STSJ Cataluña 5410/2006, 13 de Julio de 2006

PonenteLUIS JOSE ESCUDERO ALONSO
ECLIES:TSJCAT:2006:7125
Número de Recurso1548/2006
Número de Resolución5410/2006
Fecha de Resolución13 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 5410/2006

En el recurso de suplicación interpuesto por Juan Alberto frente a la Sentencia del Juzgado Social 4 Barcelona de fecha 22 de diciembre de 2005 dictada en el procedimiento nº 760/2005 y siendo recurrido Quiral, S.A.. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 27.10.05 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 22 de diciembre de 2005 que contenía el siguiente Fallo:

"Que DESESTIMANDO la demanda interpuesta por el Sr. Juan Alberto contra QUIRAL, S.A., ABSUELVO a la parte demandada de las pretensiones contra ella ejercitadas, declarando que no existió despido, sino extinción por fin de contrato en período de prueba. Sin expresa condena en costas."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - El Sr. Juan Alberto , mayor de edad, con N.I.E. NUM000 , trabajó para la empresa QUIRAL, S.A.mediante un contrato de duración determinada, eventual por circunstancias de la producción, suscrito el día 22-8-05, con fecha de finalización indicada en el contrato de 21-11- 05, con categoría profesional de Mozo y salario de 879,00 euros brutos mensuales, con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias.

  2. - Se pactó un período de prueba de un mes, que finalizaba el 21-9-05 .

  3. - El día 13-9-05 inició situación de incapacidad temporal que finalizó el día 24-9-05.

  4. - El día 19-9-05 la empresa dirigió un telegrama al trabajador comunicándole la extinción de su relación laboral con fecha de 20-9-05 por no superación del período de prueba, telegrama que no fue recogido por el trabajador hasta el día 18-10-05.

  5. - El trabajador dirigió telegrama a la empresa en fecha 5-10-05 pidiendo la confirmación por escrito de despido verbal de 19-9-05.

  6. - El día 7-10-05 se solicitó la celebración de conciliación ante el SCI, que tuvo lugar el día 25-10-05, con el resultado de "sin efecto".

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por el trabajador demandante en los presentes autos se interpone recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social que desestimó su pretensión consistente en que se declarase como despido improcedente el presunto despido verbal de que fue objeto el día 19 de septiembre de 2.005, estimando la sentencia que el contrato de trabajo se extinguió el día 20 de septiembre de 2.005 , por no superación del periodo de prueba pactado entre las partes que finalizaba el siguiente día 21 de septiembre. El presente recurso de suplicación ha sido impugnado por la empresa demandada que solicita la confirmación de la sentencia recurrida.

SEGUNDO

Aun cuando el trabajador recurrente los hace figurar en segundo término, por esta Sala de lo Social se analizan en primer lugar aquellos motivos de recurso que al amparo del apartado b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , pretenden la modificación de los hechos declarados probados de la sentencia recurrida, que son los siguientes:

1)Del hecho declarado probado primero para que se haga constar que su salario es de 998,44 euros brutos mensuales, con inclusión de la prorrata de pagas extraordinarias.

2)Para que se añada un nuevo hecho probado que deberá enumerarse como quinto, con él siente redactado: "La encargada de la tienda donde prestaba servicios el Sr. Juan Alberto notificó de forma verbal al mismo el día 19/9/05, cuando éste compareció para la entrega del parte de baja, que había sido despedido y que recibiría una carta por correo desde Madrid".

3)Para que se modifique el hecho...

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