STSJ Cataluña 5226/2005, 8 de Junio de 2005

PonenteMIGUEL ANGEL SANCHEZ BURRIEL
ECLIES:TSJCAT:2005:15226
Número de Recurso614/2004
Número de Resolución5226/2005
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 5226/2005

En el recurso de suplicación interpuesto por Euroaula, S.A. frente a la Sentencia del Juzgado Social

31 Barcelona de fecha 1 de diciembre de 2004 dictada en el procedimiento Demandas nº 614/2004 y siendo recurrido/a Servicio Público de Empleo Estatal (INEM) y Adolfo . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ BURRIEL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Desempleo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 1 de diciembre de 2004 que contenía el siguiente Fallo:

Estimando la demanda formulada por el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO frente a la empresa EUROAULA S.L., debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la entidad gestora demandada la cantidad de 10.364,59 euros.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La empresa demandada EUROAULA, S.A., ha venido celebrando con el trabajador D.Adolfo las siguientes contrataciones:

-Contrato a tiempo parcial de 20 horas semanales, como profesor, por servicio determinado de duración desde 3.10.1995 hasta el 30.6.1996 (curso escolar 95/96 ).

-Contrato a tiempo parcial de 28 horas semanales, como profesor, por servicio determinado de duración desde 2.10.1996 hasta el 30.6.1997 (curso escolar 96/97 ).

-Contrato a tiempo parcial de 20 horas semanales, como profesor, por servicio determinado de duración desde 1.10.1997 hasta el 30.6.1998. El contrato se celebra, según la cláusula adicional tercera del contrato para impartir enseñanzas específicas de la especialidad del trabajador durante el curso 97/98.

-Contrato a tiempo parcial de 21 horas semanales, como profesor, por servicio determinado de duración desde 1.10.1998 hasta el 30.6.1999. El servicio consiste según la cláusula adicional tercera del contrato para impartir enseñanzas específicas de la especialidad que posee el trabajador durante el curso escolar 98/99 de turismo.

-Contrato de trabajo de 26 horas semanales, como profesor, por obra o servicio determinado de duración desde el 27.9.1999 hasta el 30.6.2000, el objeto del contrato es el mismo que el anterior pero para el curso 1999/2000. Las partes acordaron que el contrato pasaría a ser de 20 horas semanales con efectos desde el 1.3.2000.

-Contrato de 26 horas semanales, como profesor, por obra o servicio determinado de duración desde el 1/2000 a 30.6.01, con el mismo objeto que los anteriores para el curso 2000/2001.

-Contrato de 27,5 horas semanales, como profesor, por obra o servicio determinado de duración desde 1.10.2001 hasta el 30.6.02. Las partes acordaron que la jornada sería de 17 horas semanales a partir del 18.2.02. El objeto del contrato es coincidente con los anteriores para el curso 2001/2002.

-Contrato de 20,5 horas semanales, como profesor, por obra o servicio determinado de duración desde el 1.10.2002 hasta el 30.6.2003. El objeto del contrato es el mismo para el curso 2002/2003. Las partes acordaron que con efectos 12.11.02 la jornada sería de 22 horas semanales y con efectos 17.2.03 sería de 16,5 horas semanales.

-Contrato de 19,5 horas semanales, como profesor, por obra o servicio determinado de duración desde el 1.10.03 hasta el 30.6.04. El objeto del contrato es es mismo para el curso 2003/2004.

SEGUNDO

La última solicitud de prestación de desempleo por el trabajador fue el 1.7.04.

TERCERO

En los cuatro últimos años anteriores a la mencionada última solicitud el trabajador ha percibido prestación de desempleo en los periodos siguientes: de 1.7.00 a 1.10.00...

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