STSJ Galicia 2702/2011, 18 de Mayo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2702/2011
Fecha18 Mayo 2011

T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:98118 4853/2155/2211

NIG: 15078 44 4 2010 0001330

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001335 /2011 ESF

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM : 0000627 /2010 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 001

Recurrente/s: Fulgencio, EMPRESA PUBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A. (SEAGA)

Abogado/a: JOSE LUIS MURUZABAL ARLEGUI, ALBERTO FREIJEIRO OTERO

Procurador:, XULIO XABIER LOPEZ VALCARCEL

Graduado Social:

Recurrido/s: CONSELLERIA DO MEDIO RURAL, GLOBAL SALES SOLUTIONS LINE ATLANTICO,

S.L.

Abogado/a:, MARIA GARCIA TREVIJANO ALVAREZ

Procurador:

Graduado Social:

ILMO. SR. D. ROSA RODRIGUEZ RODRIGUEZ

ILMO. SR. D. EMILIO FERNANDEZ DE MATA

ILMO. SR. D. RAQUEL NAVEIRO SANTOS

En A CORUÑA, a dieciocho de Mayo de dos mil once.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0001335 /2011, formalizado por el/la LETRADO D/Dª ALBERTO

FREIJEIRO OTERO, en nombre y representación de EMPRESA PUBLICA SERVICIOS AGRARIOS GALEGOS S.A. "SEAGA", contra la sentencia número / dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de SANTIAGO DE COMPOSTELA en el procedimiento DEMANDA 0000627 /2010, seguidos a instancia de Fulgencio, EMPRESA PUBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A. (SEAGA), Sacramento, Daniela, Palmira, Aurora, Lidia, Braulio, Ángeles, Josefina, María Rosa frente a CONSELLERIA DO MEDIO RURAL, GLOBAL SALES SOLUTIONS LINE ATLANTICO, S.L., EMPRESA PUBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A. (SEAGA), siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª RAQUEL NAVEIRO SANTOS.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Fulgencio, EMPRESA PUBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A. (SEAGA), Sacramento, Daniela, Palmira, Aurora, Lidia, Braulio, Ángeles, Josefina, María Rosa presentó demanda contra CONSELLERIA DO MEDIO RURAL, GLOBAL SALES SOLUTIONS LINE ATLANTICO, S.L., siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número /, de fecha uno de Diciembre de dos mil diez

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: "

Primero

Los actores vienen prestando servicios todos ellos con la categoría profesional de operador codificador, en el Centro de Información o Agro Galego (CIAG) sito en Santiago de Compostela, con las siguientes antigüedades y salarios.

NOMBRE ANTIGÜEDAD FECHA ULTIMO CONTRATO SALARIO MENSUAL

Sacramento 29.08.01 1.04.09 1164,68

Fulgencio 2.11.01 1.04.09 1131,93

Daniela 15.09.03 1.04.09 1161,44

Palmira 1.03.04 1.04.09 1131,93

Aurora 1.02.07 1.04.09 1157,73

Lidia 1.04.08 1.04.09 1131,93

Braulio 1.04.08 1.04.09 1163,83

Ángeles 1.04.08 1.04.09 1131,93

Josefina 1.04.08 1.04.09 1152,74

María Rosa 1.04.08 1.04.09 1131,93

Segundo

La prestación de servicios entre las partes se ha venido ejecutando amparada en diferentes contratos los cuales aparecen recogidos en el hecho segundo de la demanda a los cuales nos remitimos en aras de la brevedad dándolos por reproducidos. El 1.04.08 todos los actores suscriben contrato bajo la modalidad de obra o servicio determinado ( excepto Aurora que lo hace el 7.04.08) con la empresa SEAGA, constando en los mismos que prestan servicios como operadores codificadores siendo el objeto de todos los contratos idénticos ( clausula sexta ) "A realización da obra o servicio encomenda de xestión do Centro de Información do Agro Galego 2008 tendo dita obra autonomía e sustantividade dentro da actividades da empresa". La empresa comunica a los actores la finalización del contrato para el 31.03.09.

