STSJ Comunidad de Madrid 524/2011, 20 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
EmisorTribunal Superior de Justicia de Comunidad de Madrid, sala social
Fecha20 Julio 2011
Número de resolución524/2011

DEM 0000012/2011

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 00524/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCION 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 4 0045730 /2011, Modelo: 41800

DEMANDA EN SALA Nº: 002

Tipo de procedimento: DEMANDA 0000012 /2011-P

Materia: CONFLICTOS COLECTIVOS

Demandante/s: ASOCIACION PROFESIONAL DE EMPLEADOS DE NOTARIAS DE MADRID

Demandado/s: FEDERACION REGIONAL DE SERVICIOS DE UGT FES UGT, ASOCIACION PATRONAL MATRITENSE DE

NOTARIOS,FEDERACION DE SERVICIOS FINANCIEROS Y ADMINISTRATIVOS DE COMISIONES

OBRERAS COMFIA

Sentencia número:524/2011

Ilmos/as. Sres/as. D/D.ª

ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ

MANUEL RUIZ PONTONES

FERNANDO MUÑOZ ESTEBAN

En MADRID, a veinte de Julio de dos mil once, habiendo visto los presentes autos la Sección 002 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el

artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A en la DEMANDA 0000012/2011, formalizada por el/la Sr./Sra. Letrado D./Dª. EDUARDO FRANCO SALLARES, en nombre y representación de ASOCIACION PROFESIONAL DE EMPLEADOS DE NOTARIAS DE MADRID, contra la FEDERACION REGIONAL DE SERVICIOS DE UGT FES UGT, ASOCIACION PATRONAL MATRITENSE DE NOTARIOS y FEDERACION DE SERVICIOS FINANCIEROS Y ADMINISTRATIVOS DE COMISIONES OBRERAS COMFIA, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dª. MANUEL RUIZ PONTONES, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada en materia de CONFLICTOS COLECTIVOS.

SEGUNDO

Admitida a trámite mediante Decreto de fecha 10 de marzo de 2011 se celebraron los correspondientes actos de juicio oral en fecha 6 de julio de 2011 con el resultado que consta en el acta al efecto levantada.

En virtud de los antedichos precedentes procesales, expresamente se declaran los siguientes

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

El 23/02/2007 se publicó en el BOE el II Convenio Colectivo Matritense de Notarios y Empleados (documento nº 14 de la parte demandada)

SEGUNDO

El 25 de febrero de 2008 se constituye la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo Estatal de Notarios y Personal Empleado, levantándose acta que se da por reproducida (documento nº de la parte demandada).

TERCERO

El 10 de octubre de 2008 se denuncia el II Convenio Colectivo de Empleados de Notarias del Colegio Notarial de Madrid (documento nº 7 de la demandada).

El 22 de enero de 2009 se constituyó la Mesa Negociadora del III Convenio Colectivo Matritense de Notarios y Empleados, levantándose Acta de Constitución cuyo contenido se da por reproducido (folios nº 26 y 27 y 57 y 58).

CUARTO

El 23 de febrero de 2009 se reúnen los representantes de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas al objeto de continuar la negociación del III Convenio Colectivo Matritense de Notarios y Empleados, levantándose acta que se da por reproducida (folios nº 28 y 29 y 59 y 60).

QUINTO

El 1 de junio de 2009 se vuelven a reunir los representantes de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas al objeto de continuar la negociación del III Convenio Colectivo Matritense de Notarios y Empleados, levantándose acta que se da por reproducida (folios nº 30 y 31).

SEXTO

El 28 de junio de 2010 se reúnen la representación de la Federación de Asociaciones Patronales de Notarios de España-FEDANE y la representación de los trabajadores, levantándose acta cuyo contenido se de por reproducido (folios nº 18, 19 y 20, del bloque nº 5 de la documental de la empresa).

SÉPTIMO

En el BOE de 23 de agosto de 2010 se publica el I Convenio Colectivo Estatal de Notarios y Personal Empleado (bloque nº 6 de la documental de la parte demandada)

OCTAVO

El 6 de octubre de 2010 se reúnen la representación de la Asociación Patronal Matritense de Notarios y la representación de los trabajadores, levantándose acta cuyo contenido se da por reproducido (folios nº 32 y 33).

NOVENO

El 22 de diciembre de 2010 se vuelven a reunir la Asociación Patronal Matritense de Notarios y la representación de los trabajadores, levantándose acta cuyo contenido se da por reproducido (folios nº 34, 35 y 36 y 61, 62 y 63).

DÉCIMO

En el periodo comprendido desde el 16 de septiembre de 2006 hasta el 15 de septiembre de 2010 la Asociación Profesional de Empleados de Notarias de Madrid obtuvo 19 delegados y CC.OO obtuvo 2 delegados (folio nº 55).

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97.2 de la LPL se hace constar que los anteriores hechos probados se deducen de la documental que se ha reseñado en cada uno de ellos.

SEGUNDO

La representación letrada de la Federación de Servicios Financieros-Comisiones Obreras (CC.OO) alegó prescripción de la acción que debe desestimarse porque estamos ante el ejercicio de un derecho que no tiene plazo especial de prescripción y el plazo de un año debe computarse desde que se cierra la negociación, no habiendo transcurrido el mismo cuando interpone la demanda. También alega falta de acción que está relacionado con el fondo de la pretensión ejercitada.

La...

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