STSJ Castilla y León , 24 de Octubre de 2005

PonenteGABRIEL COULLAUT ARIÑO
ECLIES:TSJCL:2005:5877
Número de Recurso1439/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL VALLADOLID SENTENCIA: 01439/2005 Rec. Núm 1.439/05 Ilmos. Sres.

D. Gabriel Coullaut Ariño Presidente D. Juan A. Álvarez Anllo D. Manuel Maria Benito López / En Valladolid, a veinticuatro de Octubre de dos mil cinco .

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm.1.439 de 2004, interpuesto por CATALANA DE OCCIDENTE, S.A. contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº2 de PONFERRADA de fecha 8 de Abril de 2.005 (Autos nº80/05) dictada en virtud de demanda promovida por Roberto contra la empresa TRANSGRANEL BIERZO S.L. y la entidad CATALANA ACCIDENTE SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS sobre CANTIDAD, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Gabriel Coullaut Ariño .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 15 de Febrero de 2.005 se presento en el Juzgado de lo Social nº2 de PONFERRADA demanda formulada por Roberto en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva SEGUNDO.- En referida sentencia y como hechos probados constan los siguientes:

Primero

El actor, D. Roberto , mayor de edad nacido el día 16 de noviembre de 1.946, vecino de Quilos (León), con D.N.I. número NUM000 -, afiliado al Régimen General de la Seguridad Social al número NUM001 , vino prestando servicios laborales por cuenta y bajo dependencia de la empresa Transgranel

Bierzo S.L., dedicada a la actividad de transporte de mercancías por carretera, desde el día 22 de septiembre de 1.997, con categoría profesional de Conductor de Camiones y percibiendo una retribución mensual según Convenio Colectivo.

Segundo

El día 12 de marzo de 2.003 el actor sufrió un accidente de trabajo cuando se encontraba prestando servicios laborales para la empresa Transgranel Bierzo S.L. y en el ejercicio de su labor profesional, consistente en que cuando estaba engrasando la puerta trasera del camión resbaló, cayendo de espaldas, y como consecuencia del cual el actor inició proceso de incapacidad temporal hasta que finalmente fue declarado en situación de Incapacidad Permanente Total derivada de accidente de trabajo por resolución de la Dirección Provincial del I.N.S.S. de León de 9 de diciembre de 2.004, con derecho a percibir una pensión del 75 por 100 de la base reguladora mensual de 1.106,05 euros con efectos desde el 13 de septiembre de 2.004.

Tercero

El artículo 23 del Convenio Colectivo de Trabajo, ámbito provincial, del sector de Transporte de Mercancías por Carretera de la Provincia de León 2001/2002 (publicado en B.O.P. de León de 18 de septiembre de 2.001) establecía que "para los casos de muerte o invalidez permanente total o absoluta, derivados de accidente de trabajo del conductor, la empresa garantizará a los herederos o al citado productor una indemnización por importe de 5.225.000 pesetas, 31.402,88 euros para el año 2001, concertando obligatoriamente a tal fin la póliza de cobertura correspondiente".

El artículo 23 del Convenio Colectivo de Trabajo, ámbito provincial, del sector de Transporte de Mercancías por Carretera de la Provincia de León 2003/2005 (publicado en B.O.P. de León de 7 de abril de 2.004), establece que "para los casos de muerte o invalidez permanente total o absoluta, derivados de accidente de trabajo del productor, la empresa garantizará a los herederos o al citado productor una indemnización por importe de 33.638,77 euros para el año 2003 y 34.647,93 para el año 2.004, concertando obligatoriamente a tal fin la póliza de cobertura correspondiente".

Cuarto

La empresa Transgranel Bierzo S.L., a través del Agente de Seguros D. Jesús Carlos , Agente afecto de la mercantil Catalana Occidente S.A. de Seguros y Reaseguros, concertó con efecto de 15 de junio de 2.001 póliza de Seguro de Accidentes Colectivos Laborales con la citada entidad aseguradora (póliza número 2724412-M).

La empresa Transgranel Bierzo S.L. dio expresamente instrucciones al...

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