ATS, 9 de Enero de 2009

PonenteANTONIO MARTIN VALVERDE
ECLIES:TS:2009:5118A
Número de Recurso4981/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2009
EmisorTribunal Supremo - Sala Cuarta, de lo Social

AUTO

En la Villa de Madrid, a nueve de Enero de dos mil nueve

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. ANTONIO MARTÍN VALVERDE HECHOS

PRIMERO

Con fecha 29 de mayo de 2007, se procedió a la realización de la tasación de costas según arancel por el Secretario Ilmo. Sr. D. Julián Pedro González Velasco de los Derechos del Procurador

D. Carmelo Olmos Gómez, devengados en el asunto de referencia que ascienden a un total de 54 euros.

SEGUNDO

Por el Procurador D. Francisco José Abajo Abril, en nombre y representación de la Empresa Nacional Siderúrgica, S.A. (ENSIDESA), presentó escrito en fecha 6 de julio de 2007, impugnando la tasación de costas efectuada por ser indebida y no ajustarse a derecho.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

UNICO. - En relación con la alegación de indebidos de los Derechos del Procurador conviene precisar que siendo cierto que en el proceso laboral no es preceptiva la intervención de Procurador como dispone el art. 18.1 LPL, no es menos cierto que en trámite de recurso y cuando la parte no tiene su domicilio en Madrid, la personación por medio de representante deviene necesaria, como esta Sala ha aceptado de forma reiterada (ATS 31-3-03, rec. 813/01; ATS 16-9-03, rec. 659/02); y, siendo ello así, está cumplidamente justificado que el Procurador interviniente perciba los derechos que le corresponden de conformidad con la normativa reguladora de los mismos que en este caso no ha sido infringida, de conformidad con la Tasación de Costas practicada por la Secretaria de esta Sala el 29 de mayo de 2007 .

LA SALA ACUERDA:

No ha lugar a lo solicitado por el Procurador D. Francisco José Abajo Abril, en nombre y representación de la Empresa Nacional Siderúrgica, S.A. (ENSIDESA), en su escrito en fecha 6 de julio de 2007. Se confirma la tasación de costas hecha en Secretaría en cuanto a los derechos del Procurador.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

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