STSJ Cantabria 541/2013, 12 de Julio de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha12 Julio 2013
Número de resolución541/2013

SENTENCIA nº 000541/2013

En Santander, a 12 de julio de 2013 .

.

PRESIDENTE

Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias

MAGISTRADAS

Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García

Ilma. Sra. Dª. ELENA PEREZ PEREZ (Ponente)

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Luis Francisco contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Tres de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª. ELENA PEREZ PEREZ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Luis Francisco siendo demandado el Inss y la Tesorería sobre incapacidad y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 20 de marzo de 2013 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El demandante nació el NUM000 -1968 y tiene como número de afiliación al Régimen General de Seguridad Social NUM001 .

    La base reguladora asciende a 1.609,74 euros, siendo la fecha de efectos el 18-10-12.

  2. - Iniciadas actuaciones administrativas se emitió informe médico de síntesis el 17-10-12 con el contenido que obra en autos, reuniéndose la EVI de Cantabria para proponer a la Dirección Provincial del INSS de Cantabria la calificación de el demandante como incapacitado permanente en el grado de total, propuesta que fue admitida por la Dirección Provincial del INSS y acordada por resolución de 29-10-12.

    Contra la anterior decisión se interpuso por el demandante reclamación previa el 21-11-12, siendo desestimada por la Dirección Provincial del INSS el 26-11-12.

  3. - El demandante presenta el siguiente cuadro de secuelas:

    . coxartrosis bilateral : prótesis de cadera izquierda en 2009 y derecha en 2012.

  4. - El cuadro anterior provoca el siguiente menoscabo funcional: . marcha parcialmente claudicante derecha.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, no siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO .- La parte actora recurre la sentencia de instancia, que ha desestimado su pretensión de reconocimiento del grado absoluto de incapacidad.

En el recurso articula un único motivos en el que, con adecuado amparo procesal en el apartado c) del art. 193 LRJS, denuncia la infracción del art. 137.5 LGSS, sosteniendo que el trabajador no conserva la capacidad residual necesaria para el desempeño de ningún tipo de profesión remunerada, incluidas aquellas que se caracterizan por el sedentarismo y su carácter liviano.

Partiendo del relato fáctico de la sentencia de instancia, el actor presenta las siguientes dolencias: coxartrosis bilateral de caderas (doble prótesis) .

En relación a este tipo de cuadros residuales, en los que el sujeto ha sido intervenido quirúrgicamente, mediante la implantación de prótesis bilateral de cadera, esta Sala de lo...

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