STSJ Aragón 657/2010, 29 de Septiembre de 2010

PonenteJOSE ENRIQUE MORA MATEO
ECLIES:TSJAR:2010:469
Número de Recurso581/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución657/2010
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00657/2010

T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL

CL.COSO NUM. 1

Tfno: 976 208 360

Fax:976 208 405

NIG: 50297 34 4 2010 0100577

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000581 /2010 JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM : 0000685 /2009 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 002 Recurrente/s: Erica

Abogado/a: FERNANDO BURILLO GARCIA

Procurador:

Graduado Social:

Recurrido/s:

Abogado/a:

Procurador:

Graduado Social:

Rollo número: 581/2010

Sentencia número:657/2010

M. MAGISTRADOS ILMOS. Sres:

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO

D. RAFAEL MARIA MEDINA Y ALAPONT

En Zaragoza, a veintinueve de septiembre de dos mil diez. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación núm. 581 de 2010 (Autos núm. 685/2009), interpuesto por la parte demandante Dª. Erica, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza, de fecha cinco de mayo de dos diez; siendo demandados INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA DE ACCIDENTES DE ZARAGOZA, SERVICIO ARAGONÉS DE SALUD y la empresa EXPOAGUA EMPRESARIAL S.A, sobre aclaración contingencia. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª. Erica, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otros, sobre aclaración contingencia, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social nº 2 de Zaragoza, de fecha 5 de mayo de 2010, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que desestimando las excepciones formuladas y desestimando igualmente la demanda formulada por Dª. Erica contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA DE ACCIDENTES DE ZARAGOZA, SERVICIO ARAGONES DE SALUD Y contra la empresa EXPOAGUA EMPRESARIAL S.A.. Debo absolver y absuelvo a los demandados de los pedimentos formulados en la misma.".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal: "

PRIMERO

La actora prestaba servicios para la empresa codemandada desde el 24/05/2008 con la categoría de Auxiliar Polivante.

SEGUNDO

El 18/08/08 resultó lesionada sobre las 23 h en un brazo al recibir un golpe involuntario de un visitante mientras prestaba servicios en el anfiteatro siendo atendido por MAZ, el 25/08/2008 sin ser dada de baja médica, pero con lesiones que impidieron trabajar ese día. El 05/09/2008 fue atendida en el Centro de Salud.

El contrato de trabajo finalizó el 15/09/2008.

El 02/10/2008 fue atendida en MAZ y el 30/10/2008 fue dada de baja médica por enfermedad común.

TERCERO

Que obra informe de I. de T. que se da por reproducido.

CUARTO

Se intenta sin efecto la reclamación administrativa previa".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado dicho escrito por la parte demandada MAZ, INSS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR