesional de Auxiliar de Servicios, con una jornada mensual de 84 horas, con salario base de 305#36 euros. Dª Melisa presta servicios por cuenta y orden de las empresas demandadas, desde 1-06-2003 con la categoría profesional de Auxiliar de Servicios, con un a jornada mensual de 163#22 horas, con salario base de 593#35 euros. Dª Casilda presta sus servicios por cuenta y orden de las empresas demandadas, desde 1-07-2003, con la categoría profesional de Auxiliar de Servicios, con una jornada mensual de 100 horas, con salario base de 363#52 euros. Dª Filomena presta sus servicios por cuenta y orden de las empresas demandadas, desde 1-06-2001, con la categoría profesional de Auxiliar de Servicios, con una jornada mensual de 163#22 horas, con salario base de 593#35 euros. SEGUNDO.- La empresa SERVIMAX SERVICIOS GENERALES S.A. está constituida en un 99#9% por Prosegur Compañía de Seguridad S.A. y se constituyó el 1-01-1989 con la denominación de SERVIMAX CONSULTING S.A.. En fecha 23-03-1995 fue inscrito en el BORME el cambio del objeto social que pasa a estar constituido por la prestación tanto a personas físicas como jurídicas de servicios administrativos, informáticos, de asesoría contable, financiera, fiscal, laboral y jurídica. El día 29-05-1998 se inscribe en el BORME el cambio de denominación social SERVIMAX SERVICIOS GENERALES S.A. y se inscribe también el cambio del objeto social que pasa a ser la prestación de servicios de mensajería, paquetería, transporte y reparto de materiales, objetos y documentación. TERCERO.- Por Acuerdo de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales de fecha 13-10-2006, se inició el expediente para la celebración del contrato del servicio para la prestación de auxiliares de servicios para las salas de exposiciones en el Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias "Gonzalez Martí" de Valencia CUARTO.- Por resolución de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales de fecha 13-02-2007 se adjudicó el contrato a la empresa SERVIMAX SERVICIOS GENERALES S.A. comprometiéndose por un importe de 222.731#14 euros. QUINTO.- De conformidad con la cláusula primera del contrato administrativo el objeto del mismo consiste en la realización del servicio para la prestación de auxiliares de servicios para las salas de exposiciones en el museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias "González Marti" de Valencia. SEXTO.- La cláusula decimotercera del contrato administrativo establece que "ambas partes se someten, para cuanto no se encuentra establecido en el pliego de cláusulas administrativas particulares que rige en este contrato, a los preceptos contenidos en el RDL 2/2000, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, al RD 1098/01, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. SEPTIMO.- El pliego de cláusulas técnicas del contrato administrativo indicado establece el objeto, la prestación del servicio con especificación de las normas sobre personal de servicio y el servicio a prestar, la descripción de las figuras contratadas, con el detalle de las funciones y el equipamiento, precio, plazo, formación y forma de prestación de las ofertas: 1.- Prestación del servicio. El ámbito de actuación de los servicios auxiliares de servicios para control en salas de Museo será en horario de apertura al público. 2.- Normas sobre personal de servicio. a. La empresa se comprometerá a que sus trabajadores asignados al servicio lo serán en exclusividad para el servicio contratado. b. Todo el personal contratado para la prestación del servicio, deberá ir uniformado correctamente, durante la prestación del mismo, sin que en ningún caso pueda confundirse su uniformidad con la de los Vigilantes de Seguridad privada. La uniformidad deberá ser de características similares a la de los auxiliares de Servicios Generales propios del Museo (pero en distinto color), previa conformidad de la Dirección del Centro. 3.- Servicio a prestar. - 8 auxiliares de servicios de 10.00 a 14.00 horas de martes a sábado. -8 auxiliares de servicios de 16.00 a 20.00 horas de martes a sábado.- 8 auxiliares de servicios de 10.00 a

14.00 horas los domingos y festivos. 4. Descripción de las figuras contratadas.Auxiliares de Servicios para las salas de museo. Funciones. Vigilancia pasiva de las salas de exposición y actividades que se desarrollan en el edificio y dependencia del Museo Nacional de Cerámica y Artes

Suntuarias "González Martí", sin que sus actividades puedan interferir con las funciones que la Ley de Seguridad Privada. La empresa designará a uno de entre los ocho auxiliares como interlocutor con la Dirección del Museo o quien designe el Director del Centro. Equipamiento. Cada uno de los puestos irá dotado con un radiotransmisor de VHF con microaltavoces y auricular. Cada uno de los equipos contará con un cargador y batería de repuesto y la empresa adjudicataria se encargará de memorizar la frecuencia del museo (147#50Mhz) en uno de los canales de cada uno de los radiotransmisores. Precio. El precio de licitación estimado en el presente contrato asciende ala cantidad de 310.000 euros, IVA incluido. Deberá tenerse en cuenta el precio hora resultante de la suma de los conceptos de "Coste de hora nocturna", "Coste hora fin de semana o festivo" y "Antigüedad" tanto de trienios como de quinquenios actualizados a la fecha de presentación del concurso. Formación. Todos los años naturales en los que la empresa adjudicataria haya prestado servicio a alguno de los Museos estatales durante más de tres meses, dicha empresa queda obligada a impartir un curso anual de formación específica a todos los Auxiliares de Servicios para salas del museo que presten servicio en dicho museo. El referido curso constará de las siguientes materias obligatorias mínimas, primeros auxilios (...) y explicación por parte de Técnico Superior en prevención de Riesgos Laborales acreditado del Plan de Emergencia del museo que se trate. OCTAVO.- Según el organigrama de 2005 del Museo, el área de Seguridad tiene previstos los puestos de trabajo de 2 Porteros Mayores del que dependen 3 taquilleros, y 4 jefes de planta y de estos dependen los 35 vigilantes. Según la relación nominal, en el Museo, el personal laboral está formado por 8 Oficiales de Gestión y Servicios Comunes (correspondientes al área de seguridad), 2 taquilleros (correspondientes al área de seguridad) 1 Restauradora (correspondiente al área de conservación) y 1 Técnico de Mantenimiento (correspondiente al área de mantenimiento). NOVENO.-Según la relación nominal, la empresa SERVIMAX SERVICIOS GENERALES S.A. tiene 26 trabajadores, auxiliares de servicios, en el museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias "González Martí" de Valencia. DÉCIMO.- En el informe de Evaluación de Riesgos y Planificación Preventiva de 3-09-2007, se dice que los auxiliares de control es un puesto de trabajo que tiene como objetivo...

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