STSJ Galicia 4301/2010, 5 de Octubre de 2010

PonenteJOSE MARIA CABANAS GANCEDO
ECLIES:TSJGAL:2010:8446
Número de Recurso2713/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución4301/2010
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:98118 4853/2155/3311

NIG: 36038 44 4 2009 0003355

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002713 /2010-CON

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: AUTOS 895/09 SOCIAL 3 de PONTEVEDRA

DEMANDA: 0002713 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 003

Recurrente/s: Rosario

Abogado/a: JOSE LLANO FERNANDEZ

Procurador: CAROLINA VILARIÑO DURAN

Graduado Social:

Recurrido/s: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Abogado/a:

Procurador:

Graduado Social:

ILMA. SRA. Dª ANTONIA REY EIBE

ILMA SRA. Dª ISABEL OLMOS PARÉS

ILMO. SR. D. JOSÉ MARÍA CABANAS GANCEDO

En A CORUÑA, a cinco de octubre de dos mil diez.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0002713/2010, formalizado por el/la D/Dª letrado D. José Llano Fernández, en nombre y representación de Rosario, contra la sentencia número 122/2010 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de PONTEVEDRA en el procedimiento DEMANDA 0000895/2009, seguidos a instancia de Rosario frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª JOSÉ MARÍA CABANAS GANCEDO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Rosario presentó demanda contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 122/2010, de fecha veintiséis de Marzo de dos mil diez

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

PRIMERO

Doña Rosario, nacida el 11 de septiembre de 1952 con D.N.I. NUM000, está afiliada a la Seguridad Social en el Régimen General con el número NUM001, siendo su actividad la de auxiliar de farmacia. Se inició a petición de la demandante expediente para la declaración en su caso de invalidez, siendo examinada por el E.V.I. que emitió su juicio clínico laboral el 29 de julio de 2009. Por resolución de fecha 3 de agosto de 2009 se denegó la prestación solicitada por no alcanzar as lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de incapacidad permanente. Disconforme con esta resolución, interpuso el demandante reclamación previa que fue desestimada por resolución de 22 de septiembre de 2009.

SEGUNDO

Tiene la parte actora carencia suficiente y la base reguladora, en atención a sus cotizaciones es de 1.210,96#. Padece las siguientes secuelas o lesiones derivadas de enfermedad común: Espondiloartrosis cervical sin repercusión radicular, escoliosis dorso-lumbar. Síndrome fibromialgico. Hernia Discal L3-L4 (RM 2007). Trastorno adaptativo de larga evolución, controlada en psiquiatría desde agosto 2006. Permaneció en I.T. del 12 de julio de 2006 al 30 de julio de 2007 en que se extiende alta por el I.N.S.S. por trastorno adaptativo. Se reincorpora al trabajo brevemente pero, explica, no aguantaba la carga laboral por lo que en septiembre 2007 pasa al desempleo. Afectación actual: relata sintomatología psíquica crónica, con crisis de ansiedad frecuentes y de difícil control. Alega además dolores osteomusculares de predominio en raquis cervical, manos y pies. Aparato locomotor: movilidad del raquis cervical conservada en flexo-extensión y giro derecho y limitada en últimos grados de giro izquierdo. Movilidad de ambos hombros conservada. ROT conservados y simétricos a nivel bicipital, tricipital y supinador largo. Marcha estable sin apoyos, sin claudicación. Trofismo muscular conservado. Informes Rehabilitación: cervicalgia inespecífica en relación con cervicoartrosis 3-C4 (+), C4-C5 (++) y C5-C6 (++). Refleja TB resultado de RM con espondilosis C3-C6, osteofitosis posterior C4-C5 y C5-C6 sin afectación medular. EMG: normal en ambos miembros superiores. RM: incipiente cervicoartrosis con afectación de discos C4-C5 y en menor medida C3-C4 y C5- C6. RM columna lumbar: hernia L3-L4 foraminal derecha, sin aparente compromiso de raIz L3. Cambios degenerativos L4-S1. Afecciones psíquicas: Atención conservada. Orientada en las tres esferas, ausencia de inhibición psicomotriz. Discurso espontáneo, fluido, coherente, informativo con contenido centrado en su sintomatología psíquica y anímica y labilidad emocional asociada. Relata carga de trabajo importante que se incrementa con cambio de dueño en la farmacia y que implicó incremento de responsabilidad. No ideación autolitica espontánea ni delirante. No se objetiva deterioro cognitivo ni mnésico. Refiere alteración del ciclo sueño-vigilia y abandono de actividades domésticas. Informe Psiquiatría: trastorno adaptativo, trastorno mixto ansioso-depresivo.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: Desestimando la demanda interpuesta por DOÑA Rosario frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL absuelvo al demandado de las pretensiones ejercitadas en su contra.

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR