STSJ Andalucía 734/2007, 2 de Abril de 2007

PonenteFRANCISCO JAVIER VELA TORRES
ECLIES:TSJAND:2007:5468
Número de Recurso31/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución734/2007
Fecha de Resolución 2 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación interpuesto por INIMA. Servicios Europeos de Medio Ambiente contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número nueve de Málaga, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Juan María sobre cantidad siendo demandado INIMA. Servicios Europeos de Medio Ambiente habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 27 de junio de 2006 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. -Que el actor don Juan María , mayor de edad, presta servicios pro cuenta de la empresa Inima Servicios Europeos Medio Ambiente S.A. desde el 6/10/93 con la categoría profesional de oficial 3º y una remuneración mensual actual de 638,58 € mas 249,72 € .

  2. - Que al actor no se le abona el plus de toxicidad, penosidad y peligrosidad.

  3. - El convenio provincial de aguas de Málaga de 1991 prevé el abono de plus de toxicidad, penosidad y peligrosidad.4.- El actor reclama en concepto de plus de penosidad, peligrosidad y toxicidad la suma de 638,556 euros por el período septiembre a diciembre de 2001.

  4. - La demanda de conciliación es de fecha 27/09/02 habiéndose celebrado la conciliación en el CMAC el 27/09/02 con el resultado de intentado sin efecto.

  5. - La demanda es de afectación general a los efectos del art. 189 L.P.L.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció Recurso de Suplicación la parte demandada, recurso que formalizó, siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Que contra la sentencia de instancia que estima la demanda en reclamación de cantidad promovida por el actor y condena a la empresa demandada a abonarle la suma de 638,56 euros, en concepto de plus de penosidad, toxicidad y peligrosidad devengado durante el período de tiempo comprendido entre los meses de septiembre y diciembre del año 2001, interpone recurso de suplicación la representación de la empresa demandada formulando un único motivo, al amparo de lo dispuesto en el apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , para denunciar la infracción del artículo 3.1, apartados a) y b) del Estatuto de los Trabajadores , artículo 5 del Laudo Arbitral por el que se establecen las condiciones de trabajo para las industrias de captación, elevación, conducción, tratamiento y distribución del agua y artículo 4 del Convenio Provincial para las empresas de Aguas de la provincia de Málaga para el período 1991-92. El actor reclama en el presente procedimiento el abono del plus de toxicidad, penosidad y peligrosidad y establecido en el artículo 29 del Convenio Provincial de Aguas de Málaga para el período 1991-92 ; alegando la empresa recurrente...

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