STSJ Canarias 274/2006, 17 de Marzo de 2006

PonenteJUAN JOSE RODRIGUEZ OJEDA
ECLIES:TSJICAN:2006:1339
Número de Recurso965/2005
Número de Resolución274/2006
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Social

En Las Palmas de Gran Canaria , a 1 7 de Marzo de 2006 La Sala de lo Social del Tribunal

Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS formada por los Iltmos. Sres D./Dña. Humberto Guadalupe Hernández Presidente, D./Dña. Mª Jesús García Hernández y D./Dña. Juan José Rodríguez Ojeda (Ponente) Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Jose María , Urbaser S. A. y Mancomunidad de Ayuntamientos del Norte de Gran Canaria contra sentencia de fecha 8 de marzo de 2005 dictada en los autos de juicio nº 406/2004 en proceso sobre DESPIDO , y entablado por D./Dña. Jose María , contra URBASER,S.A., AYUNTAMIENTO DE AGAETE, AYUNTAMIENTO DE FIRGAS, AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE GUÍA, RES ROBASA, S.L., MANCOMUNIDAD DE AYUNTAMIENTOS DEL NORTE DE GRAN CANARIA Y EL FONDO DE GARANTÍA SALARIAL .

El Ponente, el Iltmo./a Sr./a. D./Dña. Juan José Rodríguez Ojeda , quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

PRIMERO

Que el actor, D. Jose María , con D.N.I. nº NUM000 , ha venido trabajando por cuenta y bajo dependencia de la empresa demandada Urbaser, S.A. (C.I.F. Nº A- 79/524054), desde el 1 de abril de 2003, con la categoría profesional de peón, percibiendo un salario día prorrateado de 28,38 euros, y no habiendo ostentado en el último año la condición de representante legal o sindical de los trabajadores.

SEGUNDO

Que en fecha 2 de mayo de 2001 la Excma. Mancomunidad de Ayuntamientos del Norte de Gran Canaria y la empresa Ch Scheele International Ents (C.I.F. B-0042065-C), suscriben documento de ampliación del contrato administrativo de prestación de servicios de recogida selectiva de residuos en los Municipios de Agaete, Firgas, Gáldar, Moya, Santa María de Guía, Teror y Valleseco. Posteriormente suscriben un documento, addenda del citado contrato administrativo de fecha 15 de enero de 2002, para incorporar al mismo al municipio de San Nicolás de Tolentino (hoy La Aldea) .

TERCERO

Que en fecha 12 de noviembre de 2001 se suscribe Convenio de Colaboración, para la recogida de residuos urbanos en la Mancomunidad de Ayuntamientos del Norte de Gran Canaria entre los municipios de Agaete, Firgas, Gáldar, Moya, Santa María de Guía, Teror y Valleseco, y la propia Mancomunidad de Ayuntamientos del Norte de Gran Canaria, y en el cual se acuerda, entre otros extremos, los siguientes:

  1. - Una duración inicial de ocho (8) años; (estipulación tercera); 2.- Las causas de resolución del mismo (estipulación sexta);

  2. - La constitución de una Comisión Mixta de seguimiento de control del citado convenio (estipulación séptima).

CUARTO

Que el actor suscribió el 31 de marzo de 2003 contrato de trabajo de duración determinada con la empresa Ch Scheele International Ents, y fue prorrogado en fecha 1 de julio de 2003 (folios números 507, 508 y 509 de las actuaciones).

QUINTO

Que la Excma. Mancomunidad de Ayuntamientos del Norte de Gran Canaria acuerda, en Junta Plenaria de fecha 19 de diciembre de 2003, la declaración de emergencia de la contratación del servicio de recogida de residuos y su adjudicación provisional a la demandada Urbaser, S.A. y con efectos a partir del 22 de diciembre de 2003; y a cuyo fin remite a ésta última el listado del personal que venía prestando servicios para Ch Scheele International Ents y constando el actor en la citada relación.

SEXTO

Que en fecha 6 de agosto de 2004 se reúnen, sin que conste la convocatoria y el orden del día correspondientes, en la sede de la Mancomunidad de Ayuntamientos del Norte de Gran Canaria, los señores Alcaldes de Valleseco (Presidente), Moya, Teror, Santa María de Guía, y el Primer Teniente de Alcalde de Artenara, y no asistiendo a la misma los Alcaldes de Agaete y de Firgas. Y en dicha reunión se acuerda por unanimidad la asignación de personal a los Ayuntamientos de Agaete, Firgas y Moya en los términos siguientes:

  1. Agaete: Miguel , chófer. Luis Andrés , peón. Carlos , Sub-encargado;

  2. Firgas: Luis , chófer. Jose María , peón. Luis Enrique , auxiliar administrativo. Julia , peona

  3. Moya: Diego , chófer. Oscar , peón. Jesús Carlos , peón. Blanca , peón. Fernando , encargado.

Asimismo se acuerda que los municipios de Artenara, Santa María de Guía, San Nicolás de Tolentino, Teror y Valleseco se harían cargo del resto del personal que figuraba en la lista remitida por Urbaser, S.A. a los Alcaldes.

