STSJ Asturias 560/2012, 17 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución560/2012
Fecha17 Febrero 2012

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 00560/2012

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIALOVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 34 4 2012 0100037

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000044 /2012

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000405/2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de GIJON Recurrente/s: Adelina

Abogado/a: INDALECIO TALAVERA SALOMON

Recurrido/s: DARRO IMPORT SA, COMERCIAL ASTURIANA DE PAPELERIA SA, SUMINISTROS TEC NO GRAFICOS ASTURLEONESA S.L., COMERCIAL DE MONTAJES Y SERVICIOS S.L. (IGRAFO), REPRESENTACIONES SANTO FIRME S.A., FONDO DE GARANTIA SALARIAL

Abogado/a: JOSE RAMON BALLESTEROS ALONSO, DOMINGO VILLAAMIL GOMEZ DE LA TORRE, ABOGADO DEL ESTADO

Sentencia nº 560/12

En OVIEDO, a diecisiete de Febrero de dos mil doce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. ASTURIAS, formada por los Ilmos. Sres. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, Dª MARÍA ELADIA FELGUEROSO FERNÁNDEZ, D. FRANCISCO JOSÉ DE PRADO FERNÁNDEZ y Dª MARÍA PAZ FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACION 0000044/2012, formalizado por el Letrado INDALECIO TALAVERA SALOMON, en nombre y representación de Adelina, contra la sentencia dictada por JDO. DE LO SOCIAL

N. 3 de GIJON en el procedimiento DEMANDA 0000405/2011, seguidos a instancia de Adelina frente a DARRO IMPORT SA, COMERCIAL ASTURIANA DE PAPELERIA SA, SUMINISTROS TECNOGRAFICOS ASTURLEONESA S.L., COMERCIAL DE MONTAJES Y SERVICIOS S.L. (IGRAFO), REPRESENTACIONES SANTO FIRME S.A., FONDO DE GARANTIA SALARIAL, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Adelina presentó demanda contra DARRO IMPORT SA, COMERCIAL ASTURIANA DE PAPELERIA SA, SUMINISTROS TECNOGRAFICOS ASTURLEONESA S.L., COMERCIAL DE MONTAJES Y SERVICIOS S.L. (IGRAFO), REPRESENTACIONES SANTO FIRME S.A., FONDO DE GARANTIA SALARIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha seis de Octubre de dos mil once .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. - Adelina prestó servicios por cuenta de la empresa Comercial Asturiana de Papelería S.A. desde el 22 de enero de 1988 hasta el 30 de abril de 2011. Para entonces la trabajadora prestaba servicios de dependienta, a jornada completa, en el establecimiento de la empresa situado en la calle Menéndez Pelayo de Gijón, a cambio de un salario día de 59 #.

  2. - El 30 de abril cobraba efectividad el despido objetivo por causas económicas, que la empresa le comunicaba por escrito el día 28 de ese mes.

    El día 27 del mismo mes la empresa entregaba a la Delegada de personal, Ruth, copia de la carta de despido y otra al día siguiente, después de la entrega a la trabajadora.

    En la misma fecha otros siete trabajadores eran objeto de despido objetivo, de los 28 que registraba la empresa entre el 1 de enero y el 30 de abril de este año.

  3. - La empresa basaba el despido en la negativa situación económica de las tres empresas integrantes del grupo empresarial Igrafo, que actúan en unidad de dirección, organización del trabajo y con prestación laboral indiferenciada: Comercial Asturiana de Papelería S.A, Suministros Tecnográficos Astur Leonesa S.L. y comercial de Montajes y Servicios S.L.

    En el periodo enero a abril de 2011, la segunda de las citadas contó con 12 trabajadores, de los que 4 causaban baja el 15 de febrero y 2 el 30 mayo.

    En el mismo periodo la tercera de las empresas contó con 19 trabajadores, de los que 2 causaban baja el 30 de abril, otros 2 el 15 de febrero y 1 el 31 de enero.

  4. - En la comunicación escrita de despido Comercial Asturiana de Pepelería SA manifestaba que las empresas había experimentado una caída de la demanda y disminución de la cifra de negocio que, en conjunto, había pasado de 18.008# en el año 2007 a 9.737 en el año 2010; que mantenían el nivel de gastos de personal, que si en el año 2007 pasaba por 1.783.605#, en el año 2010 alcanzaba 1.772.129#; que habían cerrado el año 2010 con pérdidas de 2.110.696#, cuando en el positivo también en los años intermedios; que la tendencia a pérdidas se mantenía en el año 2011; que se hallaba en situación de concurso de acreedores e inmersa en la ejecución contratos de trabajo de siete trabajadores, uno de ellos el suyo. Le reconocía derecho a una indemnización de 21.500# por despido y 900# por omisión del periodo de preaviso, cantidades que puso a su disposición.

  5. - Las tres empresas, operan en el mercado de manera complementaria, con el mismo objeto social, consistente en el comercio de material de papelería, didáctico y escolar, escritorio, oficinas, mobiliario de oficina, informática, técnico, planificación, reprografía, topografía, artículos de piel, medios audiovisuales, aparatos ópticos, toda clase de mercancías y prestaciones de servicios.

    Comercial Asturiana de Pepelería S.A. estructura el servicio en departamentos, de administración, de informática, mobiliario, ventas, control general y relaciones con la agrupación disnak. Despliega su actividad en el Principado de Asturias y en Cantabria. Suministros Tecnográficos Astur Leonesa S.L. despliega su actividad ene l territorio de Castilla León. Comercial de Montajes y Servicios S.L ejecuta los trabajos de instalación y Montaje para clientes de las otras dos.

  6. - Esta es la evolución económica de las empresas entre los años 2007 y 2010:

    - Suministros Tecnográficos Astur Leonesa SL :

    En el año...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR