STSJ Castilla y León 664/2009, 4 de Noviembre de 2009

PonenteCARLOS JOSE COSME MARTINEZ TORAL
ECLIES:TSJCL:2009:6568
Número de Recurso549/2009
Número de Resolución664/2009
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 00664/2009

RECURSO DE SUPLICACION Num.: 549/2009

Ponente Ilma. Sra. Dª. Carlos Martínez Toral

Secretaría de Sala: Sra. Carrero Rodríguez

SALA DE LO SOCIAL

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE

CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS

SENTENCIA Nº: 664/2009

Señores:

Ilm. Sr. D. Carlos Martínez Toral

Presidente Acctal.

Ilmo. Sr. D. José Luis Rodríguez Greciano

Magistrado

Ilmo. Sr. D. Santiago Ezequiel Marqués Ferrero

Magistrado

En la ciudad de Burgos, a cuatro de Noviembre de dos mil nueve.

En el recurso de Suplicación número 549/2009 interpuesto por DOÑA Otilia , frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Burgos en autos número 253/2009 seguidos a instancia de la recurrente, contra CORTEFIEL S.A. y el FONDO DE GARANTIA SALARIAL , en reclamación sobre Despido. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. Don Carlos Martínez Toral que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 28 de Mayo de 2009 cuya parte dispositiva dice: "Que desestimando como desestimo la demanda interpuesta por Doña Otilia contra Cortefiel SA y FOGASA, debo declarar y declaro la procedencia del despido de la demandante, absolviendo a la demandada de los pedimentos de la demanda".

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes: PRIMERO.-La demandante, Doña Otilia , ha venido prestando servicios por cuenta de la empresa demandada desde el 1/10/1972 con categoría de vendedora mayor de 25 años y salario mensual de 1.894,33 #, incluido prorrateo de pagas extras, habiendo percibido en 2008 1.017,54 #/mes por salario base, 202,90 #/mes por antigüedad, 87,17 #/mes por beneficios, 1.210 # por paga extra de verano, 1.307,61 # por paga extra de Navidad, 75 # por "gratificación captación", 306,52 y 92,56 # por "gratificaciones varias", 2.925 # por comisiones, 1.124 # por captación socios club y 2.527,21 # por atrasos. En el finiquito elaborado a fecha 30/1/2009 se le descontaron 1.456,76 # por anticipo nomina.- SEGUNDO.- La empresa está asociada al programa de puntos Turyocio, por el que cada vez que un cliente adquiere una prenda puede presentar su tarjeta de dicho programa, perteneciente a la mercantil Programa Multi Sponsor SA -en lo sucesivo PMS SA- (de la que es accionista Cortefiel SA) y acumular puntos que posteriormente puede canjear gratuitamente por los premios que se ofrecen.- En las condiciones generales de Turyocio, de las que disponía la actora, se establece que "la tarjeta es de carácter familiar ... El titular puede solicitar tarjetas adicionales para otros miembros de su unidad familiar", "los Turys no son en ningún modo transferibles ni negociables", siendo el titular "depositario y usuario" de la tarjeta "y responsable de su correcta utilización". "PMS se reserva el derecho a cancelar la cuenta de Turys, anular el saldo, retirar la tarjeta y exigir las responsabilidades pertinentes al titular que realice un uso indebido o fraudulento a través de la tarjeta, así como de los Turys, o incumpla las presentes condiciones generales"- La adhesión de Cortefiel SA a dicho programa de fidelizacion conlleva para la primera un coste económico de 0,013523 # por cada punto anotado por compras, que se factura mensualmente.- TERCERO.- La demandante es titular de la tarjeta Turyocio nº NUM000 , dato que fue conocido por la empresa previa suscripción con PMS SA de un contrato de cesión de datos en fecha 2/1/2008 con fines de control de fraude en el uso de, entre otras, la citada tarjeta.- En auditoria interna realizada el 13/1/2009 sobre posibles irregularidades detectadas en la sucursal de Cortefiel SA en Burgos en la utilización de la tarjeta Turyocio de la que es titular la actora en el periodo 1/11/08 a 31/12/08 se comprobó que se había imputado a dicha tarjeta un total de 41 operaciones que suponían un gasto de 9.424,58 #, de las que 38 eran ventas y 3 devoluciones (tickets NUM001 , NUM002 y NUM003 ), sin que en estas ultimas hubiese devuelto los puntos Turyocio pese a que la compra finalmente no se había realizado. En todas estas operaciones la demandante pasó su tarjeta mientras que la tarjeta de empleado, por la que tenía derecho a descuento sobre la compra, la pasó en dos ocasiones. Tales operaciones son las siguientes:

TARJETA NUM000

Fecha Nº Usos Importe total

20081106 1 32,42

20081107 2 906,67

20081108 3 194,09

20081113 1 129,00

20081118 1 250,00

20081119 1 105,00

20081126 2 277,97

20081128 2 533,11

20081129 4 2.397,46

20081202 3 362,8020081203 6 356,68

20081204 2 42,38

20081210 1 158,30

20081212 1 129,80

20081213 3 354,40

20081215 1 235,00

20081220 1 2.692,50

20081223 1 64,50

20081226 2 99,20

20081229 1 39,90

20081231 2 63,40

TOTALES 41 9.424,58

De estas 38 ventas, en 19 casos los titulares de las tarjetas Club Cortefiel carecen de apellidos coincidentes con los de la actora, siendo su importe total de 8.239,48 #. Estos casos son los siguientes:

