SAP Madrid 177/2005, 14 de Abril de 2005
Ponente | MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO |
ECLI | ES:APM:2005:4165 |
Número de Recurso | 102/2005 |
Número de Resolución | 177/2005 |
Fecha de Resolución | 14 de Abril de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª |
D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZOD. EPIFANIO LEGIDO LOPEZD. RAMON RUIZ JIMENEZ
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19
MADRID
SENTENCIA: 00177/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION 19
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98
N.I.G. 28000 1 7001516 /2005
ROLLO: RECURSO DE APELACION 102 /2005
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 971 /2001
JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 61 de MADRID
Apelante/s: ORGANIZACIÓN DE CONSUMIDORES Y USUARIOS (OCU), TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A., UNI2 TELECOMUNICACIONES, S.A.U._
Procurador: JOSE LUIS FERRER RECUERO, JUAN ANTONIO GARCÍA SAN MIGUEL Y ORUETA
, ROBERTO ALONSO VERDU
SENTENCIA Nº 177
Ponente: Ilmo. Sr. D. MIGUEL ANGEL LOMBARDÍA DEL POZO
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. EPIFANIO LEGIDO LÓPEZ
D. RAMÓN RUIZ JIMÉNEZ
D. MIGUEL ANGEL LOMBARDÍA DEL POZO
En MADRID, a catorce de abril de dos mil cinco.
La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario 971/01, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 61 de Madrid y seguidos sobre acción en defensa de los intereses de consumidores y usuarios, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala 102/05, en el que han sido partes, como apelantes, ORGANIZACIÓN DE CONSUMIDORES Y USUARIOS (OCU), que estuvo representada por el Procurador Sr. Ferrer Recuero, TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A., representada por el Procurador Sr. García San Miguel y Orueta, y UNI2 TELECOMUNICACIONES, S.A.U., representada por el Procurador Sr. Alonso Verdu.
VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. MIGUEL ANGEL LOMBARDÍA DEL POZO, que expresa el común parecer de este Tribunal.
Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y
Con fecha 20 de julio de 2004 el Juzgado de 1ª Instancia nº 61 de Madrid, en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sra. Jiménez Muñoz en nombre y representación de Organización de Consumidores y Usuarios, D. Iván, D. Jose Augusto, D. Juan Ignacio, D. Benjamín, D. Gerardo, D. Octavio, D. Pedro Jesús, D. Victor Manuel, D. Emilio, D. Leonardo, Dª. Marisol, D. Jose Francisco, D. Juan Pedro, D. Claudio, D. Imanol, D. Rosendo, D. Luis Francisco, D. Augusto, D. Gaspar, Dª. Carmela, Dª. Luz, D. Sergio, D. Jesús Carlos, D. Bruno y D. Íñigo a la que se adhirieron la entidad Kardex Sistemas, S.A. representada por el Procurador de los tribunales Sr. Barragués Fernández y los usuarios Dª. Cristina, D. Luis Carlos, D. Antonio, D. Gustavo, Dª. Regina, D. Vicente, Dª. Begoña, D. Pedro Miguel, D. Enrique, D. Matías, Dª. Marta, D. Carlos Miguel, D. Cesar, D. Jorge, D. Jose Antonio, D. Miguel Ángel, D. Fermín, D. Rodrigo, D. Juan Antonio, D. Donato, D. Pablo, D. Jesus Miguel, D. Diego, D. Millán, D. Luis Pablo, Dª. Luisa, D. Domingo, D. Rafael, D. Juan Carlos, Dª. Amanda, D. Evaristo, D. Rogelio, Dª. Margarita, Dª. María Purificación, D. Benedicto, D. Lucio, Dª. Juana, D. Luis Enrique, Dª. María Inés, D. Federico, D. Silvio, D. Alejandro, Dª. Inmaculada, Dª. María Luisa, Dª. Esperanza, D. Luis, Dª. Sonia, Dª. Edurne, D. Pedro Francisco, D. Héctor, D. Carlos María, D. Cornelio, D. Roberto, D. Agustín, D. Juan, D. Jesús Luis, Dª. Alejandra, D. Gonzalo, D. Carlos Francisco, D. Esteban, D. Jose Ignacio, D. Casimiro, Dª. Mónica, Dª. Ariadna, Dª. Maribel, Dª. Asunción, D. Carlos Ramón, D. Everardo, D. Carlos Manuel, Dª. Rocío, D. Fidel, D. Luis Manuel, D. Germán, Dª. Estíbaliz, D. Juan Manuel, D. Jesús, D. Ángel Jesús, D. Miguel, Dª. Amelia, Dª. Magdalena, D. Braulio, D. Jose Ramón, D. Fernando, Dª. Clara, D. Juan Luis, Dª. Silvia, D. Mauricio, Dª. Flor, D. Constantino, D. Carlos Antonio, Dª. Amparo, Dª. Mercedes, D. Marcos, D. Bernardo, Dª. Estela, D. Juan Enrique, D. Sebastián, frente a Telefónica de España, S.A. representado por el Procurador Sr. García San Miguel y Orueta y Lince Telecomunicaciones, S.A., actualmente UNI2 Telecomunicaciones, S.A. representado por el Procurador Sr. Alonso Verdú:
-
- Debo declarar y declaro la ilegalidad de los servicios prestados a través de números con prefijo 906 en tanto que se refieran a servicios que con arreglo a la clasificación aprobada por la Comisión para la supervisión del servicio telefónico con tarificación adicional de 20 de enero de 1994 deban prestar a través de números con prefijo 903.
-
- Declarada tal ilegalidad, debo, en consecuencia declarar la ilegalidad de los servicios que han sido objeto de esta litis para cada uno de los afectados a que se refiere esta sentencia y que accedieron a los mismos.
