SAP Baleares 253/2006, 29 de Mayo de 2006

PonenteSANTIAGO OLIVER BARCELO
ECLIES:APIB:2006:1263
Número de Recurso95/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución253/2006
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 5ª

SENTENCIA Nº 253

Ilmo. Sr. Presidente Actal:

D. MARIANO ZAFORTEZA FORTUNY

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. SANTIAGO OLIVER BARCELÓ

D. JAUME MASSANET I MORAGUES

En PALMA DE MALLORCA, a veintinueve de mayo de dos mil seis.

VISTOS por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos, de Juicio de Incapacidad, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Inca, bajo el Número 523/02 , Rollo de Sala Número 95/06, entre partes, de una como demandado-apelante D. Íñigo , representado por el Procurador Sr. Jesús Molina Romero y defendido por el Letrado Sr. Miguel Ferrer Rigo; y de otra como actora-apelada Dª. Almudena , representada por el Procurador Sr. Gaspar Rul.lan Castañer y defendida por el Letrado Sr. Vicente Autonell Aebi, siendo parte en este trámite el Ministerio Fiscal.

ES PONENTE el Ilmo. Sr. D. SANTIAGO OLIVER BARCELÓ

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo./a Sr./Sra. Juez, del Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Inca en fecha 15 de septiembre de 2004, se dicto sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Estimándose parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Dª Juana María Serra Llull, en nombre y representación de Dª Almudena , se declara a Íñigo , en total incapacitación para gobernarse por si mismo y administrar sus bienes. Acordando la rehabilitación de la patria potestad, asumiendo la guarda y custodia Dª Almudena ".

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia y por la representación de la parte demandada, se interpuso recurso de apelación y seguido el recurso por sus trámites se celebró vista en fecha 22 de mayo del corriente año, con asistencia de los letrados de las partes, informando en voz en dicho acto en apoyo desus respectivas pretensiones, quedando el recurso concluso para Sentencia.

TERCERO

Que en la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Formulada demanda sobre incapacitación para regir persona y bienes y sobre rehabilitación de la patria potestad a favor de Dª Almudena , madre de D. Íñigo , con intervención del Ministerio Fiscal, fue opuesta en parte por D. Íñigo y tras la audiencia de los parientes próximos, la exploración del presunto incapaz, y de practicar las pruebas propuestas y admitidas, aquélla fue parcialmente estimada en la instancia por Sentencia de fecha 15-septiembre-2004 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Estimándose parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Dª Juana María Serra Llull, en nombre y representación de Dª Almudena , se declara a Íñigo , en total incapacitación para gobernarse por si mismo y administrar sus bienes. Acordando la rehabilitación de la patria potestad, asumiendo la guarda y custodia Dª Almudena "; contra cuya resolución se alza la representación procesal del Sr. Íñigo , alegando que la contraparte pretende unos pronunciamientos que le posicionen mejor en un procedimiento de modificación de las medidas de divorcio y que procede otorgar un régimen de visitas en favor del padre en tanto se ha otorgado la guarda y custodia del hijo a la madre, concretamente un día a la semana, desde las 10 h a las 20 h.

La parte actora se opone al recurso formalizado de adverso alegando que en el proceso de incapacitación no cabe pronunciarse sobre régimen de visitas alguno, en cuanto está vigente el acordado en la Sentencia de divorcio y ha resultado incumplido por el padre, siendo otro el pronunciamiento adecuado a tal fin, e interesa la íntegra confirmación de la resolución recurrida; al igual que el Ministerio Fiscal en su informe de fecha 10-agosto-2005.

Este tribunal ha practicado, en esta alzada, la pericial médica-forense, explorando el presunto incapaz, y oído a sus padres y a su hermana, con el resultado que se recoge en soporte audiovisual, y requerido a las partes para que se pronunciaran sobre la posibilidad y la conveniencia de establecer un régimen de visitas.

SEGUNDO

Respecto de la incapacitación total, instada por la madre frente a Íñigo , ha quedado indiscutida, por reconocida a través de los distintos informes médicos, pericial y exploración directa del presunto incapaz, en los ámbitos de regir la persona y de administrar bienes, en...

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