Fecha Nº ticket Importe Tarjeta Club

20081107 50424 817,50 NUM004

20081129 18385 109,21 NUM004

20081129 18429 2.288,25 NUM005

20081210 52072 158,30 NUM006

20081226 19820 59,50 NUM007

20081202 18651 59,80 NUM008

20081126 18144 156,82 NUM009

20081212 19068 129,80 NUM010

20081202 51701 104,00 NUM011

20081203 18682 139,60 NUM012

20081220 19487 2.692,50 NUM012

20081215 19184 235,00 NUM013

20081108 17404 111,75 NUM014

20081202 18658 199,00 NUM015

20081203 18679 85,80 NUM015

20081204 51856 79,80 NUM016

20081126 51122 121,15 NUM01720081128 18266 506,20 NUM018

20081213 19133 185,50 NUM019

8.239,48

En el mes de noviembre 08 el estado de compras correspondiente a los puntos imputados a la tarjeta Turyocio era de 4.870 #.- CUARTO.- La actora es igualmente titular de la tarjeta Club Cortefiel NUM020 . Con dicha tarjeta su titular puede abonar sus compras como si se tratase de una tarjeta de débito obteniendo 13,33 puntos por cada 1 # de compra, por los que la empresa le remite cheques regalo con los que puede pagar prendas en las tiendas de Cortefiel SA. Igualmente el titular puede pasar la tarjeta Club Cortefiel para que se le impute una compra realizada con otro medio de pago. Periódicamente el titular es informado de los puntos acumulados y de las compras realizadas con la tarjeta.- En el Manual de Formación sobre la Tarjeta Club Cortefiel se destaca en negrita que la tarjeta es personal e intransferible y por lo tanto no puede ser entregada o prestada a nadie para ser utilizada como pago o acumulación de puntos, y que los puntos son personales e intransferibles. Así mismo se indica que los puntos acumulados se obtienen tanto por las compras del titular como las de sus beneficiarios (la actora no tiene adjudicado beneficiario). Esta normativa se encuentra en la intranet de la empresa.- En correo electrónico remitido por la empresa a jefes de venta el 6/11/2008 se señalaba que "dado que se están repitiendo casos en varias sucursales de Cortefiel y PdH, os volvemos a recordar que esta totalmente prohibido pasar la tarjeta Club Cortefiel como medio de pago o como Fidelizacion para la acumulación de puntos a cualquier persona que no se identifique como titular de la misma con su Documento Nacional de Identidad o Tarjeta de Residente. La tarjeta es personal e intransferible y por lo tanto no puede ser entregada o prestada a nadie para ser utilizada como pago o acumulación de puntos"- QUINTO.- En fecha 25/1/2009 se elaboró ampliación al informe de la auditoria antes referida al constatarse que existían distintas operaciones pagadas con diferentes tarjetas de crédito VISA no pertenecientes a la actora en las que se pasaba su tarjeta Club Cortefiel para acumular puntos Cortefiel. En concreto, tales operaciones son las siguientes:

Día cj tck Tarjeta Medio de pago Imp

03/03/2008 1 NUM021 NUM020 TARJETA VISA 29,92

10/10/2008 1 NUM022 NUM020 TARJETA VISA 89,76

17/10/2008 1 NUM023 NUM020 TARJETA VISA 81,00

28/10/2008 3 NUM024 NUM020 TARJETA VISA 37,42

05/11/2008 1 NUM025 NUM020 TARJETA VISA 111,75

05/11/2008 1 NUM026 NUM020 TARJETA VISA 86,25

06/11/2008 1 NUM027 NUM020 TARJETA VISA 29,92

06/11/2008 1 NUM028 NUM020 TARJETA VISA 82,34

06/11/2008 1 NUM029 NUM020 TARJETA VISA 44,92

06/11/2008 1 NUM030 NUM020 TARJETA VISA 37,42

06/11/2008 3 NUM031 NUM020 TARJETA VISA 41,17

07/11/2008 1 NUM032 NUM020 TARJETA VISA 89,17

08/11/2008 1 NUM033 NUM020 TARJETA VISA 82,34

08/11/2008 1 NUM034 NUM020 TARJETA VISA 56,25

13/11/2008 1 NUM035 NUM020 TARJETA VISA 142,49

19/11/2008 1 NUM036 NUM020 TARJETA VISA 105,0025/11/2008 1 NUM037 NUM020 TARJETA VISA 17,91

28/11/2008 1 NUM038 NUM020 TARJETA VISA 90,00

29/11/2008 3 NUM039 NUM020 TARJETA VISA 72,82

02/01/2009 1 NUM040 NUM020 TARJETA VISA 199,00

02/01/2009 1 NUM041 NUM020 TARJETA VISA 29,90

21 1.466,92

La totalidad de esta compra supone 19.554 puntos por los que se ha remitido a la actora los correspondientes cheques regalo que ha canjeado por compras en las siguientes fechas y cuantías:

Nº TALON F.FACT. F.CAD. F.SITU. PUNTOS SITUACION TIENDA

NUM042 15/01/2009 15/04/2009 20/01/2009 6.000 Emitido

NUM043 15/12/2008 15/03/2009 19/12/2008 7.000 Emitido

NUM044 15/11/2008 15/02/2009 13/01/2009 20.000 Canjeado 256

NUM045 15/10/2008 15/01/2009 06/11/2008 1.000 Canjeado 256

NUM046 15/09/2008 15/12/2008 03/10/2008 1.000 Canjeado 256

NUM047 15/08/2008 15/11/2008 28/08/2008 1.000 Canjeado 256

NUM048 15/07/2008 15/10/2008 29/07/2008 2.000 Canjeado 256

NUM049 15/04/2008 15/07/2008 15/07/2008 7.000 Canjeado 256

NUM050 15/03/2008 15/06/2008 15/06/2008 1.000 Canjeado 256

SEXTO

En años previos se han realizado auditorias en la empresa sin que se...

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