SÉPTIMO

Que en la Junta Plenaria de la Mancomunidad demandada de fecha 6 de septiembre de 2004 se adoptan, entre otros acuerdos, los siguientes:

  1. -Aceptan el contenido de los acuerdos plenarios de los Ayuntamientos de la Villa de Agaete (12 de agosto de 2004), de la Villa de Moya (20 de agosto de 2004) y de la villa de Firgas (6 de septiembre de 2004); en lo relativo a la aprobación del Rescate del Servicio de Recogida de Residuos cedido a la citada Mancomunidad en los años 2000 y 2001 y con efectos a partir del 8 de septiembre de 2004.

  2. - Transferir a los Ayuntamientos de Agaete, Firgas y Moya los contenedores de recogida selectiva de envases y residuos situados en su término municipal....

OCTAVO

Que en fecha 24 de septiembre de 2003 el Ayuntamiento de la Villa de Firgas presenta escrito ante la Mancomunidad de Ayuntamientos del Norte de Gran Canaria por el que solicita que se dictara resolución por la que se diera por resuelto el contrato suscrito y revirtiera dicho servicio en dicha Administración; y reiterándolo mediante escrito de fecha 13 de octubre de 2003.

NOVENO

Que la empresa Res Robasa, S.L. inició la ejecución del servicio de R.S.U., selectiva, papel y cartón en el municipio de Firgas en fecha 28 de octubre de 2003.

DÉCIMO

Que el Ayuntamiento de Firgas realizó, el 5 de mayo de 2003, el último pago a la Mancomunidad de Ayuntamientos del Norte de Gran Canaria en concepto de los servicios de Recogida de Residuos del mes de abril de 2003 y por importe de 7.763,50 euros.

DÉCIMOPRIMERO

Que en la Asamblea de Concejales celebrada el 14 de octubre de 2002 se aprueba la modificación de los Estatutos de la Mancomunidad de Ayuntamientos del Norte de Gran Canaria entre cuyos artículos destacan a los efectos de este procedimiento los siguientes:

"Articulo 3º: Fines, recogida, Tratamiento y Gestión de residuos..."; "Artículo 5º; el Gobierno y Administración de la Mancomunidad estarían a cargo del siguiente órgano:

  1. La Junta Plenaria

  2. la Comisión de Gobierno

  3. El Presidente y Vicepresidente

  4. El Gerente

  5. El Secretario, El Interventor y el Tesorero.

"Artículo 6º: La Jura Plenaria"

"Artículo 8ª: De la Junta Plenaria. Son atribuciones de la Junta Plenaria las siguientes."

"Artículo 9: De la Comisión de Gobierno.

La Comisión de Gobierno integrada por los Alcaldes de los Ayuntamientos ejercerá sus atribuciones y ajustará su funcionamiento a las normas de régimen local, relativas a la misma. Se reunirá una vez al mes con carácter ordinario y extraordinario siempre que lo estime el Presidente o lo solicite al menos un tercio de los miembros (...)

Las funciones de la Comisión de gobierno serán las que la Junta Plenaria les delegue..." .

DÉCIMOSEGUNDO

Que por Acuerdo de fecha 18 de junio de 2004 de la Junta Plenaria de la Mancomunidad de Ayuntamientos del Norte de Gran Canaria se adopta la decisión de aprobar la resolución del contrato de prestación del Servicio de recogida de residuos sólidos urbanos y recogida selectiva de la Mancomunidad del Norte de Gran Canaria con la Entidad Mercantil Ch. Scheele International ENTS.

DÉCIMOTERCERO

Que la empresa demandada Res Robasa, S.L. viene ejecutando, desde el 9 de septiembre de 2004, los servicios de recogida de residuos sólidos en el municipio de la Villa de Agaete.

DÉCIMOCUARTO

Que la empresa Urbaser, S.A., en fecha 7 de septiembre de 2004 expide carta dirigida al actor y cuyo tenor literal dispone: "Con fecha 7 de septiembre de 2004 se nos ha comunicado por la Mancomunidad de Ayuntamientos del Norte de Gran Canaria que los Ayuntamientos de Agaete, Moya y Firgas dejan de pertenecer a esa Mancomunidad en cuanto a la gestión del servicio de recogida de basura, que se pasa a gestionar por los citados Ayuntamientos a partir del 9 de Septiembre de 2004. desconociendo si el mismo será prestado por el propio Ayuntamiento o por otra empresa privada o pública.

Como quiera que la referida Mancomunidad de Ayuntamientos del Norte de Gran Canaria nos ha comunicado la asignación del personal a cada uno de los Ayuntamientos que se desmarcan del servios de recogida de basura, y dado que usted figura en esa lista que además le corresponde por haber prestado servicios en ese municipio, le comunicamos que usted pasará subrogado a partir del 9 de septiembre de 2004 al Ayuntamiento de Firgas al reunir los requisitos necesarios para ser subrogado, todo ello con objeto de dar cumplimiento a la asignación realizada por la Mancomunidad y conforme a lo dispuesto en la normativa legal en vigor, al reunir los requisitos convencionales, lo que ponemos en su conocimiento a los efectos oportunos y a fin de que se persone en el Ayuntamiento de Firgas a partir del 9 de Septiembre de 2004.

DÉCIMOQUINTO

Que en fecha 14 de septiembre de 2004, la empresa Urbaser, S.A. remite burofaxes a los Ayuntamientos de las Villas de Agaete y Firgas, haciéndoles saber que debían recoger y subrogar los trabajadores en ellos indicados y señalándoles que la...

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