SAP La Rioja 75/2011, 14 de Marzo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución75/2011
Fecha14 Marzo 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LOGROÑO

SENTENCIA: 00075/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA RIOJA

LOGROÑO

Sección 001

Domicilio : VICTOR PRADERA 2

Telf : 941296484/486/489

Fax : 941296488

Modelo : SEN010

N.I.G.: 26089 37 1 2010 0100482

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000580 /2010

Juzgado procedencia : JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de LOGROÑO

Procedimiento de origen : MODIFICACION DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO 0001543 /2009 RECURRENTE : Enma

Procurador/a : ANA ROSA RAMIREZ MARIN

Letrado/a : ESTEBAN RUBIO OCHOA

RECURRIDO/A : Fausto, MINISTERIO FISCAL MINISTERIO FISCAL

Procurador/a : JOSE TOLEDO SOBRON,

Letrado/a : BEATRIZ OLMEÑO LOPEZ,

S E N T E N C I A Nº 75 DE 2011

Ilmos/as. Sres/as.

Magistrados/as:

Dª CARMEN ARAUJO GARCÍA

D. RICARDO MORENO GARCÍA

Dª BEATRIZ SÁENZ DE JUBERA HIGUERO

En la ciudad de Logroño a catorce de marzo de dos mil once.

VISTO en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial, los Autos de MODIFICACION DE MEDIDAS, SUPUESTO CONTENCIOSO 1543 /2009, procedentes del JDO. de PRIMERA INSTANCIA N. 1 de LOGROÑO, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 580 /2010, en los que aparece como parte apelante Dª Enma, representado por el Procurador de los tribunales, Dª ANA ROSA RAMIREZ MARIN, asistido por el Letrado D. ESTEBAN RUBIO OCHOA, y como parte apelada 1.- D. Fausto

, representado por el Procurador de los tribunales, D. JOSE TOLEDO SOBRON, asistido por la Letrado Dª BEATRIZ OLMEÑO LOPEZ, 2.- El MINISTERIO FISCAL .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Logroño, se dictó sentencia de 26 de abril de 2010, cuyo fallo señala: "QUE PROCEDE ESTIMAR la demanda de modificación de medidas interpuesta por

D. Fausto, representada por el Procurador D. JOSE TOLEDO SOBRON, contra DNA. Enma, representada por la Procuradora DÑA. ANA ROSA RAMÍREZ MARÍN, Y en consecuencia DEBO ACORDAR Y ACUERDO lo siguiente:

  1. - Las vacaciones de San Bernabé de este año corresponderá íntegramente a la madre y San Mateo al padre y así sucesivamente salvo acuerdo en contrario. 2.- los puentes escolares serán unidos al fin de semana inmediatamente anterior o posterior y corresponderán al progenitor con el que deban estar en compañía el fin de semana. Si el puente es jueves y viernes se unirán al fin de semana siguiente y su el puente es lunes y martes se unirán al fin de semana anterior.

    Los festivos entre semana que no sean puente corresponderán a cada progenitor de manera sucesiva empezando la madre en los años pares y el padre en los impares. El primer día festivo no puente le corresponde a la madre en los años pares, y así sucesivamente. El primer día festivo de los años impares le corresponde a la madre y así sucesivamente.

  2. - Se fija una pensión de alimentos de 340# al mes que el padre deberá abonar en los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que se designe al efecto y que será actualizada anualmente conforme a las variaciones de IPC o índice equivalente. No se modifica el concepto de gasto extraordinario pactado pro las partes.

  3. -Cuando la menor sólo tenga horario de clase por la mañana el horario de recogida será a las 14.15 horas.

    Se mantienen el resto de los pronunciamientos de las sentencias anteriores que no contradigan lo establecido en la presente resolución.

    Que no ha lugar a hacer especial pronunciamiento sobre las costas procesales causadas"

SEGUNDO

Por la representación procesal de la demandada Dª. Enma se presentó contra dicha sentencia recurso de apelación interesando su revocación en cuanto al pronunciamiento relativo a las vacaciones escolares (salvo en lo que se refiere al supuesto de que la menor sólo tuviera clases por la mañana, en cuyo caso la entrega cuando le corresponda estar con el padre será a las 14:15 h), interesando que se mantenga el régimen de visitas previsto en el convenio regulador.

De dicho recurso se dio traslado a la parte demandante y al Ministerio Fiscal quienes presentaron sendos escritos de oposición al recurso de apelación interesando su desestimación.

TERCERO

Remitidas las actuaciones a esta...

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