-
- Debo declarar que se ha inducido a error a los usuarios que accedieron a dichos servicios a la hora de su contratación, viciando su consentimiento y causándoles perjuicios económicos, por lo que las codemandadas no son titulares de crédito alguno frente a los usuarios afectados.
-
- Debo declarar y declaro que de las postulaciones precedentes son responsables las codemandadas en aquella parte que les corresponde a la titularidad del prefijo 906 y de los servicios que a través del mismo se prestan.
-
- Debo condenar y condeno a la referida parte demandada a abonar las siguientes cantidades en los términos que se indican
A D. Iván 32,11 euros a cargo de Lince Telecomunicaciones.
A D. Jose Augusto 116,02 euros a cargo de Lince Telecomunicaciones y 60,82 euros a cargo de Telefónica de España.
A D. Juan Ignacio 91,55 euros a cargo de Lince Telecomunicaciones.
A D. Gerardo 159,80 euros a cargo de Lince Telecomunicaciones.
A D. Octavio 201,70 euros a cargo de Lince Telecomunicaciones.
A D. Pedro Jesús 20 euros con cargo a Lince Telecomunicaciones y 2.370,06 euros con cargo a Telefónica de España.
A D. Emilio 103,28 euros con cargo a Lince Telecomunicaciones.
A D. Leonardo 33,95 euros con cargo a Lince Telecomunicaciones y 339,21 euros con cargo a Telefónica de España.
A Dª. Marisol 648,38 euros con cargo a Lince Telecomunicaciones y 3,83 euros con cargo a Telefónica de España.
A D. Jose Francisco 35,48 euros con cargo a Telefónica de España.
A D. Juan Pedro 792,35 euros con cargo a Lince Telecomunicaciones y 4,35 euros con cargo a Telefónica de España.
A D. Claudio 1.533,08 euros con cargo a Telefónica de España.
A D. Imanol 326,55 euros con cargo a Telefónica de España.
A D. Gustavo, expediente nº NUM000, 1,42 euros con cargo a Lince Telecomunicaciones.
A Dª. Regina, expediente nº NUM001, 35,58 euros con cargo a Lince Telecomunicaciones y 242,74 con cargo a Telefónica de España.
A D. Vicente, expediente nº NUM002, 47,26 euros con cargo a Lince Telecomunicaciones.
A Dª. Begoña, expediente nº NUM003, 0,47 euros con cargo a Telefónica de España.
A Dª. Marta, expediente nº NUM004, 2.818,56 euros con cargo a Lince Telecomunicaciones y 112,91 euros con cargo a Telefónica de España.
A D. Carlos Miguel, expediente nº NUM005, 18,76 euros con cargo a Lince Telecomunicaciones y 724,85 euros con cargo a Telefónica de España.
A D. Jose Antonio, expediente nº NUM006, 66,36 euros con cargo a Telefónica de España.
A D. Miguel Ángel, expediente nº NUM007, 15,69 euros con cargo a Lince Telecomunicaciones y 851,03 euros con cargo a Telefónica de España.
A D. Rodrigo, expediente nº NUM008, 244,19 euros con cargo a Telefónica de España.
A D. Donato, expediente nº NUM009, 25,60 euros con cargo a Telefónica de España.
A D. Pablo, expediente nº NUM010, 120,08 con cargo a Lince Telecomunicaciones y 1,59 euros con cargo a Telefónica de España.
A D. Luis Manuel, expediente nº NUM011, 9,29 euros con cargo a Lince Telecomunicaciones y 117,14 euros con cargo a Telefónica de España.
A D. Millán, expediente nº NUM012, 737,54 euros con cargo a Lince Telecomunicaciones.
A D. Luis Pablo, expediente nº NUM013, 48,41 euros con cargo a Lince Telecomunicaciones.
A D. Juan Carlos, expediente nº NUM014, 397,06 euros con cargo a Lince Telecomunicaciones.
A Dª. Amanda, expediente nº NUM015, 1.335,87 euros con cargo a Lince Telecomunicaciones y 1,93 euros con cargo a Telefónica de España.
A D. Lucio, expediente nº NUM016, 3.663,74 euros con cargo a Lince Telecomunicaciones y 7,48 euros con cargo a Telefónica de España.
A Dª. Estíbaliz, expediente nº NUM017, 0,17 euros con cargo a Lince Telecomunicaciones y 329,67 euros con cargo a Telefónica de España.
A D. Luis Enrique, expediente nº NUM018, 2.311,01 euros con cargo a Telefónica de España.
A D. Carlos Ramón, expediente nº NUM019, 196,78 euros con cargo a Lince Telecomunicaciones.
A D. Luis Manuel, expediente nº NUM020, 262,44 euros con cargo a Telefónica de España.
Todas estas cantidades se verán incrementadas con los intereses legales desde la interposición de la demanda o desde la fecha de la adhesión en sus respectivos casos.
-
- La presente sentencia deberá afectar a todos aquellos usuarios que no habiendo demandado inicialmente, ni habiéndose adherido a la acción entablada, acrediten haber realizado llamadas a números de teléfono con prefijo 906 que presten servicios que con arreglo a la clasificación aprobada por la Comisión para la supervisión del servicio telefónico con tarficación adicional de 20 de enero de 1994 deban prestar a través de números con prefijo 903.
Este derecho es extensivo a quienes se hayan conectado a internet a través de dichos números. En cualquier caso deberán acreditar el servicio prestado por dicho número y haber pagado la factura con indicación del importe satisfecho.
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- Debo condenar y condeno a Telefónica de España, S.A. a restablecer inmediatamente y de modo...
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