SAP Cantabria 472/2005, 25 de Octubre de 2005

PonenteBRUNO ARIAS BERRIOATEGORTUA
ECLIES:APS:2005:1967
Número de Recurso286/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución472/2005
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª

SENTENCIA NÚM. 472/05

Iltmo. Sr. Presidente:

Don Miguel Carlos Fernández Díez.

Iltmos. Sres. Magistrados:

Don Bruno Arias Berrioategortúa.

Doña Milagros Martínez Rionda.

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En la Ciudad de Santander a veinticinco de octubre de dos mil cinco.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de modificación de medidas definitivas, número 709 de 2004, Rollo de Sala número 286 de 2005, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Nueve de los de Santander , seguidos a instancia de D. Luis Antonio contra Dª Elena , habiendo intervenido el Ministerio Fiscal.

En esta segunda instancia ha sido parte apelante D. Luis Antonio , representado por la Procuradora Sra. Castanedo Galán y asistido por la Letrada Sra. Merino Peña; parte apelada-impugnante Dª Elena , representada por la Procuradora Sra. Moreno Rodríguez y asistida por la Letrada Sra. Ortiz Calzado; y también parte apelada el Ministerio Fiscal.

Es ponente de esta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado Don Bruno Arias Berrioategortúa.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Iltma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Nueve de los de Santander y en los autos ya referenciados, se dictó Sentencia con fecha 29 de septiembre de 2004 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:"FALLO: Que estimo en parte la demanda y efectúo la siguiente modificación: Se atribuye al padre la guarda y custodia del hijo menor.- La madre tendrá un régimen de visitas de fines de semana alternos y mitad de períodos vacacionales así como dos tardes laborables a la semana los días más convenientes para el hijo y los padres.- No hay atribución de uso de la vivienda familiar.- La madre pasará una pensión alimenticia idéntica a la que venía pasando el padre.- No ha lugar a la imposición de costas".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia la representación de la parte actora interpuso recurso de apelación y por la representación de la esposa se formuló impugnación, todo lo cual fue admitido a trámite por el Juzgado; y una vez finalizado, se remitieron las actuaciones a la Iltma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, habiendo correspondido por turno de reparto a esta Sección Segunda, donde se tramitó el correspondiente rollo de sala y se señaló para la deliberación y fallo del recurso el día de hoy.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, excepto el plazo...

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