El 1.04.09 todos los actores suscriben contrato con SEAGA bajo la modalidad de obra o servicio determinado constando en los mismos que prestan servicios como operadores codificadores, con dicha categoría profesional, siendo el objeto de todos los contratos idénticos ( clausula sexta ) "A realización da obra o servicio encomenda de xestión do Centro de Información do Agro Galego 2009 (CIAG) tendo dita obra autonomía e sustantividade dentro da actividades da empresa". Tercero: La empresa codemandada SEAGA con fecha 18.03.10 les comunica a cada uno de los actores por medio de carta la cuál tenía el siguiente contenido que " o día 31.03.10 causará baixa nesta empresa como consecuencia da finalización dos traballos propios da sua categoría e especialidade dentro da obra para a que foi contratado". Cuarto.- SEAGA con efectos del 31.12.09 cesa a nueve trabajadores con la categoría de operador-codificador por fin de contrato, y con los actores a pesar de estar vinculados con SEAGA con idénticos contratos que los cesados, suscribe con los mismos acuerdos individuales de prórroga de contrato y modificación de condiciones de trabajo. Con el contenido que consta en el hecho segundo de la demanda al cual nos remitimos y que en síntesis consiste en que : "o contrato de traballo por obra ou servizo determinado celebrado entre ambas partes en data 1.04.09 se prorroga automáticamente por continuar SEAGA coa execución da encomenda de Xestión do Centro de Información ao Agro Galego no ano. Quinto.- La empresa Pública de Servizos Agrarios Galegos ha sido creada por Decreto de la Consellería de Economía e Facenda 260/06 de 28.12.06, encontrándose entre su objeto la realización de aquellas actuaciones, obras, trabajos y prestaciones de servicios en materias agrícolas y ganaderas y de desarrollo rural que de forma taxativa le sean encomendadas por la Xunta de Galicia. Sexto.- Por Resolución del Consello de Administración de la Empresa Pública de Servizos Agrarios Galegos SA, de 12.11.07 se hace pública la convocatoria para el ingreso en las listas de las categorías de Licenciado en veterinaria y operador calificador, el anuncio se hace público el 23.11.07 de la convocatoria y las bases especiales para el ingreso en las listas previas en dichas categorías profesionales de licenciado en veterinaria y operador calificador, participando en la misma los actores los cuales presentaron solicitudes de admisión a la lista previa en la categoría profesional de operador calificador, en el ámbito territorial de a Coruña, aprobándose por resolución de 14.03.08 las listas definitivas derivadas de la ampliación del número de candidatos, aprobándose el 7.10.08 la lista definitiva de contratación y se crea un lista de espera. Como resultado de la referida convocatoria y finalizado el proceso selectivo los actores fue incluidos en la lista definitiva de contratación de la categoría de operador codificador dentro de la lista definitiva de llamamientos y ello derivado de la ampliación del número de candidatos convocados al proceso selectivo aprobado por resolución de 7.10.08 del Conselleiro do Consello de Administración de Seaga.

SÉPTIMO

Los actores realizaban en todo momento los trabajos ordinarios, necesarios y permanentes del CIAG, las tareas desempeñadas por los mismos no son las establecidas en los contratos de obra o servicio celebrados por cada uno de los actores con la demandada, y con carácter sucesivo y en los cuales solamente se cambia la fecha. Los actores realizan funciones que nada tienen que ver con el objeto causal de sus contratos, ni con las categorías de operador- codificador sino que constituyen tareas ordinarias y esenciales del SEAGA. Octavo.- La empresa SEAGA continuo gestionando llamadas hasta marzo de 2010 sin que el número de las mismas descendiese significativamente teniendo que reforzar el servicio a través de trabajadores de otras dependencias. Noveno.- Como consecuencia de la entrada en vigor de RD 361/09, DE 20 DE marzo se suprime la necesidad de certificado veterinario de las reses destinadas al matadero. D écimo.- SEAGA en los años 2008, 2009 y 2010 recibió órdenes de ejecución del Secretario Xeral de la Conselleria de Medio Rural correspondientes a las siguientes encomiendas; Xestión do Centro de Información do Agro Galego 2008 (CIAG), Xestión do Centro de Información do Agro Galego 2009 (CIAG), Xestión do Centro de Información do Agro Galego (CIAG), esta última con plazo de ejecución hasta el 31.03.10, cuyo objeto era la recepción e llamadas, procesamiento de datos y archivo de información y documentación referida al ámbito agropecuario, agroforestal y otros. Undécimo.- La empresa GSS se hizo cargo el 1.04.10 del servicio del CIAG, por adjudicación directa. Ese contrato ha sido prorrogado hasta el 30.09.10. El servicio de información del Agro Galego se integro en el 012 que gestiona la codemandada GSS, la cual desarrolla su actividad en A Coruña. Duodécimo.- Que 10 operadores codificadores causaron baja el 31.12.09, 19 trabajadores vieron prorrogado su contrato, en función de la mayor antiguedad y la mayor puntuación en el proceso de selección, para la ejecución de los trabajos encomendados " Encomenda de Xestión do Centro de Información doAgro Galego CIAG del año 2010., entre los cuales se encuentran los actores y que causaron baja el 31.03.10. Decimotercero.- Que en dichas fechas SEAGA cesa a 50 veterinarios con contrato temporal por fin de contrato, continuando 87 vinculados a dicha actividad. En relación a los veterinarios por el Juzgado de lo Social n° 1 de A Coruña, y n° 2 de Lugo, se dictan sentencias por las que se declaran nulas las extinciones colectivas de dichos profesionales realizados por SEAGA sin previa autorización administrativa. La actividad desarrollada por los actores era recibir y contestar todo tipo de llamadas sin que se establezca un filtro...

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