STSJ Galicia 4704/2011, 28 de Octubre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución4704/2011
Fecha28 Octubre 2011

T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL A CORUÑA

I22128BB

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:98118 4853/2155/2211

NIG: 36057 44 4 2010 0006684

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002977 /2011MRA

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0001315 /2010 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de VIGO

Recurrente/s: Florencio

Abogado/a: PRUDENCIO BARREIRO CASTRO

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Abogado/a: LETRADO SEGURIDAD SOCIAL

Procurador/a:

Graduado/a Social:

ILMA SRª D. ROSA Mª RODRIGUEZ RODRIGUEZ

ILMO SRº D. EMILIO FERNANDEZ DE MATA

ILMA SRª Dª YEBRA PIMENTEL VILAR

En A CORUÑA, a veintiocho de Octubre de 2011.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0002977 /2011, formalizado por el/la D/Dª DON PRUDENCIO BARREIRO CASTRO, en nombre y representación de Florencio, contra la sentencia número 254 /2011 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de VIGO en el procedimiento DEMANDA 0001315 /2010, seguidos a instancia de Florencio frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo MagistradoPonente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª ROSA Mª RODRIGUEZ RODRIGUEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Florencio presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 254 /2011, de fecha siete de Abril de 2011

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: Primero.- El demandante D. Florencio . nacido el día 12 de noviembre de 1.977. con D.N.I. número NUM000, figura afiliado a la Seguridad Social, Régimen General, con el número NUM001, siendo su profesión habitual la de oficial en fábrica de piedra y mármoles./.- Segundo.- Con fecha 23 de septiembre de 2.010 el actor solicitó que se le declarase en situación de invalidez permanente y, previo informe médico emitido el día 20 de octubre. el Equipo de Valoración de incapacidades formuló el día 26 dictamen propuesta acordando declarar al hoy demandante sin invalidez permanente, resolviendo la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en fecha 27 de octubre en el sentido del dictamen propuesta, resolución contra la cuál interpuso el actor reclamación previa, que le fue desestimada mediante resolución cuya fecha no consta./ Tercero.- La base reguladora mensual asciende a 1.234'27 euros./

Cuarto

Las dolencias padecidas por el actor consisten en: antecedentes d apendicectomía, cifoescoliosis, acuñamientos anteriores de D8 y D9, discopatías cervicales sin compromiso radicular, rabdomiolisis secundaria a sobreesfuerzos sin repercusión clínica neumonía. miningoplastia con hipoacusia perceptiva en oído derecho; resonancia magnética cervical y dorsal con resultado de: sin alteraciones en la unión craneocervical, médula cervical normal, protusión discal paramedial izquierda C3- C4 y C4-05, protusión central C5-C6 paramedial derecha C6-C7, leve aumento de la cifosis dorsal, discopatías y hernias de Schmorl y tendencia al acuñamiento en cuerpos vertebrales D8 y D9, morfología y seña dorsal normales, pequeños picos osteofíticos posteriores en raquis cervical medio-bajo qe improntan y oblitera de forma parcial el espacio subaracnoideo anterior; resonancia lumbar correcta alineación de los cuerpos vertebrales con lordosis conservada, anomalía transicional parcial de Sl, no hernias ni estenosis del conducto raquídeo, no signos de radiculopatía, con( medular y raíces de la cola de caballo normales; electromiograma normal en lista de espera para intervención de colelitiasis.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: Que desestimando la demanda interpuesta por Don Florencio frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo a éste de las pretensiones contra él deducidas.

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por Florencio formalizándolo posteriormente. Tal recurso no fue objeto